Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2005 (11/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, sabado 11 de junio de 2005

NORMAS LEGALES

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F5: Capacidad para afrontar los gastos evitados, se le asigna un valor de 10, por cuanto ingresos por volumenes de ventas en el Lote 1 AB superan los 150 MM$US al ano. F6: Afectacion a comunidades indigenas, se le asigna un valor de 5, toda vez que los vertimientos de las aguas de produccion han contaminado aproximadamente 188 hectareas de bosques humedales y las altas concentraciones de contaminantes de estas aguas han causado danos a la MORDAZA y fauna del lugar, afectando a comunidades nativas como Nueva Jerusalem, Titiyacu, 12 de Octubre y Nueva Alianza Capahuari. F7: Implementacion de Sistema de Gestion Ambiental, se le asigna un valor de 0 por cuanto la empresa fiscalizada en el Lote 1 AB no cuenta con Sistema de Gestion Ambiental. F8: Afectacion a Reservas Naturales, se le asigna un valor de 0 toda vez que el vertimiento no afecta a ninguna Reserva Natural. En tal sentido, teniendo en consideracion lo MORDAZA expuesto y aplicando la parte de la formula del calculo de la multa correspondiente a los atenuantes y agravantes, estos ascienden a 1.18. 3.12. Que, por las consideraciones MORDAZA expuestas en el citado Informe se concluye que la multa que corresponde imponer a la empresa PLUSPETROL NORTE S.A. en el presente caso debe ascender a 2000 UIT; De conformidad con lo establecido en el articulo 13º literal c) de la Ley de Creacion de OSINERG, Ley Nº 26734, en la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, Ley Nº 27332 y modificatorias, en la Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERG, Ley Nº 27699, en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 y en el inciso m) del primer parrafo del articulo 65º del Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM y modificado por Decreto Supremo Nº 055-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar a la empresa PLUSPETROL NORTE S.A. con una multa de dos mil (2000) UIT, vigente a la fecha de pago, por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer que el importe de la multa sea depositado en la cuenta corriente Nº 071-3967417 del Banco Wiese Sudameris o Nº 193-1071665-0-97 del Banco de Credito del Peru, dentro de un plazo MORDAZA de quince (15) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de notificada la presente Resolucion y que en el mismo plazo se haga llegar a OSINERG el original de la boleta de pago de la multa correspondiente, haciendose pasible a las acciones legales pertinentes en caso de incumplimiento. Articulo 3º.- De conformidad al articulo 41º, MORDAZA parrafo del Reglamento General de OSINERG aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, la multa se reducira en un 25% si se cancela el monto de la misma dentro del plazo fijado en el articulo anterior de la presente Resolucion y la empresa fiscalizada se desiste del derecho de impugnar administrativa y judicialmente la presente Resolucion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General 10807

Que es necesario designar al funcionario que desempenara el indicado cargo; De conformidad con las Leyes Nºs. 27594 y 26366, y el Estatuto, aprobado por Resolucion Suprema Nº 1352002-JUS; Con cargo de dar cuenta al Directorio; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a partir de la fecha, al senor abogado MORDAZA MENACHO MORDAZA, en el cargo de Asesor del Despacho del Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FREITAS A. Superintendente Nacional de los Registros Publicos 10814

SUNASS
Aprueban formulas tarifarias, estructuras tarifarias y metas de gestion aplicables a empresa adjudicataria de la concesion de servicios de saneamiento en las provincias de Tumbes, Zarumilla y Contralmirante MORDAZA
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 012-2005-SUNASS-CD MORDAZA, 10 de junio de 2005 VISTOS: El Oficio Nº 120/2005/CPI-EMS/PROINVERSION y el Oficio Nº 121/2005/CPI-EMS/PROINVERSION del 06 y del 09 de MORDAZA de 2005 respectivamente, mediante los cuales la Agencia de Promocion de la Inversion Privada, PROINVERSION, presento a la SUNASS el Plan Maestro Optimizado para la aprobacion de la formula tarifaria y estructura tarifaria que sera aplicada por la empresa concesionaria de la infraestructura y de los servicios de saneamiento en la jurisdiccion de los municipios provinciales de Tumbes, Zarumilla y Contralmirante MORDAZA, en el primer quinquenio de la concesion; El Memorandum Nº 047-2005-SUNASS-110, emitido por la Gerencia de Regulacion Tarifaria que presenta el Estudio Tarifario que contiene la propuesta de formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion que seran de aplicacion en el primer quinquenio de la concesion por la empresa concesionaria de la infraestructura y de los servicios de saneamiento en la jurisdiccion de los municipios provinciales de Tumbes, Zarumilla y Contralmirante Villar; El Memorandum Nº 073-2005-SUNASS-110, emitido por la Gerencia de Regulacion Tarifaria que contiene el informe tecnico con su propuesta de formula tarifaria y estructura tarifaria; El Oficio Nº 155/2005/CPI-EMS/PROINVERSION de fecha 9 de junio de 2005, mediante el cual otorga su conformidad a las formulas tarifarias elaboradas por la SUNASS; CONSIDERANDO: Que, por acuerdos del Concejo Provincial de Tumbes Nº 037-2004-MPT-SG de fecha 15 de junio de 2004, de Zarumilla Nº 105-2004-MPZ-SG de fecha 31 de MORDAZA de 2004 y de Contralmirante MORDAZA Nº 020-2004-MPCVZ de fecha 19 de MORDAZA de 2004, las referidas municipalidades provinciales delegaron en PROINVERSION la facultad de conducir la Licitacion Publica Especial para la entrega en concesion de los Servicios de Saneamiento en las provincias de Tumbes, Zarumilla y Contralmirante Villar; Que, por acuerdo Nº 168-03-2004-Saneamiento de fecha 17 de junio de 2004, el Comite de PROINVERSION en Proyectos de Infraestructura y de Servicios

SUNARP
Designan Asesor del Despacho del Superintendente Nacional de la SUNARP
RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 169-2005-SUNARP/SN MORDAZA, 10 de junio de 2005 CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante el cargo de confianza de Asesor del Despacho del Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos;

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