Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2003 (22/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, miercoles 22 de enero de 2003
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES
TITULO VI

Pag. 237749
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Articulo Primero.- Designar a la delegacion peruana que participara en el Tercer Periodo Ordinario de Sesiones del Comite Interamericano contra el Terrorismo, que tendra lugar entre el 22 y 24 de enero de 2003 en la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de El MORDAZA, la que estara conformada por los siguientes funcionarios: - Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sanchez-Cerro, funcionario de la Subsecretaria de Asuntos Multilaterales y Especiales; - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Estado Mayor del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Division de Prensa e Informacion del Ministerio de Defensa; y, - Primer Secretario en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, funcionario de la Representacion Permanente del Peru ante la Organizacion de los Estados Americanos (OEA). Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue la participacion de los siguientes funcionarios seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de la referida comision, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos Uso de US$ US$ aeropuerto US$ MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sanchez-Cerro MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1 098.00 985.82 800.00 800.00 28.00 --.--

-Entre el Articulo 56º y el Articulo 57º (Pagina 237033)DICE: TITULO IV DEL REGIMEN LABORAL DEBE DECIR: TITULO V DEL REGIMEN LABORAL -Entre el Articulo 57º y la Primera Disposicion Complementaria (Pagina 237033)DICE: TITULO V DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DEBE DECIR: TITULO VI DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 01262

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan a empresa concesion para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 042-2003-MTC/03
MORDAZA, 16 de enero de 2003 Vista, la solicitud formulada por la empresa PACIFIC TELECOM PERU S.A. para que se le otorgue concesion para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional, en la Republica del Peru; CONSIDERANDO:

Articulo Tercero.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de la citada comision, los funcionarios mencionados en el articulo MORDAZA deberan presentar un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado, ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores. Articulo Cuarto.- Los gastos que irrogue la participacion del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA seran cubiertos por su sector. Articulo Quinto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 01231

SALUD
FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 001-2003-SA Mediante Oficio SA-SG-091-2003 el Ministerio de Salud solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 001-2003-SA publicado en nuestra edicion del dia 11 de enero de 2003, en la pagina 237020. -En la parte correspondiente al Indice (Pagina 237021) DICE: TITULO IV TITULO IV TITULO V DEBE DECIR: TITULO IV TITULO V REGIMEN ECONOMICO REGIMEN LABORAL REGIMEN ECONOMICO REGIMEN LABORAL DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Que, el inciso 3) del articulo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, establece que los servicios publicos portadores se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripcion de un contrato de concesion aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el articulo 32º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios portadores se encuentran los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional; Que, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 350-2002-MTC/ 15.03.UECT, senala que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion solicitada para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional, es procedente la solicitud formulada por la empresa PACIFIC TELECOM PERU S.A.; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General

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