Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2003 (05/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, viernes 5 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES
VISTO:

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY
Declaran en emergencia administrativa a la municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 019-2003-MDCH Chancay, 29 de agosto del 2003 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY VISTO; en sesion de Concejo Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 027-2003-MDCH/UAG, de fecha 26 de agosto del 2003, presentado por la Unidad de Administracion General, mediante el cual solicita se declare en Emergencia Administrativa la Municipalidad Distrital de Chancay; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. 191º de la Constitucion Politica del Estado, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales y las delegadas conforme a Ley son los Organos de Gobierno Local, tienen autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la nueva Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en su Vigesima Disposicion Complementaria, senala que las municipalidades provinciales o distritales, por unica vez con acuerdo adoptado por dos tercios de los miembros del concejo municipal, podran declararse en emergencia administrativa o financiera por un plazo MORDAZA de 90 dias, con el objeto de hacer las reformas, cambios, reorganizaciones que fueran necesarias para optimizar los recursos y funciones, respetando los derechos laborales adquiridos legalmente; En uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con la dispensa de tramite de aprobacion del acta y con el MORDAZA de la mayoria de miembros del Concejo Municipal; ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR EN EMERGENCIA ADMINISTRATIVA a la Municipalidad Distrital de Chancay, por un lapso de 90 dias, con el objeto de hacer las reformas, cambios o reorganizaciones que fueran necesarias, para optimizar sus recursos y funciones, conforme a lo establecido en la Vigesima Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- Encargar a Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo de Concejo, en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Distrital 16372

El Informe Nº 06/CPBS/03/MDP, de fecha 18 de agosto de 2003, Informe Nº 017-03-OAL/MDP, de fecha 21 de agosto de 2003, de la Oficina de Asesoria Legal de la Municipalidad Distrital de Pangoa, en relacion al MORDAZA de la Primera Convocatoria de Adjudicacion Directa Publica Nº 001-MDP-2003; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 031-2003MDP, de fecha 14 de MORDAZA de 2003, designan a los miembros titulares y suplentes del Comite Especial, con el objeto de adquirir los insumos necesarios para el Programa del Vaso de Leche; Que, el numeral 4.1 del articulo 4º de la Ley Nº 27470 modificado por Ley Nº 27712, establece la designacion de la representante elegida por el Comite Distrital del Programa de Vaso de Leche, la misma que participara en el Comite Especial como la veedora ad honorem; Que, conforme se desprende del acto de instalacion de la apertura de sobres de fecha 5 de agosto de 2003, a horas 2.30 p.m. no estuvieron presentes los representantes del Ministerio de Salud y del Comite Central de las Beneficiarias del Programa del Vaso de Leche, creandose un vicio en el MORDAZA, lo que contraviene lo dispuesto por el articulo 25º del D.S. Nº 041-2002-PCM; Que, segun lo dispone el inciso 2) del articulo 7º del Reglamento de la Ley Nº 26850, de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 0132001-PCM, que la Resolucion que apruebe el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de su expedicion, el cual no se ha cumplido en publicar para el ejercicio fiscal 2003; Que, la Municipalidad tiene como uno de sus objetivos primordiales la de velar por la alimentacion, salud, educacion, especificamente en el Programa del Vaso de Leche es de llegar a la mayor cantidad de beneficiarios en su jurisdiccion; Que, el distrito de San MORDAZA de Pangoa esta ubicado a 452 Km. de distancia de la capital, y que el distrito de San MORDAZA de Pangoa esta considerado un distrito de la extrema pobreza, con una esfera de alto indice de desnutricion y de enfermos de TBC, con un porcentaje mayor en la comunidades nativas conformantes de Ashaninkas y Nomatsiguengas, existiendo anexos de dificil acceso; Que, el Estado facilita y vigila la libre competencia, bajo los principios de moralidad, imparcialidad, eficiencia, transparencia, vigencia tecnologica y trato MORDAZA e igualitario, teniendo como finalidad de garantizar que las entidades obtengan bienes de calidad requerida, en forma oportuna y a precio o costo adecuado; Que, el articulo 26º del D.S. Nº 013-2001-PCM, senala que el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad, segun corresponda, podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por alguna de las causales establecidas en el articulo 57º del D.S. Nº 012-2001-PCM, esto es por haberse prescindido de la forma prescrita por las Normas Legales MORDAZA acotadas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la nulidad de Oficio de la Primera Convocatoria de Adjudicacion Directa Publica Nº 001-MDP2003, para la adquisicion de la leche entera evaporada en tarro de 410 grs. del Programa de Vaso de Leche, por los fundamentos MORDAZA expuestos, debiendose retrotraerse hasta el momento de elaboracion y aprobacion de las bases en cumplimiento de las normas legales. Articulo 2º.- Comunicar la presente resolucion de Alcaldia a los interesados y asi mismo publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias siguientes contados desde la fecha de su expedicion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 16451

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PANGOA
Declaran nulidad de convocatoria de adjudicacion directa publica para adquisicion de leche entera evaporada del Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 146-2003/A/MDP San MORDAZA de Pangoa, 28 de agosto de 2003

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