Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2006 (05/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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EP

UB

LICA DEL P E

RU

329620
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 5 de octubre de 2006

Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la ingeniera MORDAZA VEREAU MORDAZA, Presidenta Ejecutiva del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, a la MORDAZA MORDAZA - Bolivia, del 6 al 7 de octubre de 2006, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el viaje materia de la presente Resolucion, seran asumidos por la Autoridad Binacional Autonoma del Sistema Hidrico del Lago Titicaca. Articulo 3º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 02746-1

ORGANISMOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Ratifican en el cargo a Jefe del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 055-2006-PCNM
MORDAZA, 29 de setiembre de 2006. VISTO: El expediente de evaluacion y ratificacion del senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA BOTTO, Jefe del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, conforme a lo previsto en el articulo 21º inciso b) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura, modificado por el articulo 3º de la Ley Nº 28733, se establece que corresponde a este Consejo ratificar para un MORDAZA periodo, cuando corresponda, al Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y al Jefe del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en adelante RENIEC, teniendo en cuenta la gestion y la labor desarrollada por dichos funcionarios; Segundo: Que, el articulo 1º del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion del Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Jefe del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, aprobado por Resolucion Nº 229-2006-CNM de 13 de MORDAZA de 2006, establece que el Jefe de la ONPE o el Jefe del RENIEC que desee continuar en el cargo por un periodo mas para el que fue nombrado, debera comunicarlo mediante una carta dirigida al Presidente del Consejo, con firma legalizada ante Notario Publico, dentro del plazo senalado en dicho dispositivo; Tercero: Que, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Botto, actual Jefe del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC) mediante carta de 19 de MORDAZA del ano en curso presentada al Consejo Nacional de la Magistratura el 20 de MORDAZA del mismo ano cumplio con comunicar su proposito de continuar en dicho cargo, por lo que ante dicha solicitud, el Pleno del CNM acordo convocarlo al MORDAZA, aprobando el cronograma de actividades, el mismo que fue publicado en el Diario Oficial El Peruano y en otro de circulacion nacional;. Cuarto: Que, conforme al mandato legal, se evaluan dos rubros: i) el resultado de la gestion y ii) la labor

desarrollada; es asi que para evaluar dichos aspectos, el Consejo solicito al funcionario sujeto a evaluacion asi como a diversas entidades publicas y privadas la informacion correspondiente, la misma que se encuentra agregada al respectivo expediente y que sustenta la decision adoptada por el Pleno; Quinto: Que, para disponer la ratificacion en el cargo por un periodo adicional se requiere establecer que tanto el resultado de la gestion y la labor desarrollada por el funcionario sujeto a evaluacion se hayan realizado dentro de los margenes de la ley y con la eficiencia que el caso exige; Sexto: Que, concluidas las etapas del presente MORDAZA de evaluacion y ratificacion y, habiendo sido entrevistado el funcionario evaluado en sesion publica llevada a cabo el 21 de setiembre del ano en curso, conforme al cronograma de actividades aprobado, estando a lo acordado en sesion del Pleno llevado a cabo en la fecha, corresponde adoptar la decision final, la misma que pasa a ser motivada, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 26º del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion del Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Jefe del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil aprobado por Resolucion Nº 229-2006-CNM, de 13 de MORDAZA de 2006. Setimo: Que, el senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Botto accedio al cargo de Jefe de RENIEC, previo concurso de meritos, habiendo prestado el juramento de ley el 1º de octubre de 2002. Octavo: Que, para evaluar la gestion y la labor desarrollada por el evaluado, es imprescindible verificar si ha cumplido con las funciones que le corresponden como titular de la entidad que tiene bajo su cargo y, para ello resulta necesario inicialmente, acudir a la Constitucion Politica del Peru asi como a la Ley Organica del RENIEC, donde se establecen cuales son sus atribuciones y obligaciones. Noveno: Que, la Constitucion Politica del Peru, en su articulo 183º establece que "El Jefe del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es nombrado por el Consejo Nacional de la Magistratura por un periodo renovable de cuatro anos. Puede ser removido por dicho Consejo por falta grave. Esta afecto a las mismas incompatibilidades previstas para los integrantes del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones.", asimismo dicho articulo, dispone que "El Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil tiene a su cargo la inscripcion de los nacimientos, matrimonios, divorcios, defunciones, y otros actos que modifican el estado civil. Emite las constancias correspondientes. Prepara y mantiene actualizado el padron electoral. Proporciona al MORDAZA Nacional de Elecciones y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales la informacion necesaria para el cumplimiento de sus funciones. Mantiene el registro de identificacion de los ciudadanos y emite los documentos que acreditan su identidad." y, ademas que "Ejerce las demas funciones que la ley senala"; por su parte el articulo 11º de la Ley Organica de RENIEC, dispone que "El Jefe del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es la MORDAZA autoridad de dicho organismo, ejerce su representacion legal y es el encargado de dirigir y controlar la institucion. Ejerce en forma colegiada, con el Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones y el Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales la titularidad del pliego presupuestal del Sistema Electoral.", agrega dicha MORDAZA que "Se encarga de designar las oficinas registrales en todo el pais. Esta autorizado para efectuar las modificaciones convenientes para un mejor servicio a la poblacion, creando o suprimiendo las dependencias que fueren necesarias.". Decimo: Que, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Botto, al momento de su nombramiento, presento un plan de trabajo, con las medidas que planifico implementar para el caso de resultar elegido en dicho cargo; medidas que, segun el evaluado, se implementaron durante su gestion y que, ademas una vez instalado en el cargo, se realizaron otras acciones adicionales, en tanto que otras estan pendientes de ejecutar; Decimo Primero: Que, para la evaluacion de la gestion y la labor desarrollada, debe verificarse que el funcionario MORDAZA cumplido con sus obligaciones legales y, ademas, que MORDAZA conducido la entidad de una manera adecuada, afrontando y resolviendo las nuevas

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