Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2002 (11/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, viernes 11 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES

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De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, modificado por la Ley Nº 27779, Ley Nº 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y Decreto Supremo Nº 0052002-MINCETUR que aprueba su Reglamento de Organizacion y Funciones; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Delegar en los Viceministros de Comercio Exterior y de Turismo y en la Secretaria General, la facultad de designar en cada Subsector y en la Administracion Central, respectivamente, como minimo a dos Fedatarios, un titular y un alterno. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones Encargado de la Cartera de Comercio Exterior y Turismo 17948

JUSTICIA
Conceden extradicion de procesado por delito de conspiracion para importar cocaina, solicitada por autoridades de EE.UU.
RESOLUCION SUPREMA Nº 207-2002-JUS
MORDAZA, 10 de octubre de 2002 Visto el Oficio Nº 4231-2002-SG-CS-PJ de 20 de setiembre de 2002, de la Presidencia de Corte Suprema de Justicia de la Republica, sobre el pedido de extradicion del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, requerido por las autoridades judiciales de los Estados Unidos de America; CONSIDERANDO: Que mediante la Nota Nº 806, la Embajada de los Estados Unidos de MORDAZA ha solicitado la extradicion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, tramitada por el Trigesimo Juzgado Penal de MORDAZA (Exp. Nº 280-02); Que, por Resolucion de 16 de setiembre de 2002, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica declaro procedente el pedido de extradicion pasiva del mencionado ciudadano peruano, formulado por las autoridades judiciales de los Estados Unidos de MORDAZA, en el MORDAZA que se le sigue ante el Juzgado Distrital de la Corte de los Estados Unidos del Distrito Sur de MORDAZA, por el delito de conspiracion para importar cocaina; y dispuso aplazar la entrega del procesado, hasta que se resuelva su situacion juridica en nuestro MORDAZA (Exp. Nº 36-2002); Que por Ejecutoria Suprema de 1 de MORDAZA de 1998, la ahora desactivada MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema Especializada en Trafico Ilicito de Drogas, declaro no haber nulidad en la sentencia de fecha 22 de MORDAZA de 1997, que condeno al requerido a quince anos de pena privativa de MORDAZA, por los delitos de trafico ilicito de drogas y receptacion de bienes provenientes del trafico ilicito de drogas en agravio del Estado; habiendole concedido el beneficio de semilibertad, con fecha 2 de agosto de 2001, el Vigesimo Octavo Juzgado Penal de Lima; Que el encausado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, tiene MORDAZA penal pendiente ante la Sala Nacional de Terrorismo, Organizaciones Delictivas y Bandas, por el delito de terrorismo y trafico ilicito de drogas, en agravio del Estado (Exp. Nº 20-95); El articulo VIII del Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA, suscrito en 1899, establece que "Si la persona reclamada resultare acusada o sentenciada en el MORDAZA donde estuviere refugiada, por un crimen o delito cometido alli, se demorara su entrega hasta que sea definitivamente absuelta de la acu-

sacion, o hasta que MORDAZA cumplido su tiempo de condena en ese pais"; Que el ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha sido condenado en nuestro MORDAZA a quince anos de pena privativa de MORDAZA por los delitos de trafico ilicito de drogas y receptacion de bienes provenientes del trafico ilicito de drogas, la misma que vencera el 26 de diciembre de 2011, y tambien tiene MORDAZA penal pendiente por terrorismo y trafico ilicito de drogas, siendo el estado de la causa el de juzgamiento; Estando a lo dispuesto por el articulo 36º de la Ley Nº 24710, y lo normado por el inciso 5) del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS; el Tratado de Extradicion celebrado entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA en 1899, el Acuerdo de Extradicion por delito de Trafico Ilicito de Estupefacientes y Sustancias Sicotropicas, suscrito entre MORDAZA Partes, y la Convencion de Naciones Unidas contra el Trafico Ilicito de Estupefacientes y Sustancias Sicotropicas, firmada en MORDAZA el 20 de diciembre de 1988; En uso de la facultad del Presidente de la Republica para dictar Resoluciones, conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conceder la extradicion solicitada por las autoridades de los Estados Unidos de MORDAZA del encausado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, procesado por el Juzgado Distrital de la Corte de los Estados Unidos del Distrito Sur de MORDAZA, por el delito de conspiracion para importar cocaina, debiendo aplazarse su entrega, hasta que se resuelva su situacion juridica en nuestro pais. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros y Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA DODERO Ministro de Justicia 18017

Acceden a pedido de extradicion activa y disponen su MORDAZA por via diplomatica a la Republica Federativa del Brasil
RESOLUCION SUPREMA Nº 208-2002-JUS
MORDAZA, 10 de octubre de 2002 Visto el Informe Nº 032-2002-CEA de fecha 5 de setiembre de 2002, de la Comision encargada del estudio de las solicitudes de extradiciones activas, sobre el pedido de extradicion del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulado por la Tercera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao; CONSIDERANDO: Que por Resolucion de fecha 28 de MORDAZA de 2002, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, declaro procedente la solicitud de extradicion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, procesado por el delito contra la salud publica - trafico ilicito de drogas en agravio del Estado Peruano; Que mediante el Informe Nº 032-2002-CEA de fecha 5 de setiembre de 2002, la Comision encargada del

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