Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 2005 (26/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, lunes 26 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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fortuito o fuerza mayor; transcurrido dicho plazo se produce la resolucion de pleno derecho del contrato en mencion. Asimismo el articulo 135º, hoy numeral 1) del articulo 144º del mismo Texto Unico Ordenado del Reglamento General, disponia entre sus causales de resolucion del contrato de concesion el incumplimiento del plazo para iniciar la prestacion del servicio; Que, si bien no se formalizo la resolucion del contrato de concesion al momento de producirse la causal, esta se configuro en el MORDAZA del citado Reglamento General; Que, mediante Informe Nº 1707 -2003-MTC/18.01.2, de la Direccion de Monitoreo e Inspeccion de Telecomunicaciones, se senala que la empresa concesionaria no ha iniciado la prestacion del servicio otorgado en concesion dentro del plazo de doce (12) meses computados desde la fecha efectiva, debido a que no cuenta con la infraestructura y el equipamiento necesario para operar el citado servicio; Que, mediante Informe Nº 391-2005-MTC/17.01.ssp, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, de la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones, senala que la empresa T.V. CABLE MORDAZA E.I.R.L., no ha iniciado la prestacion del servicio en el plazo de doce (12) meses de suscrito el contrato de concesion aprobado con Resolucion Ministerial Nº 233-2001-MTC/15.03, declarandose en abandono el procedimiento de prorroga de inicio de operaciones, mediante Resolucion Directoral Nº 6952004-MTC/17; por tanto, el contrato de concesion ha quedado resuelto de pleno derecho con fecha 28 de MORDAZA de 2002, siendo de aplicacion los articulos 132º, 133º y el numeral 1 del articulo 135º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94- TCC, vigente en esa fecha; Que, en consecuencia debe dictarse el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el entonces Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, con su modificatoria el Decreto Supremo Nº 040-2004-MTC, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar que ha quedado resuelto de pleno derecho con fecha 28 de MORDAZA de 2002, el contrato de concesion suscrito por la empresa T.V. CABLE MORDAZA E.I.R.L, para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, en el distrito de Moyobamba, de la provincia de Moyobamba del departamento de San Martin; en consecuencia, se deja sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 233-2001-MTC/ 15.03, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 21846

VISTA, la solicitud formulada con Expediente Nº 2005008888 por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que se le otorgue concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, en la modalidad de cable alambrico u optico, en el distrito de MORDAZA, de la provincia de MORDAZA, del departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del articulo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Minister io de Transpor tes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 126º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, establece que los servicios publicos de difusion se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripcion de un contrato de concesion aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el articulo 93º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios publicos de difusion se encuentra el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable; Que, mediante Informe Nº 404-2005-MTC/17.01.ssp. la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, de la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones, senala que, habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion solicitada para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, es procedente la solicitud formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUIZ; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Minister io de Transpor tes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0412002-MTC y el MORDAZA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, en la modalidad de cable alambrico u optico, por el plazo de veinte (20) anos en el area que comprende el distrito de MORDAZA, de la provincia de MORDAZA, del departamento de Lima. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para la prestacion del servicio publico a que se refiere el articulo precedente, el que consta de veinticinco (25) clausulas y tres (03) anexos y forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Gestion de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo anterior, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir

Otorgan concesion a persona natural para la prestacion de servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 968-2005-MTC/03 MORDAZA, 22 de diciembre de 2005

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