Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 2005 (26/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, lunes 26 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES
- Pago al contado - Pago fraccionado Primera Cuota MORDAZA Cuota Tercera Cuota Cuarta Cuota : : : : : :

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28 de febrero 28 de febrero 31 de MORDAZA 31 de agosto 30 de noviembre

Articulo Segundo.- Fijese en S/. 5.00 (CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del impuesto, incluyendo la distribucion de la declaracion jurada y determinacion del Impuesto al Patrimonio Vehicular del ejercicio 2006, por cada vehiculo de su propiedad afecto. El monto del derecho se cancelara conjuntamente con la primera cuota del Impuesto al Patrimonio Vehicular del ejercicio 2006. Articulo Tercero.- Fijese en S/. 4.00 (CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del tributo, incluyendo la distribucion de la determinacion de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo correspondientes al ejercicio 2006, por cada predio. El monto del derecho se cancelara conjuntamente con la primera cuota de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2006. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA a los veinte dias del mes de diciembre del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 21698

Articulo Tercero.- Vencimiento para el pago del Impuesto al Patrimonio Vehicular De conformidad con el articulo 35º del Texto Unico de la Ley de Tributacion Municipal, la obligacion de pago del Impuesto al Patrimonio Vehicular para el ejercicio 2006 vence: - Pago al contado - Pago fraccionado Primera Cuota MORDAZA Cuota Tercera Cuota Cuarta Cuota POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA a los veinte dias del mes de diciembre del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 21699 : : : : : : 28 de febrero 28 de febrero 31 de MORDAZA 31 de agosto 30 de noviembre

Establecen fechas de vencimiento para el pago de Tributos Municipales correspondientes al ejercicio 2006
ORDENANZA Nº 889 EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA ENCARGADO DE LA ALCALDIA; POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; De conformidad con lo opinado por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion, en su Dictamen Nº 253-2005-MML/CMAEDO. Aprobo la siguiente: ORDENANZA ESTABLECEN FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE TRIBUTOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2006 Articulo Primero.- Vencimiento para el pago del Impuesto Predial De conformidad con el articulo 15º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, la obligacion de pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2006 vence: - Pago al contado - Pago fraccionado Primera Cuota MORDAZA Cuota Tercera Cuota Cuarta Cuota : : : : : : 28 de febrero 28 de febrero 31 de MORDAZA 31 de agosto 30 de noviembre

Ratifican Ordenanza Nº 357-MSB sobre la modificacion de determinacion de tasas por arbitrios en el distrito de San MORDAZA, correspondiente a los ejercicios 2004 y 2005
ACUERDO DE CONCEJO Nº 395 MORDAZA, 13 de diciembre del 2005 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 13 de diciembre del ano en curso el Oficio Nº 001-09000002943 del Servicio de Administracion Tributaria SAT, adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº 357-MSB, que establece el "Regimen tributario de los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo en el distrito de San MORDAZA correspondiente a los ejercicios 2004 y 2005", posteriormente precisada mediante Decreto de Alcaldia Nº 014-2005-MSB-A, aprobada por la Municipalidad Distrital de San Borja. CONSIDERANDO: Que, los articulos Nºs. 74º y 195º de la Constitucion Politica del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos; y en el mismo sentido MORDAZA el articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004EF. Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27927, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, MORDAZA el procedimiento para la ratificacion de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima. Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicacion

Articulo Segundo.- Vencimiento para el pago de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo. La obligacion de pago de las cuotas trimestrales de los arbitrios correspondientes al ejercicio 2006 vence:

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