Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2007 (13/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES
ORDENANZA REGIONAL

348975

GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Aprueban Reglamento para la Eleccion de los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2007-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha diez de MORDAZA del ano dos mil siete, en Sesion Extraordinaria, con el MORDAZA unanime del Pleno, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, prescribe que "Los Gobiernos Regionales, gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, el articulo 1 de Ley 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion, establece que la presente "Ley regula la estructura y organizacion del estado en forma democratica, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo define las normas que regula la descentralizacion administrativa, economica, productiva, financiera, tributaria y fiscal."; Que, el articulo 15.- a) de la Ley 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala que "Son atribuciones del Consejo Regional: a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional"; Que, conforme lo establece el articulo 2 de la Ley 27902 concordante con la Ley 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, "El Consejo de Coordinacion Regional (CCR), es un organo consultivo, y de coordinacion del Gobierno Regional con las Municipalidades. Esta integrado por (...) y por los Representantes de la Sociedad Civil, con las funciones y atribuciones senaladas en dicha Ley"; Que, el articulo 3 de la Ley 27902, incorpora el articulo 11-A, b) primer parrafo, el cual establece que "Los Representantes de la Sociedad Civil son elegidos democraticamente, por los Delegados Electores legalmente acreditados de las Organizaciones de nivel Regional y Provincial, por un periodo de dos (2) anos"; Que, en ese orden, es necesario establecer y regular el MORDAZA electoral a traves del cual, las organizaciones de la Sociedad Civil, representados por sus Delegados Electores, elegiran a sus representantes ante el Consejo de Coordinacion Regional (CCR); Que, en este contexto, el Gobierno Regional de Tacna, previa las coordinaciones con el MORDAZA Nacional de Elecciones, debe normar dicho procedimiento. Para tal efecto, se ha remitido al Pleno para su debate y aprobacion, el Reglamento para la Eleccion de Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Regional (C.C.R.), periodo 2007-2008, y la convocatoria de elecciones para el 13 de MORDAZA del 2007; Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y que en aplicacion del Art. 38 del Reglamento Interno del Consejo Regional se exceptua del tramite de dictamen de Comision respectiva y por las consideraciones expuestas, conforme a los articulos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley 27867 -Ley Organica de Gobiernos Regionales; con el MORDAZA unanime del Pleno en Sesion Extraordinaria de la fecha, ha aprobado la siguiente;

Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento para la Eleccion de los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Regional (CCR) del Gobierno Regional de Tacna, para el periodo 2007-2008, el cual consta de seis (VI) Titulos, sesenta y cuatro (64) articulos y cinco (05) Disposiciones Transitorias y Finales. Forma parte de la presente Ordenanza Regional, el ejemplar que contienen el Reglamento aprobado a once (11) folios cada uno, debidamente visados. Articulo Segundo.- APROBAR como fecha de Eleccion de los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Regional (CCR) del Gobierno Regional de Tacna, para el periodo 2007-2008; el dia 13 de MORDAZA del 2007. Articulo Tercero.- DISPONER que la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, adopte las medidas para la implementacion de la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y difundase en el MORDAZA Electronico de la Institucion, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 42 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, a los diez dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA DE CHENGUAYEN Consejera Delegada del Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Tacna, a los diez dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna 83768-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban habilitacion MORDAZA nueva de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DE GERENCIA N° 00030 Ate, 19 de junio del 2007 EL GERENTE DE DESARROLLO MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente N° 9786-2000 seguido por MORDAZA SAKUGAWA TAKAESU y mediante los Codificados N° 126841-2006 y N° 3253-2007 por su actual propietario MORDAZA HANZAWA SHIGAKI acreditando la titularidad con la Partida Registral N° 11052319 rubro C00002; solicita la emision de la resolucion que apruebe la Habilitacion MORDAZA Nueva denominada "EL BANCO DE MORDAZA PRADO" del terreno con un area de 25,000.00 m2 constituido por parte del lote 10316 del fundo La Puruchuca del MORDAZA de Ate Bajo, calificado como Usos Especiales "OU" ­ MORDAZA Zonal Metropolitano Puruchuco, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima.

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