Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2006 (05/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano jueves 5 de octubre de 2006

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NORMAS LEGALES

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laboratorio para un indice C.B.R., minimo de 20. Las particulas solidas de esta MORDAZA tendran un diametro MORDAZA de 2". Base.- Posterior a la MORDAZA anterior debe colocarse una MORDAZA de base afirmada de 0.20 m., de espesor, compactado proveniente de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material grueso (con diametro MORDAZA de 1 ½"), finos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactacion se efectuara con riegos sucesivos cercanos al optimo contenido de humedad y hasta alcanzar como minimo el 95 % de la Densidad MORDAZA Modificado de laboratorio para un indice de C.B.R. de 80. Se procurara una superficie MORDAZA y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicacion de una futura MORDAZA estatica de 2" de espesor. Superficie de rodadura.- Suelo estabilizado. Aceras.- Sera de concreto simple de 4" de espesor con una resistencia a la compresion axial de f'c=140kg/cm2., construido sobre una base granular de 4" de espesor compactada al 100% de la Densidad Seca MORDAZA Standar. Sardineles.- Se construira sardineles de 30 cm. de profundidad con mezcla y acabados igual que las aceras. En caso que las aceras este en medio de jardines se construira en ambos lados, el vertido del concreto debera realizarse de modo que requiera el menor manipuleo posible evitando a la vez la segregacion de los agregados. Bermas laterales.- Deberan construirse con un pavimento de las mismas caracteristicas de las calzadas adyacentes. Asi tambien estas quedaran en tierra nivelada compactada. Rampas peatonales.- En los abanicos de las aceras, se construiran rampas peatonales que conectaran los niveles superiores de las aceras y las calzadas de conformidad de las normas tecnicas NTE U 190 adecuacion urbanistica para personas con discapacidad, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 069-2001-MTC/ 15.04 de fecha 7 de febrero del 2001. Articulo 3º.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro del Plazo de 30 dias contados a partir de su notificacion, debiendo los beneficiarios de ]a misma sufragar el costo de la publicacion. Articulo 4º.- TRANSCRIBIR a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para las acciones de su competencia de acuerdo a la Ordenanza Nº 776-MML, a la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, para los efectos de la inscripcion de la Habilitacion MORDAZA, a SERPAR MORDAZA, al Ministerio de Educacion y a los interesados para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02697-1

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Modifican la Ordenanza N° 139-CDLO que aprobo la Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y .unciones de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 247-CDLO Los MORDAZA, 26 de septiembre de 2006 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 008-2006-CDLO/ CDH-CDE-CAL de las Comisiones Permanentes de Desarrollo Humano, de Desarrollo Economico y de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, el Concejo Municipal, cumple funcion normativa, a traves

de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 200 numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, el Ar t. IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 contempla que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion, siendo que el Art. X senala que promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento economico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental, ello con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de MORDAZA de su poblacion; Que, el Art. 8º de la citada MORDAZA indica que la administracion municipal esta integrada por los funcionarios y servidores publicos, empleados y obreros, que prestan servicios para la municipalidad. Corresponde a cada municipalidad organizar la administracion de acuerdo con sus necesidades y presupuesto; Que, del mismo modo, el Art. 82º detalla que las municipalidades, en materia de educacion, cultura, deportes y recreacion, tienen como competencias y funciones especificas compartidas con el gobierno nacional y el regional, entre otros: Promover el desarrollo humano sostenible en el nivel local, propiciando el desarrollo de comunidades educadoras; promover la diversificacion curricular, incor porando contenidos significativos de su realidad sociocultural, economica, productiva y ecologica; asi como normar, coordinar y fomentar el deporte y la recreacion de la ninez y del vecindario en general, mediante la construccion de MORDAZA deportivos y recreacionales o el empleo temporal de zonas urbanas apropiadas, para los fines MORDAZA indicados; Que, con Ordenanza Nº 139-CDLO, de fecha 2 de febrero de 2004, se aprueba la Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones (R.O.F.) de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA, derogandose el Edicto Nº 001-2000/ CDLO de fecha 5 de octubre de 2000; Que, con Ordenanza Nº 0147-CDLO, de fecha 4 de marzo de 2004, se aprueba las Modificaciones a la Estructura Organica y al Reglamento de Organizacion y Funciones (R.O.F de la Municipa.) lidad Distrital de Los MORDAZA aprobados con Ordenanza Nº 0139CDLO, conforme a los argumentos esgrimidos en la misma, la que posteriormente fue modificada con Ordenanza Nº 171-CDLO, de fecha 17 de septiembre de 2004; Que, con Informe Nº 771-2006-MDLO/SGSMDHE la Subgerencia del Sistema Municipal de Salud, Desarrollo Humano y Economico solicita modificar las Ordenanzas Nº 139-CDLO, 0147-CDLO y 171-CDLO incorporando al Palacio de la Juventud como organo desconcentrado, se disponga su operatividad y se adecue el Cuadro de Asignacion de Personal - C.A.P. a las necesidades requeridas para el funcionamiento, se determine el Regimen Laboral de los trabajadores que ingresen a laborar en las citadas instalaciones, y que el organo ejecutivo a traves del MORDAZA debe implementar todas las acciones de su competencia para su funcionamiento y proceda a la emision de las tarifas correspondientes; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto con el Memorandum Nº 363-2006/MDLO/OPP informa que el Proyecto Integral "Palacio de la Juventud" Estudio y Expediente Tecnico elaborados en el Ejercicio 2003-2004 se encuentra en la fase de operacion y mantenimiento programado para el MORDAZA Semestre del presente ano describiendo la Meta 058 Palacio de la Juventud "Operacion y Mantenimiento" insertando las correspondientes partidas presupuestales, su descripcion, Fuente de Financiamiento, Monto Ejecutado y Saldo conside-rando procedente el inicio de sus actividades; Que, la Oficina de Asesoria Juridica con Informe Nº 1051-2006-MDLO/OAJ, acorde con los fundamentos de hecho y derecho expresa que el inicio de actividades del Palacio de la juventud reposa en las disposiciones contenidas en el Art. 86º de la Ley Nº 27972 que determina las funciones exclusivas de las municipalidades distritales en materia de promocion de desarrollo economico local; Que, acorde con los fundamentos de hecho y derecho la Oficina de Asesoria Juridica opina por proceder a modificar la Ordenanza Nº 139-CDLO CDLO y sus modificatorias con Ordenanza Nº 0147-CDLO y Nº 171-CDLO en las que se aprobo la Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones (R.O.F.) de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA incorporando el Palacio de la Juventud como organo desconcentrado de la municipalidad Distrital de Los Olivos; disponer su operatividad iniciando sus actividades por administracion directa acorde con el

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