Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2002 (11/10/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 11 de octubre de 2002

que las constituyen, con la finalidad de suplantar la identidad de los titulares de tales inscripciones; Que, de otro lado, mediante Memorandum Nº 888-2002GO/DCP, la Jefa de la Division Central de Procesos informa que se insertaron modificaciones en el archivo magnetico del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, respecto de la inscripcion Nº 06270014, en cuanto a los datos biograficos que la conforman, con la finalidad de suplantar al titular de la referida inscripcion; Que, estos hechos que afectan la seguridad juridica de este Registro Unico de Identificacion constituyen indicio razonable de la presunta comision de delito contra la fe publica, en las modalidades de falsedad propia e ideologica, previsto y sancionado en los Articulos 427º y 428º del Codigo Penal vigente; Que, resulta necesario autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado; y, Conforme lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en representacion de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra quienes resulten responsables por la presunta comision del delito contra la fe publica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase todo lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 17885

resulten responsables, por presunto delito contra la fe publica en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 17886

SBS
Autorizan inscripcion de personas naturales en el Registro del Sistema de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 944-2002
MORDAZA, 27 de setiembre de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Casapia para que se le autorice la inscripcion en el Registro del Sistema de Seguros Seccion A: Personas Naturales del Libro II: de los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se establecio los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 15-2002-DASIA celebrada el 12 de agosto de 2002, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 9º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolucion SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Casapia con matricula Nº N-3590 en el Registro del Sistema de Seguros Seccion A: Personas Naturales Libro II: de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto Seguros (a.i.) 17902

RESOLUCION JEFATURAL Nº 687-2002-JEF/RENIEC
MORDAZA, 27 de setiembre de 2002 VISTO; El Informe Nº 1000-2002-GAJ/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica de fecha 27 de setiembre de 2002; CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del Informe del Visto, se desprende que en la Inscripcion Nº 07561508, correspondiente al ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se ha verificado la adulteracion de la foto, la huella y la firma de su titular, para fines de suplantacion de identidad; Que, el formulario de identidad Nº 11311879, con el que se pretendia obtener el Documento Nacional de Identidad con las imagenes adulteradas, fue rechazado de acuerdo a las revisiones y analisis efectuados por el personal de la Division Central de Procesos; Que, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision del presunto delito contra la fe publica en la modalidad de Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en el Articulo 428º del Codigo Penal vigente: Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que corresponda contra los que resulten responsables, en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra los que

RESOLUCION SBS Nº 956-2002
MORDAZA, 30 de setiembre de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTO: La solicitud presentada por la senorita Huadia MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que se le autorice la inscripcion en el Registro del Sistema de Seguros Seccion A: Personas Naturales del Libro II: de los Corredores de Seguros; y,

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