Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2003 (22/01/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 22 de enero de 2003

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la municipalidad para el Ejercicio Presupuestal 2003
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 036-2003-MPL
Pueblo Libre, 10 de enero de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE VISTO: El Informe Nº 031-2003-MPL-OA/UAS, de la Unidad de Abastecimiento y Servicios, su fecha 10 de enero del 2003, solicitando la aprobacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Pueblo Libre para el Ejercicio Presupuestal 2003; y, CONSIDERANDO:

ubicado en la Av. Gral. MORDAZA Nº 859 - tercer piso - Pueblo Libre, a efecto de que todo interesado pueda adquirir MORDAZA del Plan. Articulo Quinto.- Encargar a la Oficina de la Secretaria General y del Concejo y a la Direccion de Administracion la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 01265

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Establecen MORDAZA legal del regimen tributario de los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines, y serenazgo
ORDENANZA Nº 128-MSS
MORDAZA de MORDAZA, 17 de enero de 2003

Que, el Art. 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. Nº 012-2001-PCM, se establece que cada Entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el cual debe prever los bienes, servicios y obras que se requeriran durante el Ejercicio Presupuestal y el monto de presupuesto requerido; Que, el Art. 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones sera aprobado por el Titular del Pliego o la MORDAZA Autoridad Administrativa, segun corresponda, dentro de los treinta (30) dias naturales siguientes de aprobado el presupuesto institucional; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 074-2002-MPL del 13 de diciembre del 2002 se acordo aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura de la Municipalidad de Pueblo Libre para el Ejercicio Fiscal 2003; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 627-2002 del 16 de diciembre del 2002 se promulgo el Presupuesto de la Municipalidad de Pueblo Libre para el Ejercicio Fiscal 2003; Estando a lo expuesto; y, de conformidad a las facultades establecidas en el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el numeral 1 del Articulo 7º de su Reglamento aprobado por el D.S. Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Pueblo Libre, para el Ejercicio Presupuestal 2003, el cual forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que la Unidad de Abastecimiento y Servicios, ejecute las Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad, gestionando en su oportunidad la aprobacion de los procesos de seleccion conforme a la programacion establecida en el Plan Anual. Articulo Tercero.- Disponer que el Director de la Oficina de Administracion, supervise la elaboracion, aprobacion, publicacion, difusion y ejecucion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad, sin perjuicio de la que corresponde a la Oficina de Auditoria Interna conforme a las Normas del Sistema Nacional de Control. Articulo Cuarto.- Disponer que el Plan Anual en su integridad sea remitido al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion; del mismo modo MORDAZA del Plan Anual debera remitirse a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa PROMPYME, por el medio de comunicacion mas rapido y en el plazo de diez (10) dias habiles contados desde su aprobacion. Adicionalmente, el Plan Anual debera estar a disposicion de los interesados, en la Unidad de Abastecimiento y Servicios, en el local de la Municipalidad de Pueblo Libre,

EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, en aplicacion del articulo 60º del Decreto Legislativo Nº 776, el mismo que precisa que conforme a lo establecido por los articulos 195º inciso 4) y 74º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones dentro de los limites que fije la ley; Que, el literal a) del articulo 68º del Decreto Legislativo Nº 776 modificado por Ley Nº 27180 establece que las municipalidades podran imponer tasas por servicios publicos o arbitrios, definiendolas como aquellas que se MORDAZA por la prestacion o mantenimiento de un servicio publico individualizado en el contribuyente; Que, en los Gobiernos Locales, el Concejo Municipal cumple la funcion normativa, de acuerdo a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion; Que, el Concejo de MORDAZA de MORDAZA ejerce su funcion normativa, entre otros dispositivos a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del articulo 200º de la Constitucion y de la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario; Que, mediante la presente Ordenanza se establece el MORDAZA legal del regimen tributario aplicable a los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA de MORDAZA, a fin de facilitar su administracion y para garantizar su equitativa distribucion entre los contribuyentes; Que, resulta necesario adoptar las medidas pertinentes para asegurar la continuidad y el buen funcionamiento de los servicios publicos financiados por los arbitrios mencionados en el considerando precedente; Estando a los Informes Nºs. 008-2003-OR-MSS y 0402003-OAJ-MSS emitidos por las Oficinas de Rentas y de Asesoria Juridica respectivamente, contando con los Dictamenes favorables Nºs. 002-2003-CEPP/MSS y 003-2003CAL/MSS de las Comisiones de Economia, Planificacion y Presupuesto y de Asuntos Legales respectivamente; Estando a lo dispuesto por los articulos 36º inciso 3), 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta por Unanimidad, se aprobo la siguiente:

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