Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 2005 (26/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, lunes 26 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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indicios razonables de la comision del delito de Malversacion de Fondos, previsto y penado en el articulo 389º del Codigo Penal; Que, la Comision Auditora ha evidenciado que en el mes de MORDAZA del 2003, se adjudico la buena pro para la ejecucion de la obra "Rehabilitacion de la superficie de rodadura con colocacion de carpeta asfaltica E=1 y sello asfaltico en carretera, tramo: MORDAZA ­ Roma", sin haber cumplido con los procedimientos establecidos por la normativa; asimismo, se han efectuado pagos por los conceptos de Adelanto Directo, Adelanto de Materiales y Valorizacion Nº 1, sin tener en cuenta la normativa vigente ni los avances de obra previstos en el Calendario de Adquisicion de Materiales e Insumos y Cronograma Valorizado de Avance de Obra, entre otros; por otro lado, se adquirieron 580 galones de petroleo, sin haberse acreditado su destino; ocasionando un perjuicio economico ascendente a S/. 12 601,00; hechos que evidencian indicios razonables de la comision del delito de Peculado, previsto y penado por el articulo 387º del Codigo Penal; Que, asimismo la Comision Auditora ha determinado que, durante el periodo MAR - JUL.2003, la administracion municipal realizo adquisiciones de materiales de construccion tales como cemento, ladrillo, yeso, alambre, alambron, clavos, petroleo y gasolina, para ser destinados a la construccion de obras publicas que no se ejecutaron, bienes que no se encuentran en el almacen de la municipalidad; asi como, se pago por concepto de mano de obra en obras que no fueron ejecutadas; hechos que evidencian indicios razonables de la comision del delito de Peculado, previsto y penado por el articulo 387º del Codigo Penal; Que, la Comision Auditora ha evidenciado el incremento a la remuneracion del MORDAZA de S/. 1 200,00 a S/. 3 500,00; y a las dietas de los Regidores, de S/. 475,00 a S/. 600,00, incrementos que no contaron con el sustento tecnico financiero, ni con la disponibilidad presupuestal requerida por la normativa en estos casos, perjudicando a la entidad al reducir su capacidad financiera para cubrir gastos prioritarios y deudas, tales como pagos de la planilla de sueldos y salarios, entre otros; hechos que evidencian indicios razonables de la comision del delito de Abuso de autoridad, previsto y penado por el articulo 376º del Codigo Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 21724

Autorizan al Proyecto de Manejo de Recursos Naturales en la MORDAZA Sur MARENASS la ampliacion de alcance de servicios de auditoria externa
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 544-2005-CG MORDAZA, 22 de diciembre de 2005 Visto; la Hoja de Recomendacion Nº 064-2005-CG/ SOA de la Gerencia de Sociedades de Auditoria, sobre la ampliacion del alcance de los servicios de auditoria externa de la sociedad de auditoria MORDAZA MORDAZA Contadores Publicos - Auditores Sociedad Civil, solicitada por el Proyecto de Manejo de Recursos Naturales en la MORDAZA Sur - MARENASS, financiado por el Contrato de Prestamo Nº 386-PE suscrito con el Fondo Internacional de Desarrollo MORDAZA (FIDA), por el periodo del 1.Abr.2005 al 30.Jun.2005; CONSIDERANDO: Que, con las Resoluciones de Contraloria Nºs. 1782005-CG de 18.Abr.2005 y 279-2005-CG del 3.Jun.2005, correspondientes a los Concursos Publicos de Meritos Nºs. 01 y 02-2005-CG respectivamente, se declaro desierto el Concurso Publico de Meritos por dos (2) veces consecutivas para el Proyecto de Manejo de Recursos Naturales en la MORDAZA Sur - MARENASS, financiado por el Contrato de Prestamo Nº 386-PE suscrito con el Fondo Internacional de Desarrollo MORDAZA (FIDA), por lo que se autorizo al Proyecto, la conduccion del MORDAZA de seleccion para designar una sociedad de auditoria; designandose a la sociedad de auditoria MORDAZA MORDAZA Contadores Publicos - Auditores Sociedad Civil, para realizar el examen de los estados financieros del ejercicio 2004 y enero a marzo 2005; Que, el Proyecto de Manejo de Recursos Naturales en la MORDAZA Sur - MARENASS solicito la ampliacion de alcance de los servicios de la sociedad de auditoria MORDAZA MORDAZA Contadores Publicos - Auditores Sociedad Civil para realizar el examen a los estados financieros del Proyecto de Manejo de Recursos Naturales en la MORDAZA Sur - MARENASS, financiado por el Contrato de Prestamo Nº 386-PE, por el periodo comprendido entre el 1 de MORDAZA al 30 de junio de 2005; Que, el Convenio de Prestamo Nº 386-PE entre el Fondo Internacional de Desarrollo MORDAZA (FIDA) y la Republica del Peru establece en el articulo IV seccion 4.05, literal c) inciso ii), que el Proyecto contratara o MORDAZA que se contraten auditores independientes, aceptables para el Fondo, para la finalizacion de la auditoria requerida la cual debera ser presentada al Fondo y a la Institucion Cooperante; Que, el literal c) del articulo 6º del Reglamento para la Designacion de Sociedades de Auditoria, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 140-2003-CG senala que tratandose de prestamos y/o donaciones efectuados por organismos internacionales, la solicitud de designacion puede extenderse hasta todo el periodo del financiamiento, siempre que ello sea exigible por el convenio internacional respectivo y/o en las normas del organismo internacional que corresponda; adicionalmente, el articulo 59º del citado Reglamento indica que la Contraloria General de la Republica puede autorizar la ampliacion del alcance de la auditoria, para cuyo efecto emite la Resolucion correspondiente, estableciendo los terminos y condiciones de dicha autorizacion; Que, el Fondo Internacional de Desarrollo MORDAZA (FIDA), con la Hoja de Transmision de Fax Nº (083) 323 613 del 27.Set.2005, otorga su no objecion para la continuidad de los servicios de la sociedad de auditoria MORDAZA MORDAZA Contadores Publicos - Auditores Sociedad Civil, para el examen de los estados financieros del Proyecto de Manejo de Recursos Naturales en la MORDAZA Sur - MARENASS, financiado por el Contrato de Prestamo Nº 386-PE, por el periodo comprendido entre el 1 de MORDAZA al 30 de junio de 2005, verificandose conforme al documento del Visto, la existencia del compromiso

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