Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2002 (11/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, viernes 11 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- Contenido del BFH El FMV podra emitir, de considerarlo conveniente, un BFH nominativo a favor del Beneficiario. De ser emitido, el BFH contendra, segun el caso, los siguientes datos: a) Denominacion especifica de la obligacion que representa; b) Lugar, fecha de emision y numeracion; c) Nombre y domicilio del emisor; d) Emision y serie a la que pertenece; e) Fecha de caducidad; f) Modo y lugar de pago; g) Firma del emisor o representante autorizado; h) Nombre del Beneficiario y su numero de DNI, LE o CIP; i) Importe nominal del BFH; j) Precio MORDAZA de la VIS a la que se aplicara el BFH para Vivienda Nueva, o, precio MORDAZA del mejoramiento a realizar en el caso del BFH para Mejoramiento para Vivienda; k) Ubicacion del inmueble; l) Nombre del Promotor o vendedor de la vivienda y del proyecto. Asimismo, nombre del constructor o de la entidad tecnica que construye en sitio propio o realiza el mejoramiento, segun el caso; y, m) En el caso del BFH para Vivienda Nueva, se especificara si es para adquisicion de Vivienda o para construccion de Vivienda en sitio propio, ya sea en terreno propio o en aires independizados. De efectuarse la emision fisica del BFH, el MVCS determinara y anunciara publicamente, en al menos dos diarios de circulacion nacional, la fecha y lugar en la que se realizara dicha entrega. Articulo 4º.- Distribucion Territorial del BFH El BFH sera distribuido regional y descentralizadamente en todo el territorio del MORDAZA, tanto en centros de poblacion MORDAZA como rural.

e) Presentar, en el caso de Construccion en Sitio Propio o Mejoramiento de Vivienda, el presupuesto de obra respectivo, segun formato del FMV. Articulo 7º.- Requisitos Minimos para la Postulacion Conjunta Son requisitos minimos para la Postulacion Conjunta: a) Cumplir, para cada Postulante que conforma la Postulacion Conjunta, los requisitos minimos para la Postulacion Individual. El cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Postulacion tambien sera de caracter individual; b) Presentar MORDAZA de la escritura publica de constitucion de la asociacion de Vivienda, Promotor inmobiliario, empresa constructora, ONG u otra entidad con personeria juridica vigente que promocione o desarrolle programas de Vivienda para sus asociados, afiliados o vinculados, a traves de la cual se realice la Postulacion; c) Acreditar, en el caso de un proyecto para construccion en sitio propio, y cuando a ello MORDAZA lugar, la propiedad individualizada de un terreno MORDAZA o urbanizable, asi como la correspondencia entre el numero de VIS y los Postulantes que componen la Postulacion conjunta. En el caso de terrenos indivisos, cada uno de los propietarios debe ser titular de las alicuotas representativas del terreno; y, d) Presentar, a nivel de expediente de obras, el proyecto al que se aplicara el BFH, incluyendo el presupuesto de obra respectivo, segun formato del FMV. Articulo 8º.- Criterios Minimos de Calificacion del Postulante Para definir a las familias beneficiarias, tanto para Vivienda Nueva como para Mejoramiento de Vivienda, se aplicara un sistema de puntaje que calificara la situacion economica y social de los participantes en el Programa. En el caso de la adquisicion o construccion de Vivienda Nueva, se asignara puntaje a los Postulantes en funcion de los siguientes criterios minimos: a) Numero de miembros del GFP; b) Discapacidad permanente de miembros del grupo familiar; c) Jefatura de familia individual o compartida, con bonificaciones por discapacidad o tercera edad; d) IFMM; e) Monto de ahorro; f) Permanencia del ahorro; y, g) Numero de Postulaciones. En el caso de Mejoramiento de Vivienda, se asignara puntaje a los Postulantes en funcion a los mismos criterios arriba listados, incluyendo tres criterios adicionales: h) Hacinamiento; i) Prioridad de obras; y, j) Materiales de los que se compone la Vivienda. A traves de una Resolucion Ministerial del MVCS, los criterios minimos de calificacion aqui listados podran, de mediar una justificacion tecnica objetiva, ser modificados a fin de mejorar la efectividad del Programa. Articulo 9º.- De la Anulacion de la Postulacion y su Sancion No se aceptara mas de una Postulacion por cada GFP para cada convocatoria, sea individual o conjunta. De verificarse la Postulacion de algun Jefe de Familia que ya ha sido incluido como dependiente en otra Postulacion, seran anuladas MORDAZA postulaciones. Si se comprobara falsedad en la informacion contenida en el formulario de Postulacion, dicha Postulacion no sera procesada y el nombre del Postulante sera incluido por la Comision de Transparencia y Fiscalizacion en un registro especial, a fin de declarar no elegible su participacion en el Programa, ya sea temporal o definitivamente. Asimismo, dicho Postulante no podra acceder a ningun otro beneficio otorgado por el Estado. El FMV se reserva el derecho de accionar penalmente contra el Postulante que incurra en falsedad respecto a la informacion consignada en su Postulacion. En el caso de construccion en terreno propio o Mejoramiento de Vivienda, el Postulante no podra enajenar el terreno o la Vivienda con que postulo durante el periodo com-

CAPITULO III ACCESO AL DERECHO Y PERDIDA DEL DERECHO AL BFH
Articulo 5º.- Requisitos Generales de Acceso al BFH Tendra derecho al BFH el grupo familiar, representado por su Jefe de Familia, que: a) No sea propietario de Vivienda. Este requisito alcanza individualmente tanto al Jefe de Familia como a todo miembro de su GFP. En caso de construccion en sitio propio, no ha de ser propietario de un terreno o aires distintos de aquellos con los cuales se postula, y, en el caso de Mejoramiento de Vivienda, no ha de ser propietario o posesionario de Vivienda distinta a aquella en la que se pretende efectuar el mejoramiento; b) Perciba un IFMM que no sobrepase los topes establecidos por el Programa, segun se define en el articulo 1; c) No MORDAZA recibido apoyo habitacional previo del Estado, ya sea a traves del Fondo Nacional de Vivienda - FONAVI, del Banco de Materiales, mediante recursos canalizados por el FMV o mediante una asignacion previa del BFH; y, d) Habiendo postulado, sea evaluado y calificado como Beneficiario. Articulo 6º.- Requisitos Minimos para la Postulacion Individual Son requisitos minimos para la Postulacion Individual: a) Contar con un compromiso de compraventa que indique el orden de prioridad de acceso del Postulante respecto de la VIS elegida; b) Contar con una Libreta de Ahorro en la que se encuentre depositado el ahorro minimo requerido en funcion a la Vivienda elegida; c) En caso de necesitar financiamiento, ser calificado como sujeto de credito por una IFI. Dicha calificacion implicara un compromiso de financiamiento condicionado al otorgamiento del BFH; d) Acreditar, en el caso del BFH para Mejoramiento de Vivienda, que se es propietario de la Vivienda sobre la que se realizara el mejoramiento; y,

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