Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2003 (11/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, martes 11 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES

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20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y en los articulos 105º, el numeral 2 de los articulos 108º, 113º, 114º, 115º y 116º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y en uso de las facultades contenidas en el inciso f) del articulo 20º del Decreto Supremo Nº 040-96-PCM, que aprobara el Estatuto de la Comision para la Promocion de Exportaciones PROMPEX; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en situacion de urgencia por un plazo no mayor de 90 dias calendario la adquisicion del servicio de Acceso a Internet de 512 Kbps y Acceso dedicado punto a punto con ADUANAS de 64 Kbps, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente para la contratacion del servicio de Acceso a Internet de 512 Kbps y Aceso dedicado punto a punto con ADUANAS de 64 Kbps y autorizar a la Jefatura de la Oficina de Administracion y Finanzas a efectuar la adquisicion mediante procesos de menor cuantia, hasta por el monto total de S/. 31,500.00 (Treinta y un mil quinientos y 00/100 Nuevos Soles) incluido impuestos, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, Programa 040 Comercio, Subprograma 0110 promocion externa del comercio. Articulo 3º.- Dentro del plazo establecido en el articulo 1º de la presente resolucion, la Oficina de Administracion y Finanzas debera llevar a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente para atender el servicio de Acceso a Internet de 512 Kbps y Acceso dedicado punto a punto con ADUANAS de 64 Kbps para el periodo 2003. Articulo 4º.- Disponer que la Oficina de Administracion y Finanzas remita copias de la presente Resolucion y de los informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes y disponga la publicacion de la presente dentro de los diez (10) dias habiles a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General 04714

MORDAZA establece que las municipalidades pueden suprimir tasas y contribuciones municipales sin limites legales; Que la MORDAZA parte del articulo 41º del Texto Ordenado del Codigo Tributario, establece excepcionalmente, que los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administren; Que mediante Ordenanza Nº 001-2003-A/MDC de fecha 15 de enero del 2003, se otorgo en la jurisdiccion del distrito de Carabayllo hasta el 31 de enero del 2003 el "BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA" de las Obligaciones Tributarias vencidas al 31 de diciembre del ano 2002 a los contribuyentes o responsables tributarios, por los conceptos senalados en los puntos 01, 02 y 03 del Articulo Primero de la Ordenanza que se indica en el presente parrafo; el mismo que fue MORDAZA hasta el 15 de febrero del 2003 inclusive, mediante Decreto de Alcaldia Nº 002-2003-A/MDC de fecha 31 de enero del 2003; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 002-2003-A/ MDC de fecha 22 de febrero del 2003, el Concejo de la Municipalidad Distrital de Carabayllo prorrogo la Ordenanza Nº 001-2003-A/MDC de fecha 15 de enero del presente ano, ampliada mediante Decreto de Alcaldia Nº 002-2003-A/MDC MORDAZA citado; Que, de acuerdo al informe de visto, es necesario dar mayores facilidades a los contribuyentes del distrito, dada la dificil situacion economica actual, con el fin de permitir el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; Que, el Articulo Primero de la Ordenanza Nº 0022003-A/MDC faculta al MORDAZA para que por Decreto de Alcaldia amplie el plazo de este beneficio, con cargo a dar cuenta al Concejo; Que, estando a lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades y a lo dispuesto en el Articulo Primero de la Ordenanza Nº 002-2003-A/MDC de fecha 22 de febrero del presente ano; DECRETA: Articulo Primero.- AMPLIAR el plazo del "BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA" de las Obligaciones Tributarias vencidas al 31 de diciembre del ano 2002, prorrogado mediante la Ordenanza Nº 002-2003-A/MDC de fecha 22 de febrero del 2003, hasta el dia 15 de marzo del 2003 inclusive. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Direccion de Administracion Tributaria el cumplimiento del presente Decreto y a la Unidad de Imagen Institucional su difusion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 04655

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Amplian plazo de beneficio de regularizacion tributaria y administrativa de obligaciones tributarias vencidas al 31 de diciembre de 2002
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2003-A/MDC
Carabayllo, 28 de febrero de 2003 VISTO: El Informe Nº 054-2003-MDC/DAT; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que las Municipalidades distritales son organos de Gobierno Local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo establecido por el articulo 10º inciso 3) de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades, establece que las Municipalidades son competentes para administrar sus bienes y rentas; Que en el MORDAZA del articulo 60º inciso b) del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributacion Municipal, dicha

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Autorizan contratacion de servicios personalisimos de asesoria legal externa para la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-2003-MDCH
Chorrillos, 1 de marzo del 2003 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS Visto, en Sesion Ordinaria a la fecha el Informe Nº 006-2003-OA-MDCH, emitido por la Direccion de Administracion, mediante el cual sustenta y solicita se proceda a la contratacion de la Asesoria Legal Externa mediante Servicios Personalisimos;

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