Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2007 (06/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de enero de 2007

NORMAS LEGALES

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del Fondo a cargo del Comite de Administracion. Se encuentra integrada por los representantes de los trabajadores de la SUNAT que se denominan delegados. La Mesa Directiva de la Asamblea General de Delegados y sus miembros en forma individual no tienen competencia administrativa en el funcionamiento del FESUNAT. El numero de sus integrantes es de treinta (30) delegados, los cuales representan a las siguientes Regiones: - Norte - Sur - Centro - Oriente - MORDAZA Sedes Operativas - MORDAZA Central Las cuotas de los delegados por Regiones y el mecanismo de su eleccion sera regulado por el Reglamento Electoral". "Articulo 21º A.- La Mesa Directiva esta compuesta por tres miembros: a) Un Presidente b) Un Vicepresidente c) Un Secretario de Actas. La Asamblea General es conducida por su Presidente, quien sera MORDAZA por mayoria simple, al igual que el VicePresidente y el Secretario de Actas. La gestion de la Mesa Directiva tiene un periodo de dos (02) anos. La eleccion de los miembros de la Mesa Directiva se realiza en la primera sesion que convoque el Comite de Administracion, una vez efectuada la proclamacion de los resultados de las elecciones por parte del Comite Electoral Nacional. Esta primera sesion sera dirigida por los representantes de los trabajadores elegidos directamente para conformar el Comite de Administracion cuyo encargo dura hasta la eleccion de la Mesa Directiva; que luego de elegida continuara dirigiendo la reunion. Asimismo, en esta primera sesion se trataran unicamente los siguientes temas: a) La instalacion formal de la Asamblea General de Delegados y juramentacion de sus miembros. b) La convocatoria a las elecciones complementarias, de ser el caso, y c) La eleccion de los dos (2) representantes de la Asamblea ante el Comite de Administracion. d) Formular el pedido del informe escrito y documentado a la Mesa Directiva de la Asamblea General saliente. La Mesa Directiva esta facultada a actuar en representacion de la Asamblea General, dando cuenta a esta de las decisiones adoptadas en la sesion siguiente, en cuya acta se dejara debida constancia. Los miembros de la Mesa Directiva solo podran ser removidos de sus cargos por causa debidamente sustentada, con el MORDAZA aprobatorio de los dos tercios (2/3) de los miembros de la Asamblea. Al termino de su gestion, la Asamblea General saliente a traves de su Mesa Directiva, en un plazo no mayor de diez (10) dias habiles contados a partir del siguiente dia de realizada la primera sesion de la Asamblea entrante, debera entregar a esta un informe escrito de su gestion, conjuntamente con el libro de actas". "Articulo 22º.- Son facultades y competencias de la Asamblea General: a) Elegir entre sus miembros titulares, a dos (02) delegados como representantes ante el Comite de Administracion. b) Velar por el cumplimiento del MORDAZA normativo del FESUNAT. c) Formular a traves de la Mesa Directiva, sugerencias al Comite de Administracion, con la finalidad de coadyuvar a la buena marcha del FESUNAT.

d) Aprobar sus reglamentos internos de funcionamiento. e) Ser informada semestralmente de las actividades que desarrolle el Comite de Administracion. f) Invitar al Comite de Administracion para que asista a las reuniones de la Asamblea General, para informar sobre los temas relevantes que le MORDAZA requeridos. g) Solicitar por escrito al Comite de Administracion, la informacion que requiera sobre temas relevantes relacionados a la conduccion del FESUNAT. h) Conformar Comisiones de Trabajo para el cumplimiento de las actividades propias del FESUNAT y/o para que presten apoyo al Comite de Administracion, supervisando las tareas encomendadas a estas. Dichas comisiones estan sujetas a un plazo no mayor de tres (3) meses, debiendo dar cuenta a la Asamblea del resultado de su gestion por escrito. i) Aceptar la renuncia de sus delegados, dejando MORDAZA en actas, del acuerdo adoptado por la Asamblea en cada caso. j) Proponer al Superintendente Nacional de Administracion Tributaria las modificaciones del Estatuto y los Reglamentos del FESUNAT. k) Remover a sus representantes ante el Comite de Administracion, conforme se precisa en el literal b) del articulo 14º del Estatuto, reemplazandolos por los miembros suplentes correspondientes. l) Solicitar por escrito al Comite de Administracion, la realizacion de auditorias en casos debidamente justificados. m) Asistir puntualmente a las sesiones de la Asamblea y cumplir con las tareas que le asigne la Mesa Directiva con esfuerzo y dedicacion para el logro de la finalidad del FESUNAT. Los representantes de los trabajadores ante el Comite de Administracion que hayan sido elegidos por MORDAZA directo y universal a nivel nacional tienen derecho a asistir a todas las sesiones de la Asamblea General, con voz pero sin voto. n) Designar a los miembros del Comite Especial, en caso de desactivacion, disolucion, escision o fusion de la SUNAT. o) Designar a los miembros del Comite de Liquidacion en caso de disolucion del FESUNAT. p) Los demas asuntos que no MORDAZA competencia de otros organos". "Articulo 25º.- Para la validez de las sesiones de la Asamblea General se requiere en primera convocatoria de la concurrencia de al menos noventa por ciento (90%) de los delegados y en MORDAZA convocatoria de la presencia de al menos setenta por ciento (70%) de los delegados. MORDAZA convocatorias podran efectuarse el mismo dia. Los acuerdos de la Asamblea se adoptan con el MORDAZA de mas de la mitad de los miembros presentes, salvo se requiera una mayoria calificada para los casos previstos en el Estatuto y/o el Reglamento. La votacion de cada uno de los delegados presentes en las reuniones se efectuara en forma nominal, debiendo constar en actas el detalle de las votaciones. En cualquier caso, si se produjera la renuncia de delegados titulares y suplentes tal que la Asamblea quedare solo con dieciseis (16) delegados, esta a traves de la Mesa Directiva obligatoriamente convocara a elecciones complementarias para elegir a los miembros faltantes, tanto para delegados titulares como suplentes". ANEXO II A LA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 002-2007/SUNAT MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DEL FONDO DE EMPLEADOS DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA "Articulo 8º.- Ademas de lo senalado en el articulo 18º del Estatuto del FESUNAT, son atribuciones y deberes del Comite de Administracion: a) Establecer y normar los beneficios que otorgue el FESUNAT, con sujecion a lo dispuesto en su Estatuto y en el presente Reglamento.

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