Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2002 (11/10/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 11 de octubre de 2002

Supremo Nº 135-99-EF Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, de conformidad con lo opinado mediante Informes Nºs. 0052-2002-MDSL-GF y 010-2002-MDSL-GA/UAL emitidos por la Gerencia de Finanzas y Unidad de Asesoria Legal respectivamente, y en atencion a lo dispuesto por el Acuerdo de Concejo Nº 0117-2002-MDSL; ACUERDA: Articulo Primero.- MODIFICAR los Derechos de Pago establecidos en los Nºs. de Orden 32 - 33 y 34 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA 2002 de la Municipalidad de San MORDAZA, correspondientes a la Division de Comercializacion y Control de la Gerencia de Finanzas de la siguiente manera:
Nº de Orden 32 GF PROCEDIMIENTO NUM REQUISITOS DERECHO DE PAGO S/. 10.00 500.00 900.00 5.00 10.00 5.00 300.00 500.00 5.00 5.00 30.00

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA PROHIBEN REALIZAR ACTIVIDAD INFORMAL DE MORDAZA DE VEHICULOS EN VIAS PUBLICAS DEL DISTRITO Articulo Primero.- Prohibir con caracter general la actividad comercial de MORDAZA de vehiculos en la via publica, en las zonas ubicadas en: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cdra. 4, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cdra. 2, Av. MORDAZA Escardo Cdras. 4 y 5, Av. La Paz Cdras. 19 y 20, Jr. Canamelares Cdra. 4, Av. La MORDAZA Cdras. 29, Av. Universitaria Cdras. 5 y 7 y Av. La Mar Cdra. 22, de la jurisdiccion de San Miguel. Articulo Segundo.- Cuando se encuentren a personas que estan infringiendo las disposiciones de la presente ordenanza; el personal de Direccion de Seguridad Vial o la Direccion de Seguridad Ciudadana (Serenazgo) de manera inmediata sin la necesidad de tramite previo o requerimiento alguno, procedera a decomisar cualquier implemento de limpieza tales como baldes, trapos, franelas, escobillas u otros similares, el personal de Serenazgo debera efectuar el inventario de lo decomisado y levantar el Acta correspondiente. Articulo Tercero.- Incluir en la Nomenclatura de Infracciones Municipales, en lo que corresponde a Seguridad y Orden Publico (codigo 200) una con el Codigo 234 con la siguiente descripcion: por realizar MORDAZA comercial informal de vehiculos en la via publica, equivalente al 3% UIT. Articulo Cuarto.- Las personas que requieran la autorizacion de ejercer la actividad de cuidado y MORDAZA de vehiculos en la via publica, deberan empadronarse a traves de la Direccion de Seguridad Ciudadana acompanando los siguientes documentos: Documento de Identidad, certificado de antecedentes penales policiales, al igual obtendran un Carne por la Municipalidad de San Miguel. Articulo Quinto.- Facultese a la Alcaldia para que via Decreto dicte las normas reglamentarias de la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- Encarguese a la Direccion de Seguridad Vial y Direccion de Seguridad Ciudadana el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 17979

Resolucion de Circulacion Para Vehiculos Menores

237 238 239

Solicitud Valorada Derecho hasta 10 unidades Derecho de 11 a 20 unidades Carpeta de Tramite Solicitud Valorada Carpeta de Tramite Derecho hasta 10 unidades Derecho de 11 a 20 unidades Carpeta de Tramite Solicitud Valorada Derecho

33 GF

Certificado de Operacion para cada conductor de vehiculo menor. Credencial del Conductor del Vehiculo Menor C/U

244 245 246 250 251 252

34 GF

Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Finanzas, Division de Comercializacion y Control y y Unidad de Policia Municipal el cumplimiento de la presente Ordenanza en cuanto les corresponda. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 17981

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prohiben realizar la actividad informal de MORDAZA de vehiculos en vias publicas del distrito
ORDENANZA Nº 18-2002-MDSM
San MORDAZA, 30 de setiembre de 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades son los organos de Gobierno Local con autonomia politica y administrativa en los asuntos que son de su competencia; Que, en concordancia con la autonomia politica de la que gozan las Municipalidades, el mismo numeral constitucional ha otorgado expresamente al Concejo la funcion normativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 200º inciso 4) de la Constitucion Politica del Peru establece que las Ordenanzas Municipales tienen rango de Ley, al igual que las leyes propiamente dichas, los Decretos Legislativos, los Decretos de Urgencia y las normas regionales de caracter general; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, es competencia municipal, aprobar normas sobre ornato en las respectivas jurisdicciones - inciso 9) del Articulo 65º L.O.M.; Que, en la actualidad existe en distintos sectores de la jurisdiccion el MORDAZA comercial y el cuidado informal a via publica, lo cual viene generando malestar e incomodidad a los vecinos del distrito, principalmente por afectar negativamente la higiene y el ornato de las vias publicas; segun consta en informe de la Direccion de Seguridad Ciudadana; Que, la Municipalidad en observancia de la Ley Organica de Municipalidades y en defensa del ornato y bienestar de sus vecinos debe preservar el ornato y sancionar a los infractores en la via publica;

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Establecen secciones de vias locales secundarias de diversas parcelaciones semirrusticas del distrito
ORDENANZA Nº 116-MSS
MORDAZA de MORDAZA, 4 de octubre de 2002 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, en aplicacion de lo dispuesto en la Ordenanza Nº 273 de fecha 18.MAY.2000, que aprobo las Normas Urbanisticas Metropolitanas en materia de Habilitaciones Urbanas para la porovincia de MORDAZA, capitulo II, articulo 9º, es que resulta necesaria la elaboracion del Planeamiento Integral de las Parcelaciones semirrusticas del distrito que permitan contar con parametros definidos de trazo (continuidad urbana) y secciones viales normativas (derechos de vias), en base al cual sera factible aprobar las Habilitaciones Urbanas en estas areas; Que, el articulo 16º de la Ordenanza Nº 224-MML, que aprobo la Ordenanza Reglamentaria del Plan MORDAZA Dis-

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