Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2006 (13/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano viernes 13 de octubre de 2006

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NORMAS LEGALES

330403

DECRETA: Articulo 1º.- Culminacion de las transferencias programadas a los Gobiernos Regionales y Locales Culminar al 31 de diciembre de 2007, las transferencias programadas en el Plan de Mediano Plazo 2006-2010, de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales, de acuerdo al Anexo que en folios doce (12) forma parte del presente Decreto Supremo; y, de los Fondos, Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza y Proyectos de Inversion en Infraestructura Productiva de alcance Regional, a los Gobiernos Regionales o Locales, segun corresponda, en el MORDAZA del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales regulado por la Ley Nº 28273 y su reglamento. Autoricese al Consejo Nacional de Descentralizacion para dictar mediante Resolucion Presidencial las normas y disposiciones que permitan completar dicha transferencia, poniendo enfasis en el fortalecimiento institucional de los Gobiernos Regionales y Locales a traves de la capacitacion de sus recursos humanos y de su asistencia tecnica. Articulo 2º.- Coordinacion para las transferencias El Consejo Nacional de Descentralizacion tiene a su cargo la coordinacion para la ejecucion de las transferencias a que se refiere el articulo 1º del presente Decreto Supremo, en cuya virtud, dictara las disposiciones pertinentes que garanticen un ordenado MORDAZA de transferencia de los Sectores del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales. Articulo 3º.- Ejecucion de las transferencias Los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, en coordinacion con el Consejo Nacional de Descentralizacion, y en MORDAZA del articulo 4º de la presente MORDAZA, efectuan las transferencias de recursos que se originen por la aplicacion de lo dispuesto en el articulo 1º que antecede, con cargo a sus respectivos presupuestos institucionales, para lo cual se sujetan a lo

dispuesto en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783, la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, sus correspondientes normas reglamentarias y complementarias, asi como, segun cada caso, con los Mecanismos de Verificacion y/o el Sistema de Acreditacion. Articulo 4º Identificacion y Cuantificacion de Recursos Presupuestales El Pliego que transfiere, en coordinacion con el Consejo Nacional de Descentralizacion y el Ministerio de Economia y Finanzas, realizara la identificacion y cuantificacion de los recursos presupuestales asociados a las funciones, fondos, programas y proyectos a transferirse a los Gobiernos Regionales y Locales, en un plazo no mayor a sesenta (60) dias calendario, de conformidad con el MORDAZA de neutralidad en la transferencia de los recursos senalados en el articulo 5º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Articulo 6º.- Derogatoria y vigencia Quedan derogadas todas las normas que se opongan al presente Decreto Supremo, el mismo que rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de octubre del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros

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