Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2003 (22/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, miercoles 22 de enero de 2003

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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Vocal Suplente del Tribunal Administrativo de la Propiedad de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI; Que, el literal k) del articulo 12º del precitado Estatuto, senala como una de las funciones del Coordinador Nacional de la Formalizacion proponer a la Presidencia de la COFOPRI la designacion de los miembros del Tribunal Administrativo de la Propiedad; De conformidad con la Ley Nº 27594, Decreto Legislativo Nº 803 y los Decretos Supremos Nº 014-98-MTC y Nº 009-99-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha, al senor abogado MORDAZA MORDAZA Haaker Pierola, como Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, por un periodo de tres (3) anos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DODERO Ministro de Justicia y Presidente de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI 01129

Articulo Unico.- Aprobar el Reglamento de Elecciones de Representantes al Consejo Nacional de Descentralizacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES AL CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACION TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Finalidad del Reglamento El presente reglamento regula el MORDAZA de elecciones de representantes ante el Consejo Nacional de Descentralizacion, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 79º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, y el articulo 23º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion. Se elegiran dos (2) representantes de los gobiernos regionales, un (1) representante de los gobiernos locales provinciales y un (1) representante de los gobiernos locales distritales, quienes seran designados como miembros del Consejo Nacional de Descentralizacion por un periodo de cuatro (4) anos. Articulo 2º.- Abreviaturas Para los fines del presente Reglamento se entendera por: Ley Organica: Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales. Ley de Bases: Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion. JNE : MORDAZA Nacional de Elecciones. ONPE : Oficina Nacional de Procesos Electorales. CND : Consejo Nacional de Descentralizacion. TITULO II EL MORDAZA ELECTORAL CAPITULO I REGLAS GENERALES Articulo 3º.- Organismos encargados del MORDAZA electoral El Consejo Nacional de Descentralizacion estara encargado de la convocatoria y la ONPE de la organizacion tecnica de las elecciones de representantes al CND. Articulo 4º.- Electores y candidatos En las elecciones de representantes al CND participan las regiones, provincias y distritos del territorio nacional, mediante sus autoridades electas en el ultimo MORDAZA electoral regional y municipal. En los casos en que el JNE hubiere dispuesto la realizacion de elecciones complementarias en el ultimo MORDAZA electoral regional y municipal, acudira en calidad de elector la autoridad que permanece en el cargo. En los casos en que el JNE hubiere declarado la vacancia de la autoridad del gobierno correspondiente, asumira la calidad de elector el primer consejero o primer regidor de acuerdo a la votacion obtenida y segun corresponda. En caso que tambien se declare la vacancia de este ultimo, acudira el MORDAZA consejero o MORDAZA regidor y asi sucesivamente. En cada uno de los actos electorales que se regulan en este reglamento se elegira siempre como representante ante el CND a un Presidente Regional, un MORDAZA Provincial o uno Distrital, segun corresponda. Articulo 5º.- Instituciones que apoyan el MORDAZA electoral El JNE, el Poder Judicial, el Ministerio de Salud y los Colegios Profesionales de MORDAZA brindaran su apoyo al referido proceso. Las prefecturas y subprefecturas tambien prestaran su apoyo en la organizacion y ejecucion del presente MORDAZA electoral.

CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACION
Aprueban Reglamento de Elecciones de Representantes al Consejo Nacional de Descentralizacion
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 008-CND-P-2003
MORDAZA, 15 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante los articulos 22º y 23º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, se crea el Consejo Nacional de Descentralizacion - CND como un organismo independiente y descentralizado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, que tiene a su cargo la direccion y conduccion del MORDAZA de descentralizacion; Que, asimismo la referida Ley dispone que el Consejo Nacional de Descentralizacion, debera estar presidido por un representante del Presidente de la Republica y conformado por dos representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros, dos representantes del Ministerio de Economia y Finanzas, dos representantes de los Gobiernos Regionales, un representante de los Gobiernos Locales Provinciales y un representante de los Gobiernos Locales Distritales; Que, de conformidad con el articulo 79º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, los Presidentes Regionales y los Alcaldes Provinciales y Distritales, convocados por la Presidencia del Consejo Nacional de Descentralizacion, elegiran a sus representantes ante dicho Organismo; Que, la MORDAZA MORDAZA citada dispone que el sistema electoral prestara su apoyo tecnico para los efectos de la eleccion; Que, en tal sentido, este Consejo ha considerado conveniente suscribir un convenio con la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, como organismo integrante del sistema electoral, a fin de delegarle la organizacion y ejecucion de las elecciones de los representantes al CND; Que, se entiende que para efectos del MORDAZA electoral es necesario dictar las reglas que regularan dicho MORDAZA y en consecuencia este Consejo con la asistencia tecnica de la ONPE ha elaborado un Reglamento para estas elecciones; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en Sesion Ordinaria de fecha 10 de enero de 2003 y de conformidad con la Ley Nº 27783, Ley Nº 27867 y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Consejo Nacional de Descentralizacion;

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