Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2003 (18/07/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 18 de MORDAZA de 2003

del MORDAZA es de hasta S/. 451,185.50 (Cuatrocientos Cincuenta y Un Mil Ciento Ochenta y Cinco con 50/100 Nuevos Soles), para la adquisicion de material agregado en la ejecucion de obras que corresponde al siguiente detalle: MORDAZA Fina 2,396 m3, MORDAZA Gruesa 4,433 m3, Hormigon 5,184 m3; Que la Municipalidad Distrital de Coya ha cumplido con presentar la Declaracion Jurada de no tener impedimentos para contratar con el Estado de acuerdo a los Decretos Supremos Nºs. 012 y 013-2001-PCM; y de conformidad al Articulo 115º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, los acuerdos que aprueben las exoneraciones de Procesos de Seleccion conforme al Articulo 19º de la ley, deben ser publicados en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 10 dias habiles de su emision; Estando a lo dispuesto por el Inc. a) del Art. 19º y 20º del D.S. Nº 012, los Articulos 106º, 113º, 114º, 115º y 116º del D.S. Nº 013-2001-PCM, y las facultades conferidas por los Articulos 20º Inc. 3) y 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; por Unanimidad; ACUERDA: Primero.- EXONERAR del MORDAZA de Licitacion Publica por ser un contrato entre entidades del Estado, la provision de materiales agregados por parte de la Municipalidad Distrital de Coya, en los precios y condiciones MORDAZA tados hasta por un monto de S/. 451,185.50 (Cuatrocientos Cincuenta y Un Mil Ciento Ochenta y Cinco con 50/100 Nuevos Soles), en el Ejercicio 2003. Segundo.- RECOMENDAR a la Gerencia Municipal el cumplimiento de los procedimientos y obligaciones por las normas invocadas. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 13498

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PAITA
Declaran nulidad de licitacion publica referida a la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 364-2003-MPP/A Paita, 10 de MORDAZA del 2003 VISTO: El Oficio Nº A-1498-2003(GTN/MON) del 4 de MORDAZA del 2003 e Informe Nº 001-2003-CEPVL-MPP del 9 de MORDAZA del 2003; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 292-2003MPP-A de fecha 13 de junio del 2003, se aprobo las bases de la Licitacion Publica Nacional Nº 001-2003MPP para la "Adquisicion de Insumos para el Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Paita, correspondiente a los meses de MORDAZA a diciembre del ano 2003"; Que, la Licitacion Publica Nacional Nº 001-2003MPP, ha sido convocada por el Comite Especial de la Municipalidad Provincial de Paita; procediendose a realizar las gestiones y los pagos correspondientes ante el Diario Oficial El Peruano y ante el diario La

Republica encargado de publicar los avisos judiciales de la Region Grau, para de esta manera cumplir con lo establecido en el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM - "Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado" y articulo 76º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM "Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado"; Que, mediante Informe Nº 001-2003-CEPVL-MPP del 9 de MORDAZA del 2003 el Presidente del Comite Especial del Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Paita, se dirige al titular de la Entidad MORDAZA solicitando se declare de oficio la nulidad de la Licitacion Publica Nacional Nº 001-2003-MPP, por cuanto el Consejo Super ior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE con Oficio Nº A-1498-2003(GTN/MON), pone en conocimiento del citado Comite Especial que al parecer no se ha efectuado la publicacion de la convocatoria en el Diario Oficial El Peruano; efectuada la verificacion correspondiente se ha determinado que en efecto el Diario Oficial El Peruano no ha cumplido con realizar la publicacion de la Convocatoria de la Licitacion Publica Nacional Nº 001-2003-MPP, pese a que la Municipalidad Provincial de Paita cumplio en su debida oportunidad con realizar las gestiones para publicacion y efectuar el pago por dicho concepto, segun consta en los documentos que obran en el expediente; que asi mismo manifiesta que se debe dejar sin efecto la resolucion de aprobacion de las bases de la Licitacion Publica MORDAZA referida, a fin de adecuarlas a la norm a t i va e s t a bl e c i d a e n e l C o m u n i c a d o N º 0 0 5 2003(PRE), emitido por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y publicado en el Diario Oficial El Peruano el 28 de MORDAZA del presente ano; Que, la publicacion de la convocatoria del MORDAZA de Seleccion es condicion necesaria para la validez del MORDAZA de Seleccion - Licitacion Publica Nacional Nº 0012003-MPP, en consecuencia, la falta de publicacion contraviene lo establecido en el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y articulo 76º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, conforme lo establece el articulo 26º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad, segun corresponda, podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por alguna de las causales establecidas en el articulo 57º de la Ley, en el caso concreto, por cuanto los actos administrativos han transgredido las normas legales MORDAZA citadas y por haberse prescindido de la forma prescrita por la normativa aplicable; Por las consideraciones expuestas y con las facultades que confieren la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y el Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar de oficio la nulidad de la Licitacion Publica Nacional Nº 001-2003-MPP, debiendose retrotraer el MORDAZA a la etapa de elaboracion de las bases; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que la Direccion de Administracion publique la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA D. WONG AYON MORDAZA 13482

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