Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2003 (05/09/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 5 de setiembre de 2003

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Inician MORDAZA administrativo disciplinario a ex funcionarios de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 000792 San MORDAZA de Miraflores, 25 de agosto de 2003 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES Visto el Informe Nº 006-2002-MDSJM/OAI correspondiente a "Examen Especial a la Informacion Presupuestaria 2001", emitido por el Organo de Auditoria Interna, el Memorando Nº 894-2002-MDSJM-A del Despacho de Alcaldia, el Oficio Nº 0222-UP-03/ MDSJM del 12-8-03 emitido por la Unidad de Personal, el Informe Nº 11-2003-CEPAD/ MDSJM de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios el 12-8-03. CONSIDERANDO: Que en el referido Informe de Auditoria Interna se desprenden diez (10) Observaciones correspondientes al Examen Especial a la Informacion Presupuestaria 2001 y que en concordancia con el Informe Nº 11-2003-CEPAD/MDSJM de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios se ha determinado las siguientes conclusiones: Que de la Observacion Nº 1 referente a que "Los Importes de las Partidas de la Ejecucion Presupuestal de Ingresos no Concilia con los Importes de los Registros Contables de las Cuentas por Cobrar al 3112-01", se desprende que hay una diferencia de S/. 720.00 Nuevos Soles, de la comparacion efectuada entre los Importes que sustentan las Partidas de la Ejecucion Presupuestal de Ingresos por Impuestos, Tasas y Contribuciones del ano 2001 emitida por la Oficina de Planificacion, Racionalizacion y Presupuesto OPRP y los Importes que sustentan las Cuentas Contables efectuadas por la Unidad de Contabilidad al 31-12-01; que los ex jefes de la OPRP y los ex jefes de la Unidad de Contabilidad no habrian actuado diligentemente con respecto a sus funciones y responsabilidades, observandose falta de conciliacion mensual de las respectivas Unidades Organicas respectivas; Que de la Observacion Nº 2 referente a que "El S a l d o d e B a l a n c e q u e m u e s t ra l a E j e c u c i o n Presupuestal de Ingresos al 31-12-01, se muestra disminuida en S/. 1 146, 606 Nuevos Soles con respecto al Saldo de MORDAZA y Banco de los Estados Financieros, EE.FF. al 31-12-00" se desprende que existe una diferencia de S/. 1 146, 606 Nuevos Soles, entre el Saldo de Balance que muestra la Ejecucion Presupuestal de Ingresos al 31-12-01 correspondiente a S/. 4 712, 876 y el Saldo de MORDAZA y Banco de los EE.FF. al 31-12-00 correspondiente a S/. 5 859, 482 Nuevos Soles emitido por la Unidad de Contabilidad; los ex jefes de OPRP y el ex jefe de la Unidad de Contabilidad no habrian actuado diligentemente con respecto a sus funciones y responsabilidades, observandose Negligencia con respecto a las mismas; Que de la Observacion Nº 3 referente a que "Las Diferencias entre el Resultado de la Ejecucion Presupuestaria al 31-12-01 del Estado de MORDAZA y Usos de Fondos, con respecto al Saldo de MORDAZA y Bancos de los EE.FF. de la Unidad de Contabilidad y segun Informacion de Tesoreria" se desprende que del Resultado de la Ejecucion Presupuestaria al 31-12-01 del Estado de MORDAZA y Usos de Fondos que emite la OPRP existen diferencias de S/. 714,466 con respec-

to al monto emitido por Contabilidad y de S/. 371,507.67 con respecto al monto emitido por Tesoreria; que los ex jefes de la OPRP y el jefe de la Unidad de Contabilidad no habrian actuado diligentemente con respecto a sus funciones y responsabilidades, observandose falta de conciliacion de la Unidades Organicas respectivas al no conciliar el RESULTADO de la Ejecucion Presupuestaria al 31-12-01; Que de la Observacion Nº 4 referente a que "La Entidad no ha cumplido con el Logro de los Objetivos Parciales y Especificos trazados en el Plan de Accion para el Ano 2001" se desprende que de la comparacion del Presupuesto Institucional Modificado (PIM) contra la Ejecucion Presupuestal de Ingresos y Egresos correspondiente al Ano Fiscal 2001, se ha determinado que se han incumplido con los Objetivos trazados por el Plan de Accion Institucional, cumpliendose de manera PARCIAL tal como se puede observar en el rubro Impuestos, Tasas, Multas, Sanciones y otros; que los ex jefes de la OPRP y el ex jefe de Rentas no han actuado diligentemente con respecto a sus funciones y responsabilidades, es decir no se actuo con eficacia para cumplir con las metas y los objetivos trazados; Que de la Observacion Nº 5 referente a que "No se evidencia las Resoluciones de Alcaldia que aprueban la MORDAZA y Sexta Modificacion Presupuestal del Ano 2001" se desprende que tanto la MORDAZA y Sexta Modificacion Presupuestaria, no cuentan con las respectivas Resoluciones de Alcaldia que aprueben incorporar en el Presupuesto Municipal de Ingresos y Egresos del Ejercicio 2001, los Creditos Suplementarios por S/. 819,427 Nuevos Soles asi como los Creditos y Anulaciones Presupuestar ias por Transferencias de Recursos; que los ex jefes de la OPRP no actuaron diligentemente con respecto a sus funciones y responsabilidades; Que de la Observacion Nº 6 referente a que "La Entidad no elaboro ni presento la Conciliacion del MORDAZA Legal del Presupuesto a la Contaduria Publica de la Nacion" se desprende que la Entidad no elaboro ni presento la Conciliacion del MORDAZA Legal a la Contaduria Publica de la Nacion; que los ex jefes de la OPRP no actuaron diligentemente con respecto a sus funciones y responsabilidades y habrian incurrido en Negligencia Funcional; Que de la Observacion Nº 7 referente a que "La Entidad no ha remitido a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA la Evaluacion Presupuestal del II Semestre del Ano 2001" se desprende que nuestra Entidad no ha remitido a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, la Evaluacion Presupuestal de Ingresos y Egresos del II Semestre correspondiente al Ejercicio Economico 2001 el que debio mostrar el Saldo Presupuestal, resultado de restar el PIM aprobado, de la Ejecucion Presupuestal de las diversas MORDAZA de Financiamiento a fin de que esta informacion se consolide oportunamente por la Municipalidad Metropolitana de Lima; que los ex jefes de la OPRP no actuaron diligentemente con respecto a sus funciones y responsabilidades incurriendo en Negligencia funcional; Que de la Observacion Nº 8 referente a que "La Entidad afecta Presupuestariamente a Gastos y cancela Obligaciones de algunos Comprobantes de Pago que estan anulados " se desprende que de la Revision a los Comprobantes de Pago que sustentan la Ejecucion Presupuestal de Gastos y a los EE.FF. al 31-12-01, se ha determinado que en ciertos casos se han afectado indebidamente a Gastos y se han Cancelado contablemente obligaciones por pagar a pesar que los cheques que sustentan los comprobantes de Pago han sido anulados; que los ex jefes de la OPRP, Contabilidad y Tesoreria no han actuado diligentemente con respecto a sus funciones y responsabilidades puesto que no coordinaron entre si a fin de evitar y/o prever que existan errores y distorsiones de la informacion de cada area; Que de la Observacion Nº 9 referente a "El Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad no esta actualizado con respecto a la Direc-

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