Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2006 (13/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano viernes 13 de octubre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

330439

Estando a lo dispuesto por el literal v) del articulo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS y por la Resolucion Nº 5992002-SUNARP/SN; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar los articulos 3º y 4º de la Resolucion Nº 322-2003-SUNARP/SN, de 30 de junio del 2003, conforme al siguiente texto: "Articulo 3º.- El Consejo Consultivo de la Oficina Registral de MORDAZA, estara integrado por: a) Un representante de la Camara de Comercio y la Produccion de Puno. b) Un representante del Colegio de Arquitectos del Peru Regional Puno. c) Un representante del Colegio de Ingenieros del Peru - Consejo Departamental Puno. d) Un representante de la Municipalidad Provincial de Puno. El mandato de los miembros sera por un ano, computado a partir de la fecha de instalacion del Consejo Consultivo, pudiendo ser renovado por un periodo similar; El Consejo podra invitar a las sesiones al funcionario o autoridad que estime pertinente. Articulo 4º.- Son funciones del Consejo Consultivo, las siguientes: a) Emitir opinion con caracter ilustrativo, en los asuntos que le MORDAZA solicitados por el Superintendente Nacional, el Superintendente Adjunto o el Directorio de la SUNARP. b) Actuar, a solicitud del Presidente del Tribunal Registral, como organismo tecnico consultor de apoyo al mismo, en las materias vinculadas al contenido y alcance de las normas aplicables a la funcion registral. c) Proyectar y/o emitir opinion cuando asi se solicite, sobre la normativa que debe dictar la SUNARP, a fin de hacer mas eficiente la funcion registral. d) Canalizar las iniciativas de los usuarios con miras a optimizar el funcionamiento del servicio registral con el fin de que la SUNARP adopte las normativas o directivas que MORDAZA necesarias. Quedan exceptuados los titulos en calificacion, que no pueden ser objeto de consulta. e) Regir sus actos conforme a la presente MORDAZA legal y las que se aprueben para su mejor funcionamiento. f) Otras que le asigne el Superintendente Nacional." Articulo Segundo.- El Presidente del Consejo Consultivo, MORDAZA de terminar su periodo de gestion, presentara, en ceremonia publica, un Informe Anual conteniendo las actividades realizadas por dicho organo. Articulo Tercero.- Agradecer a los senores integrantes del Consejo Consultivo de la Oficina Registral de MORDAZA, por la valiosa gestion realizada en beneficio de la Institucion, durante el periodo 2005-2006. Articulo Cuarto.- Aprobar la designacion de los integrantes del Tercer Consejo Consultivo de la Oficina Registral de MORDAZA, para el periodo 2006-2007, el mismo que quedara conformado de la siguiente manera:
REPRESENTANTE MORDAZA Madariaga Ancieta MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Titular) MORDAZA S. MORDAZA de MORDAZA del MORDAZA (Alterno) Romilio MORDAZA MORDAZA ENTIDAD Camara de Comercio y la Produccion de MORDAZA Colegio de Arquitectos del Peru Regional MORDAZA Colegio de Ingenieros del Peru Consejo Departamental MORDAZA Municipalidad Provincial de MORDAZA

Constituyen Comision encargada de evaluar los procedimientos, medios tecnologicos utilizados y la normativa relacionada entre los servicios registrales y notariales, asi como de proponer modificaciones a las normas tecnico-registrales de los Registros Publicos
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 304-2006-SUNARP/SN MORDAZA, 10 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, es un organismo publico descentralizado, creado por Ley Nº 26366, que se encarga de dictar politicas y normas tecnico-administrativas de los Registros Publicos estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripcion y publicidad de los actos y contratos en los Registros Publicos que integran el Sistema Nacional; Que, dentro de sus atribuciones y funciones esta la de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar el MORDAZA de simplificacion, integracion y modernizacion de los Registros Publicos que forman parte dentro del sistema; Que, los articulos 129º y 130º del Decreto Ley Nº 26002, Ley del Notariado, establece que los Colegios de Notarios son personas juridicas de derecho publico que tienen entre sus funciones, promover la eficacia de los servicios notariales; Que, resulta necesario conformar una Comision que se encargue de evaluar los procedimientos, medios tecnologicos utilizados y la normativa relacionada entre los servicios registrales y notariales; asi como de evaluar y proponer las modificaciones necesarias a las normas tecnico-registrales de los Registros Publicos que integran el Sistema Nacional; Que, estando a los considerandos expuestos, y de conformidad con las normas MORDAZA mencionadas y la facultad conferida por el literal v) del articulo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir la Comision encargada de evaluar los procedimientos, medios tecnologicos utilizados y la normativa relacionada entre los servicios registrales y notariales; asi como de evaluar y proponer las modificaciones necesarias a las normas tecnicoregistrales de los Registros Publicos que integran el Sistema Nacional. Articulo 2º.- La Comision a la que se refiere el articulo anterior estara conformada por las siguientes personas: - Tres representantes de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, siendo uno de ellos quien la presidira. - Tres representantes del Colegio de Notarios de MORDAZA, que colaboraran en forma Ad Honorem. La SUNARP y el Colegio de Notarios de MORDAZA designaran miembros titulares y miembros suplentes. La Comision podra conformar grupos de trabajo con la finalidad de analizar temas especificos. Articulo 3º.- La Comision tendra un plazo de 180 dias calendario, para entregar un informe final al Despacho de la Superintendenta Nacional de los Registros Publicos. Articulo 4º.- La Comision debera presentar un informe de las actividades y resultados en forma trimestral. Articulo 5º.- La Comision podra ser asesorada por juristas y profesionales en la materia, en forma Ad Honorem.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FREITAS A. Superintendente Nacional de los Registros Publicos 02787-6

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