Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2005 (11/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, sabado 11 de junio de 2005

NORMAS LEGALES

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nerara problemas de vialidad, ruidos molestos, presencia de comercio informal y de actividades conexas no permitidas en via publica: inseguridad ciudadana y mayor demanda de servicios, con aumento de poblacion flotante con el consecuente deterioro de la calidad de vida; Que, ademas resulta necesario evaluar la legalidad de la Ordenanza Nº 784-MML conforme al procedimiento dispuesto por la Ordenanza Nº 620-MML y modificatoria, a fin de tomar las acciones que correspondan en resguardo de los intereses de la municipalidad de San Isidro; Que, en este contexto, de conformidad con las funciones en materia de organizacion del espacio fisico y usos del suelo, previstas en el articulo 79º, numerales 3.6, subnumerales 3.6.2 y 3.6.4 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, es procedente la ejecucion de acciones inmediatas que permitan cautelar el caracter estrictamente residencial del distrito; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los articulos 9º, numeral 8), y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por Unanimidad y con dispensa del Tramite de aprobacion de Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE SUSPENDE TEMPORALMENTE LA RECEPCION DE SOLICITUDES DE LICENCIAS PARA OFICINAS ADMINISTRATIVAS Y COMERCIALES EN LAS ZONAS RESIDENCIALES DE DENSIDAD BAJA RDB Y RDB+ Articulo Primero.- DISPONER la suspension de la recepcion de solicitudes de Licencias de Obra, certificados de parametros urbanisticos y edificatorios, certificados de acondicionamiento y compatibilidad de uso y de Licencias de Funcionamiento para Oficinas Administrativas y Comerciales en las Zonas Residenciales de Densidad Baja RDB y RDB+, del Sector MORDAZA delimitado por las avenidas (ambos frentes) Dos de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Este, Las Camelias, Central, Paseo de la Republica, Aramburu, MORDAZA, Paz Soldan, MORDAZA A. Belaunde, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Basadre y MORDAZA Los Eucaliptos del distrito de San Isidro. Articulo Segundo.- ESTABLECER que la suspension aprobada por la presente Ordenanza tendra una duracion de ciento veinte (120) dias calendario contados a partir de su entrada en vigencia, debiendo en dicho plazo adoptarse las medidas que cautelen la residencialidad en el distrito. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Autorizaciones y Control MORDAZA con el apoyo de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y demas estamentos involucrados, el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. Dada en San MORDAZA, a los diez dias del mes de junio del ano dos mil cinco. MORDAZA UCCELLI MORDAZA MORDAZA MORDAZA Encargado de la Alcaldia 10866

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO CONSIDERANDO: Que, estando a lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680, que las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece en su Articulo IV del Titulo Preliminar que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, el articulo 79º numeral 3.6 de la Ley Organica de Municipalidades, asigna funciones especificas y exclusivas a las municipalidades distritales en materia de organizacion de espacio fisico y uso del suelo para normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo a la zonificacion; Que, el articulo 84º numeral 2.7 de la acotada ley, senala como funcion de las municipalidades distritales en temas de programas sociales, defensa y promocion de derechos el promover y concertar la cooperacion publica y privada en los distintos programas sociales locales; asimismo el de concertar con instituciones del sector publico y privado de su jurisdiccion sobre la elaboracion y ejecucion de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo economico del distrito conforme lo dispone el articulo 86º numeral 3.3 de la ley precitada; Que, el articulo 38.5 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, establece que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, o por Resolucion del Titular del Organismo MORDAZA conforme a la Constitucion, segun el nivel de gobierno respectivo; Que, habiendose suscrito un convenio de Cooperacion Interinstitucional, entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y esta Corporacion Municipal cuya finalidad es concertar acciones a traves de actuaciones urbanas integradas, orientadas a la renovacion MORDAZA, destugurizacion, expansion MORDAZA, densificacion y reurbanizacion, generando mecanismos de promocion y de facilitacion de la actividad privada; Que, mediante Informe Nº 040-05-GDU/MDSJL, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA en el MORDAZA del mencionado convenio la Municipalidad se obliga a evaluar procedimientos orientados a facilitar en un menor tiempo el otorgamiento de licencias de Habilitaciones Urbanas y Licencias de Obras, asi como evaluar e implementar incentivos respecto a las tasas y derechos municipales para los programas que se ejecuten dentro del MORDAZA del convenio referido; en tal sentido propone la reduccion de los siguientes derechos administrativos establecidos en el MORDAZA vigente: 1. Certificado de Parametros 2. FUO Parte 1 3. Inspeccion Ocular 4. El pago por derecho de Lic. de Const. 5. FUO Parte 2 6. Derecho de Tramite de Declaratoria MORDAZA S/. 40.00 S/. 30.00 S/. 50.00 0.61%V.O S/. 40.00 S/. 38.50 Propuesta S/. 20.00 S/. 15.00 S/. 20.00 S/. 30.00 S/. 20.00 S/. 20.00

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Disponen la reduccion de derechos administrativos de proyectos acogidos al Programa de Techo Propio construccion en sitio propio
DECRETO DE ALCALDIA Nº 007 San MORDAZA de Lurigancho, 23 de MORDAZA de 2005

Que, segun el Informe Nº 047-2005-GPD/MDSJL la Gerencia de Planificacion del Desarrollo senala que considerando el convenio suscrito y mas aun si se tiene en cuenta que el Programa Techo Propio es un programa de interes social que promovera el mejoramiento y desarrollo de la vivienda en la jurisdiccion y por ende cumple un fin social, que nace de las funciones y competencias atribuidas a las municipalidades;

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