Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2005 (14/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, miercoles 14 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Gobierno Regional de MORDAZA, se ordena su publicacion y cumplimiento. Promulguese y publiquese. MORDAZA RIVADENEYRA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA 15688

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican articulo de la Ordenanza Nº 078-MDCH de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, que fija montos por emision mecanizada, determinacion, recibos de pago y distribucion del Impuesto Predial
ACUERDO DE CONCEJO Nº 111 MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2005 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 21 de MORDAZA de 2005, el Oficio Nº 001-090-00002280 del Servicio de Administracion Tributaria-SAT mediante el cual proponen al Concejo la ratificacion del articulo 1º de la Ordenanza Nº 078-MDCH que fijan montos por Emision Mecanizada, Determinacion, Recibo de Pago, Distribucion Domiciliaria y Otras Disposiciones referentes al Impuesto Predial correspondiente al Ejercicio 2005 a aplicarse en su jurisdiccion; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion para su entrada en vigencia y exigibilidad; Que, en virtud a lo senalado, la Municipalidad Distrital de Chorrillos, solicito la ratificacion del derecho de Emision Mecanizada, Determinacion, Recibos de Pago, Distribucion Domiciliaria y Otras Disposiciones Referentes al Impuesto Predial correspondientes al ejercicio 2005 a aplicarse en su jurisdiccion, aprobado por el Articulo 1º de la Ordenanza Nº 078/MDCH; Que, la Ordenanza Nº 607, publicada el 24 de marzo de 2004, establecio un MORDAZA procedimiento para la ratificacion de las Ordenanzas tributarias, cuya Sexta Disposicion Final indica que sus disposiciones seran de aplicacion para la tramitacion de los procedimientos de ratificacion de Ordenanzas Distritales que aprueben derechos, por lo que corresponde que la presente solicitud sea tramitada segun lo establecido en dicha Ordenanza; Que, en lo que respecta a la potestad tributaria de las Municipalidades, los ar ticulos 74º y 195º de la Constitucion Politica establecen la facultad de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos. En el mismo sentido, el articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal (Decreto Supremo Nº 156-2005-EF), establece la potestad municipal para crear, modificar y suprimir tributos; Que, en atencion a la potestad tributaria MORDAZA mencionada, mediante el Articulo 1º de la Ordenanza Nº 078/MDCH, la Municipalidad Distrital de Chorrillos aprobo el Derecho de Emision Mecanizada de Valores, Deter minacion, Recibos de Pago y Distribucion Domiciliaria del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2005; Que, al respecto la Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal establece que las Municipalidades que brinden el servicio

de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondiente, incluida su distribucion a domicilio, se encuentran facultadas a cobrar por dichos conceptos un derecho cuyo monto MORDAZA no debe superar el 0.4% de la UIT vigente al 1º de enero de cada ano; Que, en el presente caso, el ar ticulo 1º de la Ordenanza Nº 078/MDCH establece que el monto del Derecho de Emision Mecanizada de Valores, Deter minacion, Recibos de Pago y Distribucion Domiciliaria del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2005 asciende a S/. 13.20. Ademas, cabe anotar que la disposicion en mencion establece que por cada predio adicional debera abonarse S/. 4.00 por el concepto MORDAZA mencionado; Que, el monto proyectado por el concepto de Derecho de Emision Mecanizada de Valores, Determinacion, Recibos de Pago y Distribucion Domiciliaria del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2005 no supera el limite legal establecido, por lo que corresponde afirmar que la Municipalidad Distrital de Chorrillos ha establecido el mismo de conformidad con la normativa sobre la materia; Que, la presente evaluacion solo alcanza al derecho de emision mecanizada de impuesto predial establecido en el articulo 1º de la Ordenanza Nº 078/MDCH, en la medida que la Municipalidad Distrital de Chorrillos ha limitado su petitorio al mismo, enviando por tal motivo unicamente la estructura de costos y estimacion de ingresos del referido derecho de emision mecanizada; Que, en lo que se refiere a la publicidad de las normas municipales, es preciso anotar que el articulo 44º de la Ley Organica de Municipalidades (Ley Nº 27972) dispone la obligacion de las Municipalidades Distritales que conforman la provincia de MORDAZA de publicar en el Diario Oficial El Peruano sus Ordenanzas, Decretos de Alcaldia y los Acuerdos sobre remuneracion del MORDAZA y dietas de Regidores; Que, en el presente caso, la Municipalidad Distrital de Chorrillos ha cumplido con publicar la Ordenanza Nº 078/MDCH en el Diario Oficial El Peruano el 17 de febrero de 2005; Que, no obstante lo anterior, debera tenerse presente que en aplicacion del articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion para su entrada en vigencia; Que, en atencion a lo expuesto en los parrafos precedentes, se concluye que el Ar ticulo 1º de la Ordenanza Nº 078/MDCH se encuentra conforme con las disposiciones sobre la materia recogidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal y la Ley Organica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Nº 727, publicada el 18 de noviembre de 2004, se establecio el cronograma para la MORDAZA de solicitudes de ratificacion de Ordenanzas tributarias, senalando en el articulo 2º numeral 2), que las Municipalidades Distritales integrantes de la Metropoli, podran presentar ante el Servicio de Administracion Tributaria-SAT, hasta el ultimo dia del mes de junio del ano, las solicitudes de ratificacion de Ordenanzas sobre derechos; Que, del analisis efectuado al expediente presentado por la Municipalidad Distrital de Chorrillos, solicitando solamente la ratificacion del articulo 1º de la Ordenanza Nº 078/MDCH para cuyo efecto remitio su estructura de costos, se determina que el importe a cobrar por concepto de Derecho de Emision Mecanizada de Valores, Deter minacion, Recibos de Pago y Distribucion Domiciliaria del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2005, es de S/. 13.20, por lo que se observa que el mismo no supera el 0.4% de la UIT vigente establecido en la Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal. Las otras disposiciones que se senalan en la Ordenanza no seran evaluadas porque no se adjunta la estructura de costos de los mismos y no ha sido solicitada por la referida Municipalidad Distrital; Que, por otro lado, los costos anuales incurridos ascienden a S/. 510,681.62; los cuales comprenden mano de obra, materiales, distribucion y otros gastos; Que, siguiendo con lo establecido en la Ordenanza Nº 078/MDCH se efectuo la estimacion de ingresos por

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