Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2006 (13/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano viernes 13 de octubre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

330417

mediante la cual solicita el reconocimiento del senor MORDAZA MORDAZA Miro MORDAZA, como Consul Honorario de Finlandia en Lima; Con la opinion favorable de la Secretaria de Comunidades Peruanas en el Exterior, en el sentido que procede el reconocimiento del senor MORDAZA MORDAZA Miro MORDAZA, como Consul Honorario de Finlandia en Lima; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 118º, incisos 11 y 13, de la Constitucion Politica del Peru, asi como en los articulos 9º, inciso 1), y 12º de la Convencion de MORDAZA sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Reconocer al senor MORDAZA MORDAZA Miro MORDAZA, como Consul Honorario de Finlandia en MORDAZA, con jurisdiccion en el departamento de Lima. Articulo 2º.Extenderle el Exequatur correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 03046-3

SALUD
Aprueban "Norma Tecnica de Salud para el Transporte Asistido de Pacientes por Via Terrestre"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 953-2006/MINSA MORDAZA, 10 de octubre del 2006 VISTO: El Oficio Nº 1476-2006-DG-OGDN/MINSA de la Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 37º de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, dispone que los establecimientos de salud y los servicios medicos de apoyo, cualquiera sea su naturaleza o su modalidad de gestion, deben cumplir los requisitos que disponen los reglamentos y normas tecnicas que dicta la Autoridad de Salud de Nivel Nacional, en relacion a planta fisica, equipamiento, personal asistencial, sistemas de saneamiento y control de riesgos relacionados con los agentes ambientales fisicos, quimicos, biologicos y ergonomicos y demas que proceden atendiendo a la naturaleza y complejidad de los mismos; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 343-2005/ MINSA del 6 de MORDAZA de 2005 se aprobo el Reglamento de Transporte Asistido de Pacientes por Via Terrestre; Que, el mejoramiento de la atencion que se proporcione durante el MORDAZA de transporte asistido, redundara de manera directa en la calidad de MORDAZA de los pacientes, por lo que es de suma importancia mejorar la MORDAZA y las caracteristicas, clasificaciones, condiciones y requisitos tecnicos de las unidades de transporte, asi como del personal especializado que labora en las mismas; Que, en consecuencia resulta necesario dictar la MORDAZA tecnica de salud para el transporte asistido de pacientes por via terrestre; Estando a lo informado por la Oficina General de Defensa Nacional; Con las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo previsto en el literal l) del Articulo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la NTS Nº 051-MINSA/OGDN V.01, "Norma Tecnica de Salud para el Transporte Asistido de Pacientes por Via Terrestre", la misma que forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- Derogar la Resolucion Ministerial Nº 3432005/MINSA que aprobo el "Reglamento de Transporte Asistido de Pacientes por Via Terrestre". Articulo 3º.- La Oficina General de Defensa Nacional, las Direcciones Regionales de Salud, y las Direcciones de Salud de MORDAZA y Callao, son responsables de la supervision del cumplimiento de la presente MORDAZA Tecnica de Salud. Articulo 4º.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicacion de la referida MORDAZA Tecnica de Salud en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Ministro de Salud 02975-1

Delegan facultades para suscribir el "Convenio para la Proteccion, Conservacion, Recuperacion, y Devolucion de Bienes Culturales, Arqueologicos, Artisticos e Historicos, Robados, Hurtados, Exportados o Transferidos Ilicitamente"
RESOLUCION SUPREMA Nº 365-2006-RE MORDAZA, 12 de octubre de 2006 Visto el Cable L-TEGUCIGALPA Nº 619 de 4 de septiembre de 2006, de la Embajada del Peru en la Republica de Honduras; Debiendose suscribir el "Convenio para la Proteccion, Conservacion, Recuperacion, y Devolucion de Bienes Culturales, Arqueologicos, Artisticos e Historicos, Robados, Hurtados, Exportados o Transferidos Ilicitamente"; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de 1992, y el Decreto Supremo Nº 517, de 5 de noviembre de 1954; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1.- Delegar en la persona del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Embajador del Peru en la Republica de Honduras, las facultades suficientes para que suscriba el "Convenio para la Proteccion, Conservacion, Recuperacion, y Devolucion de Bienes Culturales, Arqueologicos, Artisticos e Historicos, Robados, Hurtados, Exportados o Transferidos Ilicitamente". 2.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Embajador del Peru en la Republica de Honduras. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 03046-4

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