Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2007 (13/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de MORDAZA de 2007

verificar el cumplimiento de los contratos de concesion forestal con fines maderables, los planes de manejo y el aprovechamiento de otros productos del bosque en dichas concesiones, siendo que es imprescindible para el logro de sus objetivos, entre otros, la utilizacion del software para la elaboracion de informacion y mapas. Que, el Articulo 19º Inciso e) del citado Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto supremo Nº0832004-PCM, concordante con el 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, dispone que estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes y servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico, para lo cual la entidad podra contratar directamente; Que, de acuerdo al Articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en concordancia con la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, las exoneraciones en el INRENA, salvo las previstas en el literal b) del articulo 19º, son aprobadas por Resolucion Jefatural, requiriendo previamente de un Informe Tecnico Legal; documentos que deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE, dentro de los 10 dias naturales siguientes de la aprobacion. Asimismo, esta documentacion debe ser publicada en el SEACE y la Resolucion, publicada tambien en el Diario Oficial El Peruano; Que, el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que cada entidad debera elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el cual debe prever los bienes, servicios y obras que se requeriran durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido; Que, el Articulo 11º del referido Texto Unico Ordenado, estipula que es requisito para convocar a MORDAZA de seleccion, bajo sancion de nulidad, que dicho MORDAZA este incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, salvo las excepciones de la presente Ley, y que ademas se cuente con el expediente debidamente aprobado para la adquisicion o contratacion respectiva, el mismo que incluira la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento; Que, con Resolucion Gerencial Nº 019-2007-INRENAGG de fecha 17 de MORDAZA de 2007, se modifico el Plan anual de Adquisiciones y Contrataciones ­ PAAC del INRENA, disponiendo entre otros, incluir con numero de referencia 639, la Adquisicion de Software de Informacion Geografica, con un monto referencial de Sesenta y Ocho Mil Novecientos Nuevos Soles (S/.68,900); Que, el Informe Tecnico Legal Nº002-2007INRENAOA-OAJ de fecha 2 de MORDAZA de 2007, concluye senalando a la luz de los documentos revisados, que el INRENA requiere contar con un Sistema de Informacion Geografica que le permita proporcionar eficiente y eficazmente informacion geografica integrada sobre los recursos naturales renovables de su competencia al sector publico y privado nacional, asi como que los bienes requeridos no admiten sustitutos y la unica empresa autorizada por la Environmental Systems Research Institute, Inc. (ESRI), para la venta de herramientas GIS en el Peru es la empresa TELEMATICA S.A; Que, el mencionado informe senala asimismo que al quedar establecida la condicion de proveedor unico de la empresa TELEMATICA S.A. procede se emita la correspondiente Resolucion Jefatural que exonere del MORDAZA de seleccion la ADQUISICION DE SISTEMA DE INFORMACION GEOGRAFICA, hasta por la suma de CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y 70/100 NUEVOS SOLES (S/. 55,370.70), monto cotizado por la empresa en mencion, que equivale aproximadamente a un 20% menos, del monto referenciado al momento de la inclusion en el PAAC; Que, en tal sentido existiendo la documentacion tecnica y legal que justifica la procedencia y necesidad de la exoneracion, de acuerdo al articulo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta necesario expedir la Resolucion Jefatural que aprueba la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de los softwares y licencias; Con las visaciones de la Oficina de Administracion, Oficina de Informatica, Oficina de Asesoria Juridica, Oficina de Planificacion, Oficina de Gestion Ambiental, Transectorial, Evaluacion e Informacion de Recursos Naturales, Oficina de Supervision de las Concesiones Forestales Maderables y Gerencia General; y

De conformidad con el Articulo 8º Inciso J) del Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2003-G, asi como en el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM: SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de licencias que se detallan a continuacion:
CANTIDAD 08 02 MONTO REFERENCIAL S/. Licencias de Arc Gis Arc View 9.2 32,986.80 Windows 200/XP DESCRIPCION Licencia de la extension ArcGIS 9.2 Spatial Analyst TOTAL 22,383.90 55,370.70

Articulo Segundo.- El egreso que demande la adquisicion de las licencias afectara a la Fuente de Financiamiento: Transferencias - PLAN COPESCO ­ MORDAZA ­ A, Meta 158 - Desarrollo Forestal en zonas Turisticas del Alto Utcubamba mediante una Zonificacion Turistica y Ecologica, por la suma de S/38,877.30 y de Recursos Directamente Recaudados (RDR) ­ Meta 078, la suma de S/.16,493.40. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Administracion del INRENA, llevar a cabo la adquisicion de los bienes senalados en coordinacion con la Oficina de Informatica del INRENA. Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Administracion del INRENA, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el SEACE, conjuntamente con el Informe Tecnico Legal y la remision de una MORDAZA de la misma y de los informes sustentatorios a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su emision. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Instituto Nacional de Recursos Naturales 82947-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Disponen la publicacion de cifras estimadas de recursos publicos para el Presupuesto Institucional de Apertura del Ano Fiscal 2008 de los Gobiernos Regionales y Locales
RESOLUCION DIRECTORAL N° 002-2007-EF/65.01 MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2007 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, el articulo 7° del Reglamento de la Ley Nº 28056 - Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, aprobado mediante Decreto Supremo N° 171-2003-EF, dispone que los niveles de recursos que los Gobiernos Regionales o Locales consideraran, de manera referencial, como techos presupuestales, estan constituidos por los montos asignados en el ano inmediato anterior, ajustando su asignacion a las cifras que la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales publique; Que, el numeral 15.4 del articulo 15° de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que los limites de los creditos presupuestarios estan constituidos por la estimacion de ingresos que esperan percibir las Entidades, asi como por los fondos publicos que le han sido determinados y comunicados por el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, la Vigesima MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, dispone un plazo MORDAZA para la transferencia del canon minero;

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