Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2003 (22/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, miercoles 22 de enero de 2003

NORMAS LEGALES

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MIMDES
Disponen que organismos publicos descentralizados de MIMDES procedan a priorizar ejecucion de proyectos en favor de ninos y adolescentes, personas adultas mayores y personas con discapacidad
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 017-2003-MIMDES
MORDAZA, 20 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que, las Bases para la Estrategia de Superacion de la Pobreza y Oportunidades Economicas para los Pobres, aprobadas por Decreto Supremo Nº 002-2003-PCM, senala que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, es el ente rector de la politica social orientada al desarrollo de capacidades de las personas en situacion de pobreza, y tendra por finalidad contribuir a elevar el nivel de MORDAZA de la poblacion en situacion de pobreza mediante politicas que promuevan la equidad y la igualdad de oportunidades sin discriminacion en el acceso al empleo productivo y los servicios basicos; Que, en el MORDAZA de la estrategia y politica social del Estado, que concierne al MIMDES, es necesario promover la ejecucion de proyectos productivos especificos en favor de los ninos y adolescentes, las personas adultas mayores y las personas con discapacidad, que involucren y faciliten la participacion activa de los grupos poblaciones MORDAZA mencionados; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2002-PROMUDEH fue aprobado el Plan Nacional de Accion por la Infancia y la Adolescencia 2002-2010, y por Decreto Supremo Nº 005-2002-PROMUDEH fue aprobado el Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2002-2006, y proximamente sera aprobado el Plan Nacional de las Personas con Discapacidad, siendo los instrumentos rectores de las acciones del Sector en materia social; Que, asimismo es necesario promover dentro del Sector la ejecucion de acciones concretas en favor de las personas con discapacidad, como parte de las actividades a realizarse durante el presente ejercicio denominado Ano de los Derechos de las Personas con Discapacidad; De conformidad con la Ley Nº 27793 y el Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer que a partir del presente ejercicio presupuestal, los Organismos Publicos Descentralizados del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social MIMDES, y en particular el Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES, procederan a priorizar la ejecucion de proyectos que desarrollan las capacidades y generan oportunidades en favor de los ninos y adolescentes, las personas adultas mayores y las personas con discapacidad, los cuales estaran enmarcados en los planes y criterios senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La ejecucion de dichos proyectos se efectuara anualmente por lo menos a razon de uno por cada departamento. Articulo 3º.- El Directorio de FONCODES y la mas alta autoridad administrativa de cada uno de los otros Organismos Publicos Descentralizados del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, quedan encargados de disponer las medidas internas necesarias para el adecuado cumplimiento de lo dispuesto por la presente norma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 01267

RELACIONES EXTERIORES
Crean la Secretaria de Politica Exterior como organo de linea y a la Secretaria de Administracion como organo de apoyo en la estructura organica del Ministerio
DECRETO SUPREMO Nº 001-2003-RE
EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que la disposicion complementaria del Decreto Ley Nº 26112 - Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29 de diciembre de 1992 - dispone que la organizacion interna del Ministerio de Relaciones Exteriores, la creacion, supresion o modificacion de los organos a que se refiere el Articulo 9º del citado dispositivo, asi como la descripcion de las funciones respectivas seran establecidas por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que el Decreto Supremo Nº 033-96-RE, de 21 de agosto de 1996, modifico el articulo 9º asi como los capitulos IV al XI del Decreto Ley Nº 26112; Que el Decreto Supremo Nº 006-99-RE de 12 de febrero de 1999 y sus modificatorias establecen la actual estructura organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que es indispensable adecuar dicha estructura organica a los requerimientos de la politica exterior peruana y a las necesidades funcionales del Ministerio de Relaciones Exteriores; DECRETA: Articulo Primero.- Modifiquese el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 006-99-RE, de 12 de febrero de 1999, a fin de crear como organo de linea la Secretaria de Politica Exterior y como organo de apoyo la Secretaria de Administracion. Articulo Segundo.- La Secretaria de Politica Exterior, dependiente directamente del Viceministerio y Secretaria General de Relaciones Exteriores, tendra a su cargo la coordinacion, evaluacion y ejecucion de las acciones necesarias para aplicar las directivas y decisiones que en materia de politica exterior adopte la Alta Direccion, y el control de la accion de los organos de linea que dependen de dicha Secretaria. Dichos organos de linea son los siguientes: - Subsecretaria para Asuntos de America. - Subsecretaria para Asuntos de Europa. - Subsecretaria de Asuntos Economicos. - Subsecretaria para Asuntos Multilaterales. - Subsecretaria para Asuntos de Asia. - Subsecretaria de Comunidades Peruanas en el Exterior. - Subsecretaria de Politica Cultural Exterior. Articulo Tercero.- La Secretaria de Administracion, dependiente directamente del Viceministerio y Secretaria General de Relaciones Exteriores, asumira las funciones de la Subsecretaria de Administracion y tendra a su cargo proponer, coordinar y ejecutar las politicas necesarias para la correcta administracion de los recursos humanos, financieros y materiales del Ministerio de Relaciones Exteriores. La Secretaria de Administracion contara con las siguientes dependencias: - Direccion General de Administracion. - Direccion General de Desarrollo de Recursos Humanos. - Oficina Ejecutiva de Gestion y Preservacion del Patrimonio del Estado en el Exterior. Articulo Cuarto.- La Oficina Nacional de Desarrollo Fronterizo y la Direccion Nacional de Soberania y Limites dependeran de la Subsecretaria para Asuntos de America. Articulo Quinto.- Deroguense los dispositivos que se opongan al presente Decreto Supremo.

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