Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2007 (25/04/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 38

344120
TIPIFICACION DE LA INFRACCION REFERENCIA LEGAL

NORMAS LEGALES
SANCION

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de MORDAZA de 2007

5.5 Incumplimiento de las obligaciones relativas al SCOP - Resolucion de Consejo Directivo Nº 0482003-OS/CD. 5.5.3 Utilizacion de Codigo de Usuario y - Art. 2º de la Resolucion de Consejo Contrasena SCOP y/o Codigo de Autorizacion Directivo Nº 394-2005-OS/CD. ajeno - Resolucion de Consejo Directivo Nº 1832007-OS/CD. - Primera Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 045-2001-EM. - Resolucion de Consejo Directivo Nº 0482003-OS/CD. 5.5.4 Ceder el uso del Codigo de Usuario y - Art. 2º de la Resolucion de Consejo Contrasena SCOP y/o Codigo de Autorizacion Directivo Nº 394-2005-OS/CD. a otros agentes. - Resolucion de Consejo Directivo Nº 1832007-OS/CD. - Primera Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 045-2001-EM. - Resolucion de Consejo Directivo Nº 0482003-OS/CD. - Art. 2º de la Resolucion de Consejo 5.5.5 Registrar en el SCOP una Venta, Directivo Nº 394-2005-OS/CD. Despacho y/o Transferencia inexistente - Resolucion de Consejo Directivo Nº 1832007-OS/CD. - Primera Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 045-2001-EM. - Resolucion de Consejo Directivo Nº 0485.5.6 Registrar la Recepcion (Cierre) de 2003-OS/CD. una Orden de Pedido sin recibir fisicamente - Art. 2º de la Resolucion de Consejo el producto autorizado por el SCOP, en Directivo Nº 394-2005-OS/CD. la instalacion autorizada, en el Registro - Resolucion de Consejo Directivo Nº 183de Hidrocarburos, que genero la Orden de 2007-OS/CD. Pedido en el SCOP. - Primera Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 045-2001-EM.

Hasta 100 UIT

Hasta 100 UIT

Hasta 100 UIT

Hasta 100 UIT

Que, en ese sentido es necesario contar con una MORDAZA que permita establecer un procedimiento de Verificacion de Cumplimiento de las resoluciones emitidas por la JARU, la cual recogiendo la experiencia adquirida durante los ultimos anos se convierta en un instrumento eficiente para el ejercicio de la funcion supervisora encomendada a este Organismo Supervisor; Que, para los efectos de la transparencia en el ejercicio de la funcion normativa a que se refiere el articulo 25º del Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, el 16 de diciembre de 2006 se publico en el diario oficial El Peruano el Proyecto de Directiva de Verificacion de Cumplimiento de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios, con la finalidad de recibir los comentarios del publico en general, los que han sido objeto de comentario en la exposicion de motivos de la presente resolucion; Que, conforme con lo dispuesto por el articulo 22º del Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo de OSINERGMIN a traves de resoluciones; De conformidad con el articulo 3º, literal c) de la Ley Nº 27332, el articulo 52º literal n) y los articulos 22º y 25º del Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR el "Nuevo Procedimiento de Verificacion de Cumplimiento de las Resoluciones emitidas por la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios de OSINERGMIN", asi como su exposicion de motivos. Articulo 2º.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. Igualmente, debera ser consignada con sus anexos en la pagina web de OSINERGMIN. Registrese y comuniquese.

Articulo 6º.- Exceptuar de la prepublicacion la presente MORDAZA, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN

52837-1

Aprueban "Nuevo Procedimiento de Verificacion de Cumplimiento de las Resoluciones emitidas por la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios de OSINERGMIN"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 184-2007-OS/CD
MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2007 VISTO: El Memorandum Nº SG/JARU-175-2007 remitido por la Secretaria General de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios - JARU; y, CONSIDERANDO: Que, segun lo establecido por el literal c) del articulo 3º de la Ley Nº 27332 -Ley MORDAZA de los Organismos reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ambito y materia de su respectiva competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo y normas de caracter general referidas a actividades supervisadas; Que, conforme con lo dispuesto por el articulo 52º, literal n) del Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM - Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria, el Consejo Directivo esta facultado para dictar normas, reglamentos, resoluciones y/o directivas referidas a asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo establecido por el articulo 48º del Reglamento General de OSINERGMIN y el articulo 6º de la Ley Nº 27699 - Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria, la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios - JARU - es el organo de OSINERGMIN que ejerce la funcion de solucion de reclamos de usuarios del servicio publico de electricidad y gas natural por ductos en MORDAZA y MORDAZA instancia administrativa;

MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN PROCEDIMIENTO DE VERIFICACION DE CUMPLIMIENTO DE LAS RESOLUCIONES EMITIDAS POR LA JUNTA DE APELACIONES DE RECLAMOS DE USUARIOS DE OSINERGMIN MORDAZA, 21 de marzo de 2007 I. OBJETIVO La presente Directiva tiene por objeto verificar el Cumplimiento de las resoluciones emitidas por las distintas MORDAZA de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios de OSINERGMIN en la que existe al menos una medida correctiva o mandato a cargo de las empresas concesionarias a favor de los usuarios del servicio publico de electricidad o distribucion de gas natural por ductos. II. ALCANCE La presente Directiva es de observancia obligatoria para todas las entidades que brindan servicios publicos de electricidad y distribucion de gas natural por ductos bajo el ambito de competencia de OSINERGMIN, asi como para los usuarios de dichos servicios publicos. III. BASE LEGAL · Ley Nº 27332 - Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en Servicios Publicos. · Ley Nº 27632 - Ley que modifica la funcion normativa de OSINERGMIN. · Ley Nº 27699 - Ley de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN. · Decreto Ley Nº 25844 - Ley de Concesiones Electricas. · Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. · Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM. · Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador de OSINERGMIN, aprobado por la Resolucion del Consejo Directivo Nº 102-2004-OS/CD.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.