Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2003 (09/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, MORDAZA 9 de febrero de 2003

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Autorizan contratacion de profesionales mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia para prestar servicios de asesoria juridica y MORDAZA judicial
ACUERDO DE CONCEJO Nº 013-2003/MJM MORDAZA MORDAZA, 5 de febrero de 2003 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA VISTO, en sesion ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 001-2003-CPEP-CAJ/MJM remitido en forma conjunta por la Comision de Planificacion, Economia y Presupuesto y la Comision de Asuntos Juridicos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 020-2003-OAJ/MJM la Oficina de Asesoria Juridica dando cuenta de la excesiva carga procesal recibida de la gestion anterior, requiere la contratacion de dos (2) abogados para que se aboquen a la adecuada defensa de los intereses de la Municipalidad ante el organo jurisdiccional; Que, el organo MORDAZA mencionado refiere ademas que atendiendo a la naturaleza, complejidad y numero de los diversos procesos que se vienen tramitando ante el Poder Judicial, su MORDAZA requiere de profesionales con calidades y caracteristicas especificas, que evidencien asimismo, probada experiencia en el ejercicio de la defensa de los intereses del Estado y en particular de los Gobiernos Locales, por lo cual recomienda se efectue la contratacion de los servicios personalisimos de los abogados MORDAZA MORDAZA MORDAZA CERRO y MORDAZA YSAU MAURATE MORDAZA, profesionales con renombrado reconocimiento en MORDAZA legal y judicial de diversos Municipios y entidades publicas; Que, el Art. 19º Inc. h) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estan exonerados de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, las Contrataciones que se realicen para Servicios personalisimos; Que, de otro lado el Art. 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los Contratos de Locacion de Servicios celebrados por Persona Natural o Juridica, cuando para dicha Contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la Persona del Locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio, refiriendose en este sentido a los servicios personalisimos; Que, el requerimiento especifico efectuado por la Oficina de Asesoria Juridica se ajusta a las condiciones y requisitos establecidos en la MORDAZA precitada, por lo que resulta procedente efectuar la contratacion para la Asesoria Legal y MORDAZA Judicial por la modalidad de Servicio personalisimo de los profesionales en Derecho, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cerro y Dr. MORDAZA Ysau Maurate Romero; Que, mediante Informe Nº 09-2003-UL/MJM la Unidad de Logistica precisa que la propuesta de la Oficina de Asesoria Juridica de contratar a los profesionales citados en los parrafos precedentes, cumple con los requisitos y es concordante con los alcances establecidos en el Art. 111º (Servicios personalisimos) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM. En el mismo informe se indica que corresponderia exonerar del MORDAZA de Seleccion de Concurso Publico de conformi-

dad al Art. 32º Inc. C) de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2003, Ley Nº 27879, se establece que la Contratacion de Servicios y de Consultoria se desarrollaran mediante Concurso Publico cuando su valor referencial es igual o superior a S/. 150,000 Nuevos Soles; Que, la Unidad de Logistica a traves del informe MORDAZA senalado, ha tomado como parametro para el Valor Referencial, la Tabla de Honorarios Minimos Referenciales aprobado por el Ilustre Colegio de Abogados de MORDAZA, que fue proporcionada por la Oficina de Asesoria Juridica; en cuyos articulos correspondientes establece que el honorario minimo referencial, no debera ser inferior al 50% de una UIT, tanto para procesos penales como otros procesos no regulados en el Codigo Civil; considerando ademas que en los procesos penales el Capitulo IV establece una serie de articulados en donde se referencia los diferentes porcentajes de una UIT como Honorario Minimo Referencial dependiendo de las etapas del proceso; Que, la Direccion de Administracion en su Informe Nº 006-2003-DA/MJM complementa los anteriores informes, indicando el importe mensual que percibira cada uno de los profesionales; en el caso del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CERRO sus honorarios segun su propuesta economica sera de S/. 28,000.00 y en el caso del Dr. MORDAZA YSAU MAURATE MORDAZA la suma S/. 11,200.00, en ambos casos incluidos los impuestos de ley y cualquier otro concepto que pueda incidir en el costo final del servicio a contratar, segun las propuestas economicas presentadas; Que, en el mismo informe de la Direccion de Administracion se establece el nivel de ahorro mensual de S/. 28,300.00 Nuevos Soles, comparando los honorarios precitados con los gastos efectuados en materia de Asesoria Legal Externa en el ejercicio presupuestal del ano 2002 ejecutado por la Administracion anterior, es decir un ahorro porcentual en estos gastos aproximadamente del orden del 42% en los gastos mensuales MORDAZA senalados. Asimismo, anexa un cuadro comparativo entre el Valor Referencial tomado como parametro de la tabla de Honorarios Minimos Referenciales del Colegio de Abogados de MORDAZA, el valor mensual ejecutado por la Administracion anterior, y el valor total mensual a contratar bajo la modalidad de Servicios Personalisimos desprendiendose que el valor mensual de este ultimo es menor a los otros dos conceptos MORDAZA indicados; Que, mediante Memorandum Nº 019-2003-OPP/ MDJM la Oficina de Presupuesto y Planificacion ha senalado la fuente de financiamiento para atender el egreso que origine la presente contratacion; Estando a lo expuesto, y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, el Reglamento Interno de Concejo, aprobado por Edicto Nº 0022001/MJM y POR MAYORIA, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; SE ACORDO: Articulo Primero.- Autorizar la exoneracion del MORDAZA de Seleccion de Concurso Publico la Contratacion de los profesionales en Derecho, MORDAZA MORDAZA MORDAZA CERRO y MORDAZA YSAU MAURATE MORDAZA, para la prestacion de los servicios de Asesoria Juridica Externa y MORDAZA Judicial a favor de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, bajo la modalidad de Servicios Personalisimos, facultando a la Unidad de Logistica de la Direccion de Administracion a efectuar la citada adquisicion mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo Segundo.- Precisar las caracteristicas de los servicios precitados de acuerdo al siguiente detalle: Abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA CERRO: Asesoria Legal Externa, Defensa y MORDAZA Judicial de los 265 procesos judiciales en tramite seguidos por la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA en materia Civil, Laboral, Contenciosos Administrativos y Acciones de Garantia, y defensa y MORDAZA de los procesos nuevos que se instauren durante la vigencia del contrato sobre las mismas materias.
Importe Mensual: S/. 28,000.00, Incluido impuestos de ley. Fuente de Financiamiento: 09 - Recursos Directamente Recaudados Partida Presupuestal 5.3.11.39 Plazo de Duracion: 11 meses (febrero - diciembre 2003)

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