Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2003 (22/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, miercoles 22 de enero de 2003

NORMAS LEGALES

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La cantidad de votos nulos y en MORDAZA obtenidos en cada ronda; El nombre de la region elegida como representante ante el CND asi como el nombre de la autoridad correspondiente. Articulo 22º.- El escrutinio y el Acta Electoral El escrutinio se llevara a cabo en acto publico, siendo el secretario del MORDAZA de Honor el encargado de anotar la contabilidad de los votos en cada una de las fases de la votacion. Los resultados seran anotados en el acta electoral, que sera suscrita en tres (3) ejemplares por el MORDAZA de Honor y por todos los participantes de la eleccion, las cuales seran distribuidas de la siguiente manera: - Un ejemplar para el Presidente del MORDAZA de Honor. - Un ejemplar remitido al CND via fax y via correo a mas tardar el dia posterior a la fecha de las elecciones. - Un ejemplar para la Oficina Nacional de Procesos Electorales. Articulo 23º.- MORDAZA Conteo Cualquiera de los participantes podra solicitar un MORDAZA conteo de votos luego de realizado el escrutinio de una ronda de votacion y hasta MORDAZA de dar inicio a la nueva ronda. El MORDAZA de Honor destruira las cedulas de votacion una vez concluida cada una de las fases del sufragio. TITULO IV ELECCION DEL REPRESENTANTE DE LOS ALCALDES PROVINCIALES Articulo 24º.- Fecha de la eleccion La eleccion del representante de los alcaldes provinciales ante el CND se lleva a cabo dentro de los veinticinco (25) dias posteriores a la eleccion de los representantes de los gobiernos regionales ante el Consejo Nacional de Descentralizacion. Articulo 25º.- Quorum y porcentajes requeridos para la eleccion Para dar inicio a la eleccion a las 9.00 de la manana se requiere mas del 50% del numero legal de alcaldes provinciales. De no contarse con este quorum, se realiza una MORDAZA convocatoria a mediodia. En esta, la votacion se llevara a cabo con los asistentes. El representante de los alcaldes provinciales ante el CND sera elegido por los dos tercios de los asistentes al acto electoral. Articulo 26º.- MORDAZA de Honor La mesa de sufragio estara compuesta por un MORDAZA de Honor conformado por un representante del MORDAZA Nacional de Elecciones, quien la presidira, un representante del Poder Judicial como primer miembro y un representante de un Colegio Profesional de MORDAZA quien actuara como secretario. El Presidente del CND cursara la invitacion a dichas autoridades con la notificacion de la convocatoria a elecciones, quienes confirmaran su asistencia a mas tardar tres (3) dias naturales posteriores a la fecha de recepcion de la notificacion. Articulo 27º.- Lista de asistencia En la lista de asistencia figurara el nombre de la eleccion y de cada una de las provincias participantes en la eleccion asi como el nombre y documento de identificacion de los participantes. Dicha lista sera suscrita por los participantes MORDAZA veces como rondas de votacion se realicen. Articulo 28º.- Procedimiento para la eleccion El MORDAZA de Honor se reunira en el local de votacion a las 8:30 de la manana e instalara la mesa de sufragio a las 9:00 am. Los participantes, luego de identificarse ante el MORDAZA de Honor con su ultimo documento de identificacion, pasaran a la camara secreta a emitir su MORDAZA marcando en la cedula el numero que corresponde a la Provincia de su eleccion. Previamente, el MORDAZA de Honor leera dos veces el listado de circunscripciones y su correspondiente numero de tal manera que los electores puedan elegir correctamente la provincia. La correspondencia entre los numeros y las provincias en la cedula de sufragio se da por orden

alfabetico. Los representantes de los gobiernos locales provinciales, seran elegidos en una votacion que contara con dos fases: En la primera fase, todos los alcaldes provinciales asistentes seran parte del MORDAZA electoral. Luego de la primera ronda de votacion se separara a los tres participantes mas votados por mayoria simple, quienes seran los candidatos que ingresaran a la siguiente fase. Se llevara a cabo MORDAZA rondas de votacion como MORDAZA necesarias hasta obtener los tres candidatos requeridos. En la MORDAZA fase, se elegira al representante del Gobierno local provincial ante el CND y se llevaran a cabo MORDAZA rondas de votacion como MORDAZA necesarias hasta elegir al representante con los dos tercios de los asistentes. El Presidente del MORDAZA de Honor anunciara los resultados de cada una de las fases de votacion. Articulo 29º.- Acta Electoral de la sesion de votacion El Acta Electoral contendra la siguiente informacion: Nombre de la eleccion y de la sede; El numero de electores que sufragaron y a que provincias representan; El numero de votos alcanzado por cada una de las provincias; Los nombres de las provincias que formaron la terna asi como el nombre de sus autoridades y el numero de votos alcanzado por cada uno de ellos; La cantidad de votos nulos y en MORDAZA obtenidos en cada ronda; El nombre de la provincia elegida como representante ante el CND asi como el nombre de la autoridad correspondiente. Articulo 30º.- El escrutinio y el Acta Electoral El escrutinio se llevara a cabo en acto publico, siendo el secretario del MORDAZA de Honor el encargado de anotar la contabilidad de los votos en cada una de las fases de la votacion. Los resultados seran anotados en el acta electoral, que sera suscrita en tres (3) ejemplares por el MORDAZA de Honor y por todos los participantes de la eleccion, las cuales seran distribuidas de la siguiente manera: - Un ejemplar para el Presidente del MORDAZA de Honor. - Un ejemplar remitido al CND via fax y via correo a mas tardar el dia posterior a la fecha de las elecciones, quedando a disposicion de los participantes. - Un ejemplar para la Oficina Nacional de Procesos Electorales Articulo 31º.- MORDAZA Conteo Cualquiera de los participantes podra solicitar un MORDAZA conteo de votos luego de realizado el escrutinio de una ronda de votacion y hasta MORDAZA de dar inicio a la nueva ronda. El MORDAZA de Honor destruira las cedulas de votacion una vez concluida cada una de las fases del sufragio. TITULO V ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS ALCALDES DISTRITALES CAPITULO I ETAPAS DE LA ELECCION Articulo 32º.- Etapas de la Eleccion Las elecciones para elegir al representante de los alcaldes distritales se realizan en dos etapas: En la primera etapa, las asambleas provinciales en cada una de las provincias se iniciaran dentro del plazo estipulado en el articulo 13º del presente Reglamento y en los lugares determinados por el CND en coordinacion con la ONPE. En dichas asambleas, los alcaldes distritales elegiran a uno de ellos como delegado de los alcaldes distritales de la provincia para la sesion de eleccion de su representante ante el CND. En la MORDAZA etapa, se llevara a cabo la sesion de delegados de los alcaldes distritales en el lugar determinado por el CND dentro de los veinticinco (25) dias posteriores a la realizacion de las asambleas provinciales. En

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