Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2003 (16/01/2003)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, jueves 16 de enero de 2003

ce que se encuentran exoneradas de los procesos de Licitacion, Concurso Publico o adjudicaciones directas las prorrogas del plazo de los contratos de arrendamiento de inmuebles siempre que la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor; Que una vez aprobada la exoneracion correspondiente, la contratacion debe efectuarse a traves de una MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, conforme lo establecido por el articulo 20º de dicho Texto; Que en los articulos 105º y 116º del Reglamento del T.U.O. de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se establecen los procedimientos a que deben someterse tales contrataciones precisandose que debera indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion; Que el Informe Tecnico Nº 394-2002-AG-SENASA-OGA/ DL, sustenta los criterios de economia e indica que se requiere prorrogar por un (1) ano el plazo del contrato de arrendamiento de dos inmuebles ubicados dentro del Terminal Portuario del Callao, sito en Av. Contralmirante Raygada Nº 111, Provincia Constitucional del Callao, los que se encuentran en una MORDAZA accesible para los usuarios del servicio; Que el Informe Legal Nº 986-2002-AG-SENASA-OGAJ, indica que resulta procedente la emision de una Resolucion Jefatural que, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 19º y 20º del Texto Unico ordenado de la Ley 26850, exonere del MORDAZA de seleccion correspondiente a la prorroga del contrato de arrendamiento del inmueble descrito en el considerando precedente; Que lo expuesto en dichos informes justifican tecnica y legalmente la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la prorroga del contrato de arrendamiento, cumpliendose asi con lo establecido en el articulo 113º del mencionado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 y en los articulos 105º, 113º y 116º de su Reglamento, y en uso de las facultades conferidas en el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 024-95-AG Reglamento de Organizacion y Funciones del SENASA, y con las visaciones de los Directores Generales de Administracion, Planificacion y Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar al Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la prorroga del contrato de arrendamiento de dos inmuebles ubicados dentro del Terminal Portuario del Callao, sito en Av. Contralmirante Raygada Nº 111, Provincia Constitucional del Callao, por el plazo de un (1) ano contados a partir del 1 de enero del 2003, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar a la Directora General de Administracion a suscribir el Contrato respectivo con la Empresa Nacional de Puertos S.A. mediante Adjudicacion de Menor Cuantia y por un monto total de US$ 7,080.00 (Siete mil ochenta y 00/100 Dolares Americanos) incluido impuestos. Articulo 3º.- Disponer que la Direccion General de Administracion remita copias de la presente Resolucion y de los informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONELL MORDAZA Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria 00760

Que, la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica tiene como finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la informacion, consagrado en el numeral 5) del Articulo 2º de la Constitucion Politica; Que, conforme al Articulo 3º de la citada Ley, las actividades y disposiciones de las entidades de la Administracion Publica estan sometidas al MORDAZA de publicidad; debiendo el Estado adoptar medidas basicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuacion de las entidades de la Administracion Publica; Que, el Articulo 8º del mismo cuerpo legal, dispone que las entidades obligadas a brindar informacion, identificaran, bajo responsabilidad de su MORDAZA representante, al funcionario responsable de brindar la informacion solicitada en virtud de lo establecido en la referida Ley; Que, conformidad al literal a) del Articulo 11º de la Ley Nº 27806, toda solicitud de informacion debe ser dirigida al funcionario designado por la entidad de la Administracion Publica para realizar esta labor, por lo que resulta necesario efectuar dicha designacion; y, De conformidad con la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, Decreto Ley Nº 25902 y D.S. Nº 24-95-AG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de Planificacion del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, como el funcionario responsable de brindar la informacion que se solicite bajo el MORDAZA de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONELL MORDAZA Jefa 00770

DEFENSA
Constituyen comision de alto nivel encargada de evaluar y proponer al Poder Ejecutivo la nueva estructura de las remuneraciones y pensiones del personal militar de las Fuerzas Armadas
DECRETO SUPREMO Nº 001-DE/SG
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 213-90-EF de 19 MORDAZA 1990, se regula las remuneraciones, beneficios, goces y asignaciones que se otorgan al personal militar de las Fuerzas Armadas; Que, por Decreto Ley Nº 19846 "Ley de Pensiones Militar Policial" y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-DE-CCFA de 17 diciembre 1987 se MORDAZA las pensiones del Personal Militar; Que, la actual estructura de la escala de remuneraciones y pensiones del Personal Militar de las Fuerzas Armadas considera excesivos conceptos que la hacen complicada e irracional por lo cual es conveniente su reestructuracion hacia una estructura mas simple y logica; para tal fin es necesario constituir una Comision de Alto Nivel encargada de evaluar y proponer al Poder Ejecutivo la nueva estructura de las remuneraciones y pensiones del personal militar; Estando a lo recomendado; DECRETA: Articulo 1º.- Constituir la Comision de Alto Nivel encargada de evaluar y proponer al Poder Ejecutivo la nueva estructura de las remuneraciones y pensiones del personal militar de las Fuerzas Armadas. Articulo 2º.- La citada Comision estara integrada por: - El Secretario General del Ministerio de Defensa, quien la presidira.

Designan funcionario responsable de brindar informacion que se solicite de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA RESOLUCION JEFATURAL Nº 271-2002-AG-SENASA
MORDAZA, 31 de diciembre de 2002

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