Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2003 (16/01/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 16 de enero de 2003

puede acceder al Registro por el defecto advertido en el numeral MORDAZA de la presente resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA TRONCOS Presidente de la Tercera Sala del Tribunal Registral MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal del Tribunal Registral MORDAZA MORDAZA BEDREGAL Vocal del Tribunal Registral 00704

Territorio, Desarrollo Economico y Nuevas Tecnologias", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, en el mes de noviembre de 2003, la misma que estara integrada por las siguientes personas: - MORDAZA MORDAZA Krenz, Superintendente Adjunto, quien la presidira. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Galligo, Registrador de la Propiedad y Mercantil, en representacion de la Direccion General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia de Espana. - MORDAZA Nogueroles Peiro, Director de Relaciones Internacionales del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de Espana, al que representa. - MORDAZA MORDAZA Scheelje, Jefe de la MORDAZA Registral IX, Sede Lima. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente de Administracion y Finanzas de la SUNARP. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente de Catastro de la SUNARP. Articulo 2º.- La Escuela de Capacitacion y las Areas de Imagen Institucional y Relaciones Publicas de la SUNARP, de la MORDAZA Registral IX y del Registro Predial MORDAZA, brindaran el apoyo necesario para que la Comision a que se refiere el articulo anterior pueda cumplir su cometido. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos 00814

Constituyen Comision encargada de la organizacion del Primer Congreso Iberoamericano de Derecho Registral, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 11-2003-SUNARP/SN
MORDAZA, 14 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que, los dias 22, 23 y 24 de MORDAZA de 2002, se realizo en la MORDAZA de MORDAZA, la XIII Conferencia de Ministros de Justicia de los Paises Iberoamericanos, con participacion de representantes de los Estados de MORDAZA, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, MORDAZA, MORDAZA, Ecuador, El MORDAZA, Espana, Honduras, Mexico, Panama, MORDAZA, Peru, MORDAZA, Republica Dominicana y Uruguay; Que, en dicho evento, cuya acta fue publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de MORDAZA de 2002, se acordo la celebracion en el Peru del Primer Congreso Iberoamericano de Derecho Registral, denominado "Registro de la Propiedad: Territorio, Desarrollo Economico y Nuevas Tecnologias", el mismo que convocara a Registradores y especialistas en materia registral, catastral e informatica, entre otros, principalmente de aquellos paises cuyos sistemas registrales reciben influencia de la Ley Hipotecaria Espanola; Que, en atencion a la trascendencia del mencionado evento, se suscribio con la Direccion General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia de Espana, el 23 de MORDAZA de 2002, un convenio MORDAZA de cooperacion mutua, a fin de propiciar el intercambio academico y cultural, asi como coadyuvar al conocimiento mutuo de los avances de la doctrina y legislacion en materia de Derecho Registral de ambos paises; Que, asimismo, a fin de tener la convocatoria que el mismo amerita, se realizaron coordinaciones con el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de Espana, para obtener su apoyo en la organizacion del referido evento; Que, teniendo en cuenta las coordinaciones efectuadas y, ademas, la programacion para el presente ano de otros eventos internacionales en materia registral, como son el XVII Comite Latinoamericano de Consulta Registral, el XIV Congreso Internacional de Derecho Registral y la Conferencia Anual de la Asociacion Profesional de Registradores Mercantiles de Europa o European Commerce Register's Forum (ECRF), a realizarse en Mexico, Rusia y Espana en diversas fechas entre MORDAZA y junio proximos, es conveniente programar el Primer Congreso Iberoamericano de Derecho Registral para el mes de noviembre de 2003; Que, es necesario constituir una Comision encargada de la organizacion del mencionado evento, en la que se incluyan representantes de la Direccion General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia de Espana y del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles del mismo pais; De conformidad con lo dispuesto en el literal v) del articulo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir una Comision encargada de la organizacion del Primer Congreso Iberoamericano de Derecho Registral, denominado "Registro de la Propiedad:

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Declaran nulidad de resolucion que dispuso contratacion de trabajadores para que presten labores de caracter permanente en la municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-2003/MJM
MORDAZA MORDAZA, 13 de enero de 2003 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA Vistos los Informes Nº 018-2003-UP/MJM, de fecha 7 de enero de 2003, de la Unidad de Personal y el Informe Nº 009-2003-OAJ/MDJM, de fecha 8 de enero de 2003, de la Oficina de Asuntos Juridicos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe de Vistos, la Oficina de Asesoria Juridica, senala que mediante Resolucion de Alcaldia Nº 1391-2002, de fecha 6 de diciembre de 2002, se dispone la contratacion de 56 personas para que presten labores de caracter permanente en la Municipalidad Distrital de MORDAZA Maria; Que, como se desprende del 2º considerando de la aludida Resolucion, las personas ahi comprendidas venian laborando en la entidad a traves de Contratos Temporales y/o prestando servicios bajo la modalidad de contratos por servicios no personales; sin embargo de la Resolucion no se aprecia que se MORDAZA distinguido la condicion contractual de las citadas personas; Que, el acto administrativo en mencion senala como fundamento central que la contratacion de Personal para labores de caracter permanente procede de hecho, por cuanto en estricto se trata de una regularizacion, toda vez que en la practica los Contratos de Naturaleza Temporal se han convertido en Permanente, siendo que los mismos se encontrarian dentro de los alcances de la Ley Nº 21041, por tanto han adquirido estabilidad laboral;

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