Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2002 (11/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, viernes 11 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES

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el contrato definitivo como consecuencia del Concurso Publico Nº 001-2002/INABIF; poniendose en riesgo el patrimonio de la Institucion y la poblacion infantil y adolescente albergadas en sus diferentes Unidades Operativas de MORDAZA y Callao; Que, conforme a lo expuesto, se encuentra evidenciada la situacion de urgencia, conforme al TUO de la Ley Nº 26850, por lo que es necesario ampliar por 30 dias calendario adicionales la situacion de urgencia declarada por Resolucion Presidencial Nº 164, del 27 de junio del 2002 y prorrogada mediante Resolucion Presidencial Nº 252, del 19 de setiembre del 2002; a partir del 7 de octubre del 2002, disponiendose al mismo tiempo la exoneracion del respectivo MORDAZA de seleccion toda vez que por el monto a contratar corresponderia a una Adjudicacion Directa Publica, debiendo efectivizarse mediante Adjudicacion de Menor Cuantia, para cuyo efecto debe expedirse el acto resolutivo pertinente conforme a lo dispuesto por el articulo 20º del TUO de la Ley Nº 26850, concordante con el articulo 113º de su Reglamento; En uso de las facultades conferidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el inciso c) del articulo 8º del Decreto Legislativo Nº 830; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AMPLIAR por 30 dias calendario a partir del 7 de octubre del 2002, la situacion de urgencia, declarada mediante Resolucion Presidencial Nº 164, del 27 de junio del 2002, prorrogada mediante Resolucion Presidencial Nº 252, del 19 de setiembre del 2002, y hasta por un monto referencial de S/. 120,000.00 Nuevos Soles, a fin de llevar a cabo la contratacion del servicio de vigilancia y seguridad, exonerando a la Institucion de efectuar el MORDAZA de seleccion correspondiente por dicho periodo y monto; atendiendo a las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Autorizar a la Oficina de Administracion y al Comite Especial Permanente del INABIF las acciones correspondientes para efectuar la contratacion senalada en el articulo primero hasta por un valor referencial de S/. 120,000.00 Nuevos Soles, bajo la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia; aplicando el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 y su Reglamento. Articulo Tercero.- Poner en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, la presente Resolucion; asi como sus Informes tecnico y legal que la sustentan, dentro del plazo de ley. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta Instituto Nacional de Bienestar Familiar 17956

que efectuen los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en funciones que les asigna la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil ha emitido las Ordenes de Inspeccion Nºs. 0589 y 0590-2002-MTC/15.16.05.2, senalando que los Inspectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, realizaran una inspeccion tecnica y otorgamiento del certificado de aeronavegabilidad a la aeronave Antonov modelo AN-26B-100 numero de serie 14205, de la empresa Aero Transporte - ATSA S.A., cuya diligencia debe efectuarse durante los dias 11 al 20 de octubre del presente ano, en la MORDAZA de Kiev, Republica de Ucrania; Que, resulta pertinente autorizar el viaje de los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedan realizar la inspeccion tecnica a que se contrae las Ordenes de Inspeccion Nºs. 0589 y 0590-2002-MTC/15.16.05.2; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y Resolucion Suprema Nº 015-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de los senores, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Kiev, Republica de Ucrania, durante los dias 11 al 20 de octubre del presente ano, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, segun el siguiente detalle: Viaticos US$ 5200.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 50.00 Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los inspectores mencionados en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese.

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a Ucrania y EE.UU. en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 591-2002-MTC/15.02
MORDAZA, 4 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 015-2002-MTC, se exceptuo de los alcances del numeral 3.1 del articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, los viajes al exterior

MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 17952

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 592-2002-MTC/15.02
MORDAZA, 4 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 015-2002-MTC, se exceptuo de lo establecido en el numeral 3.1 del articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, los viajes al exterior que efectuen los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil con cargo a recursos publicos en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por

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