Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2002 (11/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, viernes 11 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Otorgan beneficio extraordinario de regularizacion tributaria y administrativa
ORDENANZA Nº 0143-2002-MDSL San MORDAZA, 9 de octubre del 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de San MORDAZA en Sesion Ordinaria de fecha 5 de octubre del 2002, aprobo por unanimidad otorgar el Beneficio Extraordinario de Regularizacion Tributaria y Administrativa a los contribuyentes del distrito de San Luis. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, establece que las Municipalidades son los organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, dentro de este contexto, el articulo 10º numeral 4) de la Ley N° 23853, Ley Organica de Municipalidades, concordante con el Art. 74º de la Constitucion Politica del Estado, asi como la MORDAZA IV del Codigo Tributario, establecen que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar, suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99EF, senala expresamente que los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administran; Que, siendo necesario otorgar mayores facilidades a los contribuyentes para que cumplan con el pago de sus tributos, se hace oportuno establecer un beneficio tributario y administrativo a efectos de reducir los indices de morosidad; Estando a lo expuesto conforme a las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, y de conformidad al Acuerdo de Concejo Nº 118-2002-CDSL, se sanciona la siguiente: ORDENANZA BENEFICIO EXTRAORDINARIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA Articulo Primero.- Otorgar, del 11 al 31 de octubre del ano 2002, el Beneficio Extraordinario de Regularizacion Tributaria y Administrativa, a efecto de que los contribuyentes del distrito de San MORDAZA regularicen sus obligaciones pendientes de pago. Articulo Segundo.- El Beneficio Extraordinario de Regularizacion Tributaria y Administrativa comprende la condonacion de intereses moratorios, factor de ajuste o factor de actualizacion generados hasta la fecha, para el pago del Impuesto Predial, Impuesto de Alcabala, Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Tasa de Licencia de Funcionamiento, sobre las cuales la Municipalidad Distrital de San MORDAZA no MORDAZA ejercido medidas cautelares de embargo. Articulo Tercero.- Para el Beneficio Extraordinario de Regularizacion Tributaria y Administrativa se condonara el 50% del tributo insoluto, incluyendo los gastos administrativos para los contribuyentes que paguen total o parcialmente sus deudas por concepto de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines en el periodo que comprende los anos 1994 a 1997; de igual forma, para el periodo que MORDAZA los anos 1998 al 2001 se condonara el 30 % del mencionado tributo. Articulo Cuarto.- El Beneficio Extraordinario de Regularizacion Tributaria y Administrativa condonara el 50% del tributo insoluto, incluyendo gastos administrativos a los contribuyentes que paguen total o parcialmente sus deudas por concepto de Tasa de Licencia de Funcionamiento en el periodo que comprende los anos 1994 a 1999. Articulo Quinto.- De las Multas Administrativas y Tributarias:

· De las Multas Administrativas en Cobranza Ordinaria: Para el periodo que comprende los anos 1994 al tercer trimestre del ano 2002, se otorgara un descuento del 70 % sobre el valor de la multa. · De la Multas Tributarias: Se otorgara el 100% de descuento. Articulo Sexto.- Para el caso de deudas que han sido materia de Fraccionamiento podran acogerse a la presente Ordenanza, siempre y cuando previamente se efectue el pago al contado de la deuda total a la fecha, previa MORDAZA de Desistimiento del Fraccionamiento y pago del formato respectivo. Articulo Setimo.- Los contribuyentes y vecinos que tengan en tramite algun recurso de reclamacion y/o impugnacion en materia tributaria y administrativa, deberan desistirse formalmente de ellas para acogerse a los beneficios que esta Ordenanza concede. Articulo Octavo.- De las Cobranzas que se encuentren en Ejecucion Coactiva: Previa cancelacion de las costas correspondientes al Procedimiento de Ejecucion Coactiva, se otorgara un descuento del 80%. Articulo Noveno.- Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto, si lo estima necesario, amplie el plazo del presente Beneficio Especial. Articulo Decimo.- Encargar a la Gerencia General, Gerencia de Finanzas, y las Gerencias respectivas el cumplimiento de la presente Ordenanza, asi como la ejecucion de la difusion correspondiente. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 17980

Modifican derechos de pago establecidos en el MORDAZA de la Municipalidad, correspondientes a la Division de Comercializacion y Control de la Gerencia de Finanzas
ORDENANZA Nº 0144-2002-MDSL
San MORDAZA, 9 de octubre del 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 5 de octubre del 2002, aprobo por unanimidad la modificacion de los costos por Resolucion de Circulacion, Credencial de Conductor y Certificado de Operacion para Vehiculos Menores establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 0126-2002-MDSL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 18 de febrero del 2002, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Municipalidad de San Luis; Que, de acuerdo a lo senalado por el Articulo IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF; los Gobiernos Locales mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, la Ley MORDAZA para el crecimiento de la inversion privada, aprobada por Decreto Ley Nº 757, establece en su Articulo 22º que toda modificacion del MORDAZA, debera ser aprobada por Ordenanza; Que, el inciso 3) del Articulo 69º de la Ley Nº 23853 Ley Organica de Municipalidades, establece entre las funciones de la Municipalidad en materia de Transporte Colectivo, Circulacion y MORDAZA, la de otorgar permisos para uso de vehiculos menores; Con el MORDAZA unanime de sus miembros y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades en sus Articulos 109º y 110º, Decreto

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