Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2006 (05/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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LICA DEL P E

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329632

NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 5 de octubre de 2006

Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion a HSBC BANK PERU S.A., a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. y a Cavali ICLV S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente de Mercados y Emisores Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores 02701-1

Legislativo Nº 708, correspondiente al mes de agosto del 2006, de la siguiente manera:
Entidades Total a Distribuir US$ Gob. Loc. Distrital INGEMMET INACC MEM TOTAL (*) Ver Anexo Nº 1 792,006.99 105,600.93 105,600.93 52,800.47 1´056,009.32 S/. 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 Deducciones US$ -1,688.40 -370.00 -370.00 -185.00 -2,613.40 S/. 0.00 0.00 0.00 0.00 Neto a Distribuir US$ 790,318.59 105,230.93 105,230.93 52,615.47 S/. 0.00 0.00 0.00 0.00

0.00 1´053,395.92 0.00

INACC
Asignan monto recaudado por concepto de pago de Derecho de Vigencia de derechos mineros formulados y por la formulacion de Petitorios Mineros, correspondiente al mes de agosto de 2006
INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y CATASTRO MINERO RESOLUCION JEFATURAL Nº 3999-2006-INACC/J MORDAZA, 26 de setiembre del 2006 Visto; el Informe Nº 1147-2006-INACC/DGDV de la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo de fecha 22 de setiembre del 2006, que contiene la informacion correspondiente a la distribucion de los ingresos registrados por Derecho de Vigencia de Derechos Mineros formulados conforme al Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, el monto recaudado de Derecho de Vigencia por la formulacion de Petitorios Mineros al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708, durante el mes de agosto del 2006; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 019-2006-MEM/ DGM, la Direccion General de Mineria delega al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero la facultad de emitir la resolucion que asigne los montos del Derecho de Vigencia y Penalidad de Derechos Mineros a las Instituciones Publicas Descentralizadas y a los Organismos senalados en el articulo 57º de la Ley General de Mineria, aprobada por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; Que, el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, establece la forma de distribucion de los ingresos que se obtengan por concepto de Derecho de Vigencia, asi como de la Penalidad; Que, conforme al articulo 92º del Decreto Supremo Nº 03-94-EM, la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo mediante Informe Nº 1147-2006INACC/DGDV ha determinado que por el mes de agosto del 2006, el monto total a distribuir es de US$ 1´056,009.32 (Un Millon Cincuenta y Seis Mil y Nueve y 32/100 Dolares Americanos), efectuandose compensaciones por un monto ascendente a US$ 2,613.40 (Dos Mil Seiscientos Trece y 40/100 Dolares Americanos), resultando un importe neto a distribuir de US$ 1´053,395.92 (Un Millon Cincuenta y Tres Mil Trescientos Noventa y Cinco y 92/100 Dolares Americanos); Conforme a la delegacion efectuada por la Direccion General de Mineria del Ministerio de Energia y Minas y con los visados de la Oficina General de Asesoria Juridica y la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Asignar el monto recaudado por concepto de pago del Derecho de Vigencia de derechos mineros formulados durante la vigencia del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, el monto recaudado por Derecho de Vigencia por la formulacion de Petitorios Mineros al MORDAZA del Decreto

Articulo 2º.- Transcribase la presente Resolucion a la Direccion General de Mineria, en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 3º de la Resolucion Directoral Nº 019-2006-MEM/DGM. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Oficina General de Administracion del INACC, para que ejecute las acciones pertinentes a fin de proceder con las transferencias a las Instituciones y Gobiernos Locales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Institucional (e) Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero ANEXO Nº 1 GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES: DERECHO DE VIGENCIA De conformidad con el articulo 92º del Reglamento de los Titulos pertinentes del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 0394-EM y el Art. 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, modificado por la Ley Nº 28327, se cumple con distribuir la recaudacion del Pago por Derecho de Vigencia durante el mes de agosto del 2006 a las siguientes Municipalidades Distritales:
DPTO. / PROV. / DISTRITO AMAZONAS/CHACHAPOYAS BALSAS CHACHAPOYAS AMAZONAS/LUYA COCABAMBA MORDAZA SAN MORDAZA DE LOPECANCHA MORDAZA MORDAZA ANCASH/AIJA AIJA HUACLLAN LA MORDAZA ANCASH/ASUNCION ACOCHACA ANCASH/BOLOGNESI AQUIA MORDAZA HUASTA MANGAS ANCASH/CASMA BUENA VISTA ALTA CASMA ANCASH/CORONGO ACO CORONGO CUSCA LA MORDAZA ANCASH/HUARAZ COLCABAMBA MORDAZA S/. 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 US$ 2,651.22 225.00 2,819.57 4,500.00 1,125.00 787.50 12,519.73 900.01 4,264.01 75.00 502.04 2,643.84 445.79 900.00 375.51 488.01 3,000.00 862.50 750.00 375.55 487.50 11,538.53

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