Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2006 (05/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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329646

NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 5 de octubre de 2006

Reglamento Organizacion y Funciones R.O.F. y la Estructura Organica presentados; conforme a los fundamentos y propuestas de ejecucion presupuestal esgrimidos en el presente, adecuandose el Cuadro de Asignacion de Personal - C.A.P. de la entidad a las necesidades requeridas para su funcionamiento; establecer que las relaciones laborales de los trabajadores que ingresen a laborar a dichas instalaciones se sujetan al regimen laboral de la Actividad Privada, regulado por el Decreto Legislativo Nº 728 que dicta la Ley de Fomento del Empleo, y demas normas conexas y facultar al MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA para que via Decreto de Alcaldia emita los documentos normativos administrativos para el eficiente funcionamiento del Palacio de la Juventud; Que, el Gerente Municipal con Informe Nº 01-2006 MDLO/GM, acorde con los fundamentos que describe opina por que proceda el inicio de actividades del Palacio de la Juventud; Que, atendiendo a las consideraciones vertidas se hace necesario el funcionamiento del Palacio de la Juventud; MORDAZA que el inicio de actividades se adscriben dentro de las competencias que la Constitucion y la Ley Nº 27972 reconocen a las Municipalidades Distritales; Estando a lo dictaminado y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 9º numerales 2, 8, 29 y 32, y Art. 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de Aprobacion del Acta y por mayoria el Concejo Distrital de Los MORDAZA aprobo la siguiente: ORDENANZA Nº 247-CDLO QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 139-CDLO QUE APROBO LA ESTRUCTURA ORGANICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES (R.O.F.) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS MORDAZA INCORPORANDO EL PALACIO DE LA JUVENTUD COMO ORGANO DESCONCENTRADO Articulo Primero.- MODIFICAR la Ordenanza Nº 139-CDLO y sus modificatorias con Ordenanza Nº 147-CDLO y Ordenanza Nº 171-CDLO, en las que se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones (R.O.F.) y la Estructura Organica de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA, INCORPORANDO al PALACIO DE LA JUVENTUD como ORGANO DESCONCENTRADO de la Municipalidad Distrital de Los Olivos. Articulo Segundo.- DISPONER la operatividad del PALACIO DE LA JUVENTUD iniciando sus actividades por administracion directa acorde con el Reglamento Organizacion y Funciones R.O.F. y la Estr uctura Organica aprobadas en el articulo precedente; conforme a los fundamentos y propuestas de ejecucion presupuestal esgrimidos en el presente, INCORPORANDOSE a las 730 plazas existentes (614 de la Sede Central de la Municipalidad y 116 del Hospital Municipal Los Olivos) la cantidad de 48 plazas (32 empleados y 16 obreros) al Cuadro para Asignacion de Personal (C.A.P.) de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA aprobado con Ordenanza Nº 240-CDLO, conforme a las necesidades requeridas para su funcionamiento. Articulo Tercero.- ESTABLECER que las relaciones laborales de los trabajadores que ingresen a laborar al PALACIO DE LA JUVENTUD se sujetan a los Regimenes Laborales del Decreto Legislativo Nº 276 que aprueba la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y al del Decreto Legislativo Nº 728 que dicta la Ley de Fomento del Empleo y demas normas conexas. Articulo Cuarto.- FACULTAR al MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA para que via Decreto de Alcaldia emita los documentos normativos administrativos para el eficiente funcionamiento del Palacio de la Juventud, acorde con la competencia conferida por la Ley N° 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades. POR TANTO: MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2763-1

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Aprueban modificacion de la Ordenanza Nº 078-MDPH que regula la Propaganda Electoral en el distrito de Punta MORDAZA
ORDENANZA Nº 094-MDPH Punta MORDAZA, 31 de agosto del 2006 EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUNTA MORDAZA CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales son organos de gobierno con personeria juridica de derecho publico y gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, segun el literal 3.6.3., sub numeral 3.6. del numeral 3 el Articulo 79º Organizacion del Espacio Fisico y Uso del Suelo, de la MORDAZA precitada Ley Organica, establece que son funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales, normar, regular y otorgar las autorizaciones, derechos y licencia, asi como realizar la fiscalizacion de la ubicacion de los avisos publicitarios y propaganda politica; Que, el articulo 185º de la Ley Nº 26859 - Ley Organica de Elecciones, expresa que las municipalidades distritales, apoyan el mejor desarrollo de la propaganda electoral facilitando la disposicion de paneles, convenientemente ubicados, con iguales espacios para todas las opciones participantes; Que, mediante Ordenanza Nº 078-MDPH de fecha 28 de marzo del 2006, el Concejo Municipal aprobo la Ordenanza que Regula la Propaganda Electoral en el distrito de Punta MORDAZA, el mismo que consta de ocho (8) titulos, quince (15) articulos, dos (2) disposiciones finales, la misma que no fue publicado debido a las graves carencias de disponibilidad economica de la municipalidad; Que mediante Resolucion Nº 1233-2006-JNE, del 11 de MORDAZA del 2006, el MORDAZA Nacional de Elecciones ha emitido el Reglamento de Difusion y Control de la Propaganda para las Elecciones Regionales y Municipal, en virtud de la cual se hace necesaria MODIFICAR la precitada Ordenanza Nº 078-MDPH y ADECUARLA NORMATIVAMENTE a la regulacion dispuesta por el MORDAZA Nacional de Elecciones; Que, la Jefatura de la Oficina de Asesoria Juridica eleva al Concejo Municipal el Proyecto de Ordenanza que modifica la Ordenanza Nº 078-MDPH, que Regula la Propaganda Electoral en el distrito de Punta MORDAZA convenientemente modificada de acuerdo al Reglamento de Difusion y Control de la Propaganda para las Elecciones Regionales y Municipales expedido por el MORDAZA Nacional de Elecciones; Las principales modificaciones que se presentan estan referidas al horario de restricciones de difusion de propaganda electoral, las formas de propaganda electoral permitidas y en la tercera disposicion final de la Ordenanza Nº 078-MDPH; Que, en ejercicio de las atribuciones conferidas en los numerales 8) y 9) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, el Concejo Municipal, por UNANIMIDAD, aprobo lo siguiente: ORDENANZA Nº 094-MDPH QUE MOFIDICA NORMATIVAMENTE A LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 078-MDPH QUE REGULA LA PROPAGANDA ELECTORAL EN EL DISTRITO DE PUNTA MORDAZA Y DISPONE SU ADECUACION A LA RESOLUCION Nº 1233-2006-JNE Articulo Primero.- APROBAR la Modificacion Normativa de la Ordenanza Nº 078-MDPH, que Regula la Propaganda Electoral en el distrito de Punta MORDAZA, aprobada por el Concejo Municipal el 28 de marzo del 2006; Y su correspondiente adecuacion a la Resolucion Nº 1233-2006-JNE; la misma que en ANEXO UNO forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- RATIFICAR los demas extremos de la precitada Ordenanza Nº 078-MDPH, no comprendidos en lo senalado en el articulo precedente.

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