Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2007 (06/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE :

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de enero de 2007

Nº 47-94-ED; el dia 9 de noviembre del ano 2006, el Comite Electoral organizo y dirigio el MORDAZA de eleccion de las autoridades institucionales para el periodo 2007 - 2010, de acuerdo con lo normado en el Reglamento de Elecciones aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 198-02-CNM y sus modificatorias las Resoluciones Directorales Nºs. 203-02-CNM y 270-06-CNM; Que conforme con el Acta de los Resultados del MORDAZA Electoral 2006, la Asamblea Electoral MORDAZA al Director Academico del Conservatorio Nacional de Musica, de acuerdo al Art. 18° del Decreto Supremo Nº 47-94-ED y su modificatoria Decreto Supremo Nº 041-2002-ED, por lo que es procedente efectuar la designacion respectiva; De conformidad con la Ley Nº 26341, la Ley Nº 28329, la Ley Nº 27594, el Decreto Supremo Nº 47-94-ED y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 041-2002-ED, la Resolucion Directoral Nº 198-02-CNM y sus modificatorias las Resoluciones Directorales Nºs. 203-02-CNM y 270-06CNM; Con el visado del Director de la Oficina de Administracion y lo informado por el Area de Personal; y Con conocimiento del Consejo Directivo, de fecha 30 de noviembre de 2006. SE RESUELVE : 1° DESIGNAR, a partir del 1 de enero de 2007, por un periodo de 4 anos, al profesor MORDAZA MORDAZA MORDAZA WEKSELMAN, en el cargo de Director Academico, Director de Programa Sectorial III - Categoria F-4, del Conservatorio Nacional de Musica, cargo considerado de confianza. 2° Al termino de sus funciones el profesor MORDAZA MORDAZA MORDAZA WEKSELMAN, retornara al cargo de MORDAZA del cual es titular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HUNG WONG Directora General Conservatorio Nacional de Musica 12876-2 RESOLUCION DIRECTORAL N° 311-06-CNM MORDAZA, 21 de diciembre de 2006. CONSIDERANDO : Que por mandato del D.S. Nº 47-94-ED, la Ley Nº 26341 y la Ley Nº 28329, el Conservatorio Nacional de Musica tiene la condicion de centro de educacion artistica superior con autonomia academica, economica y administrativa; Que de acuerdo al Art. 55° del Decreto Supremo Nº 041-2002-ED, que modifica el Estatuto del Conservatorio Nacional de Musica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 47-94-ED; el dia 9 de noviembre del ano 2006, el Comite Electoral organizo y dirigio el MORDAZA de eleccion de las autoridades institucionales para el periodo 2007 - 2010, de acuerdo con lo normado en el Reglamento de Elecciones aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 198-02-CNM y sus modificatorias las Resoluciones Directorales Nºs. 203-02-CNM y 270-06-CNM; Que conforme con el Acta de los Resultados del MORDAZA Electoral 2006, la Asamblea Electoral MORDAZA a la Directora de Promocion y Actividades Musicales del Conservatorio Nacional de Musica, de acuerdo al Art. 27° del Decreto Supremo Nº 47-94-ED y su modificatoria Decreto Supremo Nº 041-2002-ED, por lo que es procedente efectuar la designacion respectiva; De conformidad con la Ley Nº 26341, la Ley Nº 28329, la Ley Nº 27594, el Decreto Supremo Nº 47-94-ED y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 041-2002-ED, la Resolucion Directoral Nº 198-02-CNM y sus modificatorias las Resoluciones Directorales Nºs. 203-02-CNM y 270-06-CNM; Con el visado del Director de la Oficina de Administracion y lo informado por el Area de Personal; y Con conocimiento del Consejo Directivo, de fecha 30 de noviembre de 2006.

1° DESIGNAR, a partir del 1 de enero de 2007, por un periodo de 4 anos, a la profesora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Directora de Promocion y Actividades Musicales, Directora de Programa Sectorial III - Categoria F-4, del Conservatorio Nacional de Musica, cargo considerado de confianza. 2° Al termino de sus funciones la profesora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, retornara al cargo de MORDAZA del cual es titular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HUNG WONG Directora General Conservatorio Nacional de Musica 12876-3

ENERGIA Y MINAS
Imponen servidumbre de electroducto de lineas de distribucion a favor de concesion definitiva de la que es titular Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electro Sur Este S.A.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 577-2006-MEM/DM MORDAZA, 1 de diciembre de 2006 VISTO: El Expediente N° 21184606 organizado por la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electro Sur Este S.A.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 11003503 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, sobre solicitud de imposicion de la servidumbre de electroducto de las lineas de distribucion primaria en 22,9 kV y 10 kV del PSE Anta; CONSIDERANDO: Que, en merito de la Resolucion Suprema N° 06094-EM, publicada el 5 de octubre de 1994, la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electro Sur Este S.A.A. es titular de la concesion de distribucion de energia electrica en las zonas de Quillabamba, MORDAZA, Anta, Urubamba, Urcos, Combapata, Sicuani y YauriHector MORDAZA, en los distritos de MORDAZA MORDAZA, provincia de La Convencion; distrito de MORDAZA, provincia de Cusco; distrito de Anta, provincia de Anta; distrito de Urubamba, provincia de Urubamba; distrito de Urcos, provincia de Urcos; distrito de Combapata, provincia de Canchis; distrito de Sicuani, provincia de Sicuani; y distritos Pallpata y MORDAZA, Provincia de Espinar, departamento de Cusco; Que, mediante Oficio N° G-507-2004 ingresado bajo el Registro N° 1464130, la concesionaria formulo el Informe Previo a que se refiere el articulo 30° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, senalando los nuevos limites de ampliacion entre otras zonas, la MORDAZA de Anta, en los distritos de Anta, Cachimayo, Ancahuasi, Huaracondo, Pucyura, Zurite, Limatambo, Mollepata, Chinchaypujio, provincia de Anta, distrito de Chinchero, provincia de Urubamba, departamento de Cusco; distrito de Cotabambas, provincia de Cotabambas, departamento de Apurimac; Que, el Informe Previo cumple la funcion de hacer extensivo a la nueva MORDAZA el caracter exclusivo de la concesion, con el fin de garantizarle al titular la cobertura juridica que demanda para las nuevas obras, siendo suficiente su MORDAZA para que el titular solicite la imposicion de servidumbre durante la etapa de ejecucion de las obras de ampliacion; Que, sobre la base del Informe Previo de ampliacion a que se refiere el MORDAZA considerando de la presente Resolucion, la concesionaria ha solicitado la imposicion de

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