Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2003 (22/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 22 de enero de 2003

Articulo 2º.- Establecer como fecha limite para la MORDAZA de los respectivos trabajos, el dia lunes 10 de febrero de 2003. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos 01165

Aprueban disposiciones y formularios para la declaracion anual del impuesto a la renta 2002
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 018-2003/SUNAT
MORDAZA, 21 de enero de 2003 CONSIDERANDO:

SUNAT
Establecen precision sobre causal de exoneracion a que se refiere la Res. Nº 142-2002/SUNAT
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 017-2003/SUNAT
MORDAZA, 21 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que mediante la Resolucion de Superintendencia Nº 142-2002/SUNAT se autorizo la contratacion de servicios de ampliacion de potencia, instalacion de un interruptor MORDAZA y de una linea media de tension para la independizacion de los suministros de energia electrica para los locales en donde funcionan la Sede Central y la Intendencia Regional Lima; Que segun el Informe Tecnico Nº 016-2002-MJ0400 emitido por el Departamento de Ingenieria y Mantenimiento, los citados inmuebles de propiedad de la SUNAT se encuentran en el area geografica de concesion de la empresa Luz del Sur S.A.A., por lo que esta es la unica que puede realizar la ampliacion de la potencia requerida, de conformidad con el articulo 82º de la Ley Nº 25844 - Ley de Concesiones Electricas, encontrandose justificada la contratacion de los servicios de ampliacion de potencia y la necesidad de exonerar dicha adquisicion de las formalidades del MORDAZA de seleccion correspondiente; Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6.3 de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 0112001-CONSUCODE/PRE, aprobado por Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE, corresponde precisar que el articulo 30º de la Ley Nº 25844 - Ley de Concesiones Electricas establece que las concesiones de distribucion de Servicio Publico de Electricidad en una MORDAZA determinada, es exclusiva para un solo concesionario, el cual es el unico proveedor con capacidad de hacer modificaciones a las redes de distribucion electrica dentro del area de su concesion, configurandose asi la causal establecida en el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, que senala que se encuentran exoneradas de los procesos de licitacion, concurso publico o adjudicacion directa las adquisiciones y contrataciones de bienes o servicios que no admiten sustitutos; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 , aprobado por Decreto supremo Nº 012-2001-PCM, y en los articulos 105º, 113º y 116º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y en uso de las facultades conferidas en el inciso 4) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Precisese que la causal de la exoneracion a que se refiere la Resolucion de Superintendencia Nº 142-2002/SUNAT se sustenta en el Informe Tecnico Nº 016-2002-MJ0400, segun lo expuesto en los considerandos de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 01222

Que segun el Articulo 79º del Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-99-EF y normas modificatorias, los contribuyentes del impuesto que obtengan rentas computables para los efectos de esta ley, deberan presentar declaracion jurada de la renta obtenida en el ejercicio gravable en los medios, condiciones, forma, plazos y lugares que determine la SUNAT; Que el citado articulo faculta a la SUNAT a establecer o exceptuar de la obligacion de presentar la declaracion jurada del Impuesto a la Renta, en los casos que estime conveniente, a efecto de garantizar una mejor administracion o recaudacion del impuesto; Que, por su parte, el Articulo 88º del TUO del Codigo Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias, autoriza a la Administracion Tributaria a establecer para determinados deudores la obligacion de presentar la declaracion tributaria por medios magneticos, en las condiciones que se senale para ello; Que mediante Resoluciones de Superintendencia Nºs. 129-2002/SUNAT y 138-2002/SUNAT se establecieron los sujetos obligados a presentar declaraciones determinativas mediante el empleo de programas de declaracion telematica (PDT); Que resulta necesario establecer los medios, condiciones, forma, plazos y lugares para la MORDAZA de la Declaracion Anual del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio gravable 2002; Al MORDAZA del Articulo 79º del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, Articulo 88º del TUO del Codigo Tributario, Articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 e inciso q) del Articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DEFINICIONES Para efecto de la presente Resolucion, se tendran en consideracion las siguientes definiciones: a. Impuesto : Impuesto a la Renta. b. Declaracion : Declaracion Anual del Impuesto correspondiente al ejercicio gravable 2002. c. PDT : Programas de Declaracion Telematica. Medio informatico desarrollado por la SUNAT para elaborar las declaraciones. d. Ley : TUO de la Ley del Impuesto a la Renta aprobado por Decreto Supremo Nº 054-99-EF y normas modificatorias. Cuando se mencionen articulos sin indicar la MORDAZA a la que corresponden, se entenderan referidos a la presente Resolucion. Articulo 2º.- APROBACION DE FORMULARIOS 2.1 Apruebase los siguientes formularios preimpresos: a. Formulario Nº 179 : Declaracion Pago Anual Impuesto a la Renta - Personas Naturales Ejercicio Gravable 2002. b. Formulario Nº 180 : Declaracion Pago Anual Impuesto a la Renta - Tercera Categoria Ejercicio Gravable 2002. A partir de la entrada en vigencia de la presente Resolucion, dichos formularios seran distribuidos en forma gratuita a traves de las oficinas de la SUNAT, Centros de Servicios al Contribuyente, bancos y demas entidades autorizadas.

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