Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2003 (18/07/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

Pag. 248356
LEY Nº 27029
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: La Comision Permanente del Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 18 de MORDAZA de 2003

a las que devengan en partes integrantes de las mismas, hasta por un plazo de veinte (20) anos. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de junio de dos mil tres. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros 13617

LEY QUE REGULA EL USO DE AGUA EN LOS PROYECTOS ESPECIALES ENTREGADOS EN CONCESION
Articulo 1º.- Objeto de la ley La presente ley se aplica a las nuevas obras de infraestructura de los Proyectos Especiales de Irrigacion e Hidroenergeticos que se entreguen en concesion y que se realicen a traves de los mecanismos establecidos en el Texto Unico Ordenado de las Normas con Rango de Ley que regulan la entrega en concesion al Sector Privado de las Obras Publicas de la Infraestructura y de Servicios Publicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 05996-PCM, normas reglamentarias, modificatorias y complementarias. Articulo 2º.- De las reservas de agua y conservacion de cuencas hidrograficas El Ministerio de Agricultura con participacion del Gobierno Regional de acuerdo a ley, otorga y supervisa las reservas de aguas a favor de los Proyectos Especiales referidos en el articulo precedente, por un plazo de vigencia igual al del contrato de Concesion de Obra y Distribucion de Agua respectivo, la que se mantendra en los volumenes que no hayan sido afectados por el otorgamiento de licencias para el uso de aguas; garantizandose el uso del agua con fines agricolas para las zonas de donde provenga el recurso hidrico. Para tal fin, el Ministerio de Agricultura interviene en los respectivos Contratos de Concesion de Obra y Distribucion de Agua, asi como en la conservacion de las forestas de las Cuencas Hidrograficas. Articulo 3º.- Otorgamiento de licencia de uso de aguas La licencia de uso de aguas se otorga por la Autoridad de Aguas a los usuarios, a la sola MORDAZA de los respectivos contratos de prestacion de suministro de agua debidamente suscrito con el concesionario. Articulo 4º.- Regimen tarifario por el uso del agua La tarifa por el uso del agua, aplicable a los futuros usuarios, se establece en forma exclusiva en el Contrato de Concesion de Obras y Distribucion de Agua y en los Contratos de Prestacion de Servicios de Suministro de Agua segun corresponda, esta tarifa tendra dos componentes: Concesionario y Estado en coordinacion con el Gobierno Regional. Corresponde a la entidad estatal fijar para cada uso del agua y en forma diferenciada el componente a favor del Estado el que no excedera el 5% de la tarifa destinandola a la gestion de los recursos hidricos. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES PRIMERA.- Reglamentacion El Ministerio de Agricultura reglamenta la presente ley en un plazo de treinta (30) dias contados a partir de su vigencia. SEGUNDA.- Normas complementarias Incluyese dentro de los alcances del articulo 2º de la Ley Nº 27305 a las obras de infraestructura comprendidas en el ambito de las concesiones de los Proyectos Especiales referidos en el articulo 1º de la presente ley y

PODER EJECUTIVO PCM
Autorizan viaje del Ministro de Economia y Finanzas a EE.UU. y encargan su cartera al Ministro de Relaciones Exteriores
RESOLUCION SUPREMA Nº 221-2003-PCM MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, el doctor MORDAZA MORDAZA RUETE, Ministro de Economia y Finanzas, viajara a la MORDAZA de MORDAZA, D.C., Estados Unidos de MORDAZA, del 19 al 22 de MORDAZA de 2003, para realizar gestiones con el Fondo Monetario Internacional, Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Banco Mundial y Tesoro Americano; Que, en tal sentido es necesario autorizar el viaje en mision oficial, cuyos gastos por concepto de pasajes, viaticos y tarifa CORPAC, seran con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 Administracion General del Pliego Ministerio de Economia y Finanzas; Que, asimismo es necesario encargar la Cartera de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27619 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje en mision oficial del senor Ministro de Economia y Finanzas, doctor MORDAZA MORDAZA RUETE, a la MORDAZA de MORDAZA, D.C., Estados Unidos de MORDAZA, del 19 al 22 de MORDAZA de 2003, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo al presupuesto

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.