Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2006 (05/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano jueves 5 de octubre de 2006

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NORMAS LEGALES

329649

municipalidades tienen la obligacion de aprobar y publicar en el Diario Oficial El Peruano la Ordenanza Municipal que regule el otorgamiento de autorizaciones para la ubicacion de anuncios y avisos publicitarios sobre propaganda politica en concordancia con las disposiciones electorales, estableciendo las sanciones por la infraccion de sus disposiciones. Que, mediante Proveido Nº 127-2006 la Direccion de Desarrollo MORDAZA ha alcanzado el proyecto de Ordenanza que adecua la aplicacion de dicho reglamento en la jurisdiccion del distrito de Punta Negra, concordando la aplicacion de sanciones a las contenidas en el RASA por uso de espacios y anuncios publicitarios aprobado por Ordenanza Nº 007-2003-MDPN publicada en Diario Oficial El Peruano el 7-3-03. Que, de acuerdo al Art. 39 de la Ley Organica de Municipalidades los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobacion de ordenanzas. En ese sentido las Ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal en consecuencia deben ser aprobadas por el Concejo Municipal. Que, la Ley Organica de Municipalidades acorde con la Constitucion Politica del Peru es un organo MORDAZA en lo administrativo y economico, y se acogera a las normas legales en forma supletoria. Estando a lo dispuesto por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y la Resolucion Nº 12332006-JNE, ha dado la siguiente: ORDENANZA Articulo 1.- Adecuar en la jurisdiccion del distrito de Punta Negra la aplicacion del Reglamento de Difusion y el control de propaganda electoral para las elecciones Regionales y Municipales aprobado por Resolucion Nº 1233-2006-JNE de fecha 11/7/2006. Articulo 2.- Aprobar el regimen de sanciones administrativas por la infraccion de sus disposiciones, de acuerdo a las sanciones por infracciones por usos de espacios publicitarios contenido en el RASA aprobado por la Ordenanza Nº 007-2003/MDPN, publicado el 7-5-03. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LI MORDAZA Alcaldesa 02568-1

Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 014-2006-MSBA, publicado con fecha 13.8.2006 y Decreto de Alcaldia Nº 015-2006-MSB-A publicado con fecha 8.9.2006, se prorrogo el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 374MSB hasta el 29.9.2006, de acuerdo a lo normado en la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza precitada. Que, la administracion MORDAZA de acuerdo a las solicitudes formuladas por los contribuyentes del distrito considera acorde la ampliacion de prorroga del plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 374-MSB. Estando a lo expuesto, con el visto de la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Gerencia de Asesoria Juridica y conforme a lo establecido en el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organiza de Municipalidades - Ley Nº 27972. DECRETA: Articulo Unico.- PRORROGAR el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 374-MSB hasta el 31 de octubre del 2006. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02729-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Prorrogan plazo de Amnistia Tributaria y No Tributaria aprobada mediante la Ordenanza Nº 092
DECRETO DE ALCALDIA Nº 012
San MORDAZA de Lurigancho, 28 de setiembre de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: El Informe Nº 112-2006-GR/MSJL de fecha 27 de setiembre del 2006 de la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 092, de fecha 18/09/ 2006, se aprobo la Amnistia Tributaria y no Tributaria de deudas de anos anteriores y 2006, hasta el 29 de setiembre del 2006; Que, es politica de la actual gestion brindar a sus contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus Obligaciones Tributarias, otorgando beneficios para la regularizacion de las mismas, a favor de los vecinos de San MORDAZA de Lurigancho, debiendo en esta oportunidad atender a aquellos contribuyentes que de manera cierta se encuentran en una situacion economica dificil que les ha impedido acogerse bajo las diferentes modalidades a beneficios anteriores; Que, la MORDAZA Disposicion Final y Complementaria de la Ordenanza Nº 092 faculta al senor MORDAZA para que mediante Decreto disponga las medidas reglamentarias, para la ejecucion y cumplimiento de dicha Ordenanza; Estando a lo expuesto, con la opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Juridica, segun Informe Nº 8902006-GAJ/MSJL, y de conformidad con lo establecido en el inciso 6 del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Unico.- Prorrogar hasta el 4 de noviembre del 2006, la vigencia de la Ordenanza Nº 092, de fecha 18 de setiembre del 2006, mediante la cual se aprobo la Amnistia Tributaria y No Tributaria de deudas de anos anteriores y 2006. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02767-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prorrogan plazo de vigencia de beneficio otorgado a contribuyentes mediante Ordenanza Nº 374-MSB
DECRETO DE ALCALDIA Nº 016-2006-MSB-A
San MORDAZA, 2 de octubre de 2006 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA Visto, el Informe Nº 118-2006-MSB-GR, de fecha 25.9.2006 de la Gerencia de Rentas y Memorandum Nº 919-2006-MSBGM, de fecha 26.9.2006, de la Gerencia Municipal. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley Nº 28607 - Ley de la Reforma Constitucional, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 4.10.2005, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; radicando esta en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico, de acuerdo a lo establecido en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972. Que, mediante Ordenanza Nº 374-MSB, publicada con fecha 24.06.2006, se MORDAZA el otorgamiento de beneficio por aniversario y por MORDAZA patrias para los contribuyentes de la Municipalidad de San Borja; estableciendose como plazo de vigencia de la misma hasta el 31 de MORDAZA del 2006, de acuerdo a lo dispuesto en su articulo 4º.

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