Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2005 (14/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 14 de setiembre de 2005

Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 016-2005INPE/P de fecha 12 de enero de 2005, se designo entre otros, al servidor EDWING MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo publico de confianza de Director del Establecimiento Penitenciario Sentenciados Rio Seco MORDAZA, nivel F-2 de la Direccion Regional Norte Chiclayo; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la referida designacion, asi como designar en el cargo publico confianza a su reemplazante; Contandose con las visaciones de los miembros del Consejo Nacional Penitenciario, Oficinas Generales de Administracion, Asesoria Juridica y Oficina de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Decreto Legislativo Nº 654, Decreto Supremo Nº 005-90PCM, Resolucion Ministerial Nº 040-2001-JUS y en uso de las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema Nº 037-2004-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DAR POR CONCLUIDA, a partir de la fecha, la designacion efectuada mediante Resolucion Presidencial Nº 715-2004-INPE, de fecha 14 de setiembre de 2004, al servidor de MORDAZA EDWING MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo publico de confianza de Director del Establecimiento Penitenciario Sentenciados Rio Seco - MORDAZA, nivel F-2 de la Direccion Regional Norte Chiclayo. Articulo 2º.- DESIGNAR, a partir de la fecha, a la servidora de MORDAZA SOLBEYG MORDAZA MORDAZA, en el cargo publico de confianza de Director del Establecimiento Penitenciario Sentenciados Rio Seco MORDAZA, nivel F-2 de la Direccion Regional Norte Chiclayo. Articulo 3º.- REMITIR MORDAZA de la presente Resolucion a la Vicepresidencia, Oficina General de Asesoria Juridica, Direccion Regional Norte Chiclayo, Oficina de Recursos Humanos del Instituto Nacional Penitenciario e interesados para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 15689

Reguladores, entre ellos OSINERG, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ambito y en materia de su respectiva competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo, normas de caracter general referidas a actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el articulo 22º del Reglamento General de OSINERG, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0542001-PCM, establece que la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo a traves de resoluciones; Que segun lo dispuesto por el Articulo 3º de la Ley Nº 27699 - Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERG, el Consejo Directivo esta facultado para aprobar procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la Funcion Supervisora; Que, considerando que la Ley Nº 28151 que modifico la Ley Nº 26734, se establecio que OSINERG tiene como funcion el fiscalizar y supervisar el cumplimiento de las disposiciones tecnicas y legales del subsector electricidad, referidas a la seguridad y riesgos electricos, por parte de empresas de otros sectores, asi como de toda persona natural o juridica de derecho publico o privado; Que, en ese sentido, OSINERG prepublico el 1 de MORDAZA de 2005 en el Diario Oficial El Peruano el "Procedimiento para la supervision en zonas de alto riesgo electrico en servidumbres" en concordancia a lo dispuesto en el articulo 25º del Reglamento General de OSINERG, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0542001-PCM, con la finalidad de recibir los aportes del publico en general, los mismos que han sido objeto de comentarios en la exposicion de motivos de la presente Resolucion; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 22º y 25º del Reglamento General de OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, la Gerencia Legal y la Gerencia General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el "Procedimiento para la supervision de deficiencias en seguridad en lineas de transmision y en zonas de servidumbre", contenido en el anexo adjunto y cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La entrada en vigencia del presente procedimiento sera a partir del primero de enero del 2006. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo PROCEDIMIENTO PARA LA SUPERVISION DE DEFICIENCIAS EN SEGURIDAD EN LINEAS DE TRANSMISION Y EN ZONAS DE SERVIDUMBRE 1. OBJETIVO Establecer el procedimiento de supervision de las Fajas de Servidumbre de lineas de transmision con tensiones iguales o mayores a 30 kV que MORDAZA operadas por Concesionarias. Asimismo, supervisar el cumplimiento de las medidas de seguridad respecto a lineas de transmision con tensiones iguales o mayores a 30 kV que MORDAZA operadas por las Concesionarias. 2. ALCANCE El presente procedimiento de supervision se aplicara a todas las concesionarias que operen lineas de transmision con tensiones iguales o mayores a 30 kV. 3. BASE LEGAL - Ley Nº 27332; Ley MORDAZA de Organismos Reguladores. - Ley Nº 26734; Ley del Organismo Supervisor de Inversion en Energia - Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, Reglamento General de OSINERG.

OSINERG
Aprueban "Procedimiento para la supervision de deficiencias en seguridad en lineas de transmision y en zonas de servidumbre"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 264-2005-OS/CD MORDAZA, 8 de setiembre de 2005 VISTO: El Memorando Nº GFE-578-2005 de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, por el cual se solicita al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia, la aprobacion de la publicacion del "Procedimiento para la supervision de deficiencias en seguridad en lineas de transmision y en zonas de servidumbre"; CONSIDERANDO: Que, segun lo establecido por el inciso c) del articulo 3º de la Ley Nº 27332 - Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos

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