Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2003 (11/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 11 de marzo de 2003

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial a empresa para recuperar saldo deudor a favor de PROVIAS NACIONAL
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 167-2003-MTC/02
MORDAZA, 6 de marzo de 2003 VISTOS: La Nota de Elevacion Nº 088-2003-MTC/20, Informe Nº 023-2003-MTC/20-GAL/MAOP y sus antecedentes, mediante los cuales se solicita que se autorice al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para que en representacion del Estado, proceda a la interposicion de las acciones legales que correspondan para obtener el pago del remanente insoluto del saldo a favor del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional -PROVIAS NACIONAL-, derivado de la Liquidacion Final del Contrato de Obra Nº 003-97-MTC/15.14, aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 366-2000-MTC/ 15.02-PRT-PERT; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Informe Nº 023-2003-MTC/20GAL/MAOP, con fecha 9 de enero de 1997 se suscribio el Contrato de Obra Nº 003-97-MTC/15.14 con la empresa Construcciones Villasol S.A., Contratistas Generales para la Rehabilitacion y Mejoramiento a nivel de asfaltado con carpeta asfaltica en caliente de la Carretera Ilo-Desaguadero, Tramo II, por S/. 43 285 244.72 (cuarentitres millones doscientos ochenticinco mil doscientos cuarenticuatro y 72/100 nuevos soles) incluido el I.G.V. y con un plazo de ejecucion de 450 dias calendario; Que, segun senala el referido Informe, mediante Resolucion Directoral Nº 040-2000-MTC/15.02-PRT-PERT, de fecha 10 de febrero de 2000, la Entidad aprobo la ampliacion de plazo Nº 06, por sesentiun (61) dias, derivada de la ejecucion del Presupuesto Adicional Nº 07 del Contrato de Obra Nº 003-97-MTC/15.14; Que, la empresa contratista interpuso recurso de apelacion contra la Resolucion Directoral Nº 040-2000-MTC/ 15.02-PRT-PERT, el mismo que mediante Resolucion Viceministerial Nº 052-2000-MTC/15.02-PRT-PERT, fue declarado infundado; Que, la empresa contratista interpuso recurso de revision contra la Resolucion Viceministerial Nº 052-2000MTC/15.02-PRT-PERT ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el mismo que mediante Resolucion Nº 236/2000.TC-S2 fue declarado infundado; Que, la empresa contratista interpuso demanda contencioso administrativa contra lo resuelto por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, pretendiendo que se declare la invalidez de la Resolucion Nº 236/2000.TC-S2; Que, mediante Resolucion Nº 10, de fecha 23 de MORDAZA de 2001, la Sala Corporativa Transitoria Especializada en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de MORDAZA, expidio sentencia declarando infundada la demanda contencioso administrativa interpuesta por la empresa contratista contra lo resuelto por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, con costas y costos; Que, la empresa contratista interpuso recurso de apelacion contra lo resuelto por la Corte Superior de MORDAZA, remitiendose la causa a la Sala de Derecho Constitucional y Legal de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, la cual en MORDAZA y definitiva instancia judicial mediante Resolucion de fecha 29 de agosto de 2002 confirmo la sentencia de vista que declaro infundada la demanda de la empresa contratista; Que, la Liquidacion Final del Contrato de Obra Nº 003-97-MTC/15.14 fue aprobada mediante Resolucion

Directoral Nº 366-2000-MTC/15.02-PRT-PERT, de fecha 27 de octubre de 2000, conforme a la cual existe un saldo deudor a favor del ex Programa Rehabilitacion de Transportes, actualmente Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional -PROVIAS NACIONAL-, por S/. 4 315 976.10 (cuatro millones trescientos quince mil novecientos setentiseis y 10/100 nuevos soles); Que, mediante Memorandum Nº 209-2003-MTC/ 20-GAD, la Gerencia de Administracion requiere a la Gerencia de Asuntos Legales de PROVIAS NACIONAL que se inicien las acciones legales correspondientes para cobrar el saldo a favor del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL-, derivado de la Liquidacion Final del Contrato de Obra, considerando que, mediante la ejecucion de dos cartas fianza y del fondo de garantia se ha recuperado un total de S/. 820 539.73 (ochocientos veinte mil quinientos treintinueve y 73/100 nuevos soles), de manera que ha quedado pendiente la suma de S/. 3 495 436.37 (tres millones cuatrocientos noventicinco mil cuatrocientos treintiseis y 37/100 nuevos soles); Que, en consecuencia, en salvaguarda de los intereses del Estado, resulta necesario autorizar al Procurador Publico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para que inicie las acciones legales que correspondan contra la empresa Construcciones Villasol S.A., Contratistas Generales; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667 y la Ley Nº 27791; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Tr a n s p o r t e s y C o mu n i c a c i o n e s p a ra q u e e n representacion y defensa de los intereses del Estado inicie las acciones legales que correspondan contra la empresa Construcciones Villasol S.A., Contratistas Generales, a fin de recuperar el saldo deudor a favor del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional -PROVIAS NACIONAL-, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial, asi como los antecedentes del caso mencionado, al Procurador Publico, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 04722

Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del ministerio a Bolivia para realizar inspeccion tecnica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 170-2003-MTC/02
MORDAZA, 7 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, debiendo publicarse dichas resoluciones en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viaje que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil

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