Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2003 (22/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 22 de enero de 2003

registral, tecnica, administrativa, economica y financiera; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27806 senala que la administracion de cada Entidad debera publicar, a traves de internet, los datos generales de la entidad que incluyan entre otras las disposiciones, las comunicaciones, su organizacion, organigrama y sus procedimientos; asi tambien las adquisiciones de bienes y servicios esta MORDAZA incluira el detalle de los montos comprometidos, los proveedores, la cantidad y la calidad de los bienes y servicios adquiridos; Que, las entidades deben identificar, bajo responsabilidad de su MORDAZA representante, al funcionario encargado de brindar la informacion solicitada, de conformidad a lo dispuesto por el articulo 8º de la MORDAZA MORDAZA acotada; Que, resulta pertinente efectuar la designacion del funcionario del RENIEC encargado de la labor MORDAZA senalada, a fin cumplir cabalmente con los fines de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, proporcionando la informacion publica que garantice y promueva la transparencia en la actuacion de nuestra entidad asi como la entrega cuando lo demanden los ciudadanos, en aplicacion de MORDAZA de publicidad; Estando a lo expuesto y, de conformidad a las facultades conferidas por el inciso h) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones, Resolucion Jefatural Nº 869-2002-JEF/RENIEC y, a lo dispuesto por la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al Subjefe del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, como funcionario responsable de proporcionar la informacion que demanden las personas en aplicacion de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 01232

MINISTERIO PUBLICO
Declaran en reorganizacion el Ministerio Publico de acuerdo a Plan de Modernizacion dirigido por Junta de Fiscales Supremos
RESOLUCION DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 001-2003-MP-FN-JFS
MORDAZA, 21 de enero de 2003 VISTA el Acta Nº 471 correspondiente a la Sesion de la Junta de Fiscales Supremos de fecha 21 de enero de 2003; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio Publico es un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado de la defensa de la legalidad y de los intereses publicos tutelados por el derecho, conforme lo establece el articulo 158º de la Constitucion Politica del Peru. Que, la condicion de autonomia institucional conlleva una capacidad y potestad de desenvolvimiento que solo depende del orden constitucional y legal vigente; en ese sentido, el Ministerio Publico esta obligado al ejercicio eficaz y eficiente de dicha potestad autonoma, disponiendo las medidas que correspondan relativas no solo al desarrollo ordinario de su gestion institucional, sino, inclusive, las medidas extraordinarias de gobierno que resultan necesarias para el cabal cumplimiento de sus fines. Que, desde su creacion hasta la fecha, el Ministerio Publico ha afrontado diversas etapas en las que se ha ido perfilando el rol fundamental que la funcion fiscal cumple dentro de la organizacion del Estado, asi como las condiciones esenciales para una adecuada satisfaccion de las exigencias sociales, por lo que resulta imperativo proceder a su reordenamiento y fortalecimiento, con el aval de una solida cultura de servicio sustentada en bases eticas y en un verdadero compromiso de todos sus integrantes. Que, la Vigesimo Octava Politica de Estado del Acuerdo Nacional suscrita por los partidos politicos con representacion

en el Congreso, organizaciones de la sociedad civil con representacion nacional y el Gobierno Central, establece "(...) que se promovera la institucionalizacion de un sistema de administracion de justicia respetando la independencia, la autonomia y el presupuesto del Poder Judicial, el Ministerio Publico, el Consejo Nacional de la Magistratura y el Tribunal Constitucional, dentro de un MORDAZA de modernizacion y descentralizacion del Estado al servicio del ciudadano". Que, a tal efecto, para el adecuado cumplimiento de los fines y objetivos institucionales se requiere de manera indispensable el previo establecimiento de criterios y lineamientos acordes con la vision del Ministerio Publico, cuyo objetivo central alude a una institucion "moderna y eficiente, integrada efectivamente al sistema nacional de justicia, con una racional organizacion, con fiscales y funcionarios calificados y probos, con procedimientos sencillos, que aseguren transparencia, dinamismo y eficacia en el accionar fiscal y medico legal, inspirando todo ello, confianza y respeto en la sociedad y el Estado". Que, en ese sentido, los lineamientos de politica institucional, dentro del plan de modernizacion institucional, deben incluir la orientacion motivacional para definir y solucionar problemas concretos y cuyas pautas de valor de servicio a la comunidad deben ser internalizadas por todos los miembros del Ministerio Publico, para dar respuesta estructural oportuna a la dinamica de su contexto, coadyuvando con la mejora continua de la organizacion. Que, la vision de la autonomia institucional, asi como la independencia de la funcion fiscal, requieren de manera impostergable actualizar conceptos institucionales que superen esquemas tradicionales para acometer un MORDAZA dinamico intraorganizativo que la sustente y fortalezca, contando, asimismo, con una permanente y real participacion de la sociedad en su conjunto, para lo cual deben establecerse los mecanismos pertinentes. Que, en tal virtud, corresponde al Ministerio Publico, en uso de la autonomia institucional conferida constitucionalmente, disponer las medidas pertinentes para adecuar y fortalecer su desempeno operativo funcional, a fin de asegurar el adecuado cumplimiento de sus fines, de acuerdo al Plan de Modernizacion y Reestructuracion 2002-2006 en marcha, ratificado mediante Acuerdo Nº 282 de la Junta de Fiscales Supremos del 21 de enero de 2003. En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en reorganizacion el Ministerio Publico, de acuerdo al Plan de Modernizacion en marcha, bajo la direccion de la Junta de Fiscales Supremos, conforme a los fundamentos senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que todos los senores Fiscales, los responsables de las unidades organicas y el personal del Ministerio Publico, brinden el apoyo necesario para el debido cumplimiento del MORDAZA de reorganizacion a que se refiere la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion al senor Presidente de la Republica, al senor Presidente del Congreso de la Republica, al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, al senor Presidente del Tribunal Constitucional y al senor Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion Presidenta de la Junta de Fiscales Supremos 01239

Nombran fiscales especiales para intervenir en acciones vinculadas a la preservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion en los Distritos Judiciales del MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 086-2003-MP-FN
MORDAZA, 21 de enero de 2003

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