Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2007 (13/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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podran presentar futuras reclamaciones ni devoluciones, respecto a las Deudas incluidas en el presente Beneficio. Articulo 9º.- Encargar a la Gerencia de Rentas y a las Unidades Organicas que la conforman, el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Oficina de Imagen Institucional la divulgacion y difusion. Articulo 10º.- Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza durante su vigencia. POR TANTO: Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 83546-1

Articulo 3º.- FACULTAD DE INSTRUCCION Y CALIFICACION Son organos instructores los siguientes: a) La Subgerencia de Control MORDAZA y Catastro. b) La Subgerencia de Desarrollo Empresarial y Comercializacion, y c) La Subgerencia de Policia Administrativa. Los Organos Instructores tienen facultad para determinar, instruir y calificar las infracciones administrativas; para lo cual, tienen las siguientes competencias: 1) Emitir las Papeletas de Infraccion, en donde se da cuenta de la comision de infracciones, asi como de las denuncias que se formulen al respecto, de acuerdo a su competencia. 2) Recibir directamente los escritos o manifestaciones verbales de los descargos que formulen los presuntos infractores de forma personal o por intermedio de su representante legal, levantando el acta de comparecencia respectiva. 3) Evaluar los hechos denunciados como infraccion, evaluar los descargos formulados, actuar las pruebas presentadas por el presunto infractor, disponer las acciones que se estimen pertinentes para el esclarecimiento de los hechos y calificar si procede o no imponer sancion y/o medida correctiva. 4) Determinar la condicion de reincidencia o persistencia del infractor, de acuerdo al Registro de Infractores que para el efecto deberan implementar. 5) Determinar la responsabilidad solidaria y consignarlo en el dictamen de calificacion de la infraccion. 6) Cuando detecte conductas que pudieran constituir ilicitos penales, debera informar a la Gerencia de Asesoria Juridica para su evaluacion y posterior denuncia al Ministerio Publico, de corresponder. Articulo 4º.- FACULTAD SANCIONADORA La Subgerencia de Control y Fiscalizacion Tributaria, emite las Resoluciones que imponen sanciones y medidas correctivas por las infracciones administrativas que correspondan de acuerdo al Cuadro de Infracciones y Sanciones, que forma parte de la presente Ordenanza, previo dictamen de la Subgerencia instructora. Articulo 5º.- INFRACCION Se entiende por Infraccion a toda accion u omision tipificada y sancionada objetivamente derivada del incumplimiento de obligaciones administrativas establecidas en normas municipales y otros dispositivos legales de alcance nacional. Articulo 6º.- LA SANCION Y LAS MEDIDAS CORRECTIVAS La sancion administrativa que se aplica, atendiendo al MORDAZA de infraccion incurrida, es la Multa. La cuantia de la Multa depende de la infraccion sancionada, se encuentra establecida en el Cuadro de Infracciones, Sanciones y Medidas Correctivas. La sancion es independiente y distinta de la responsabilidad de naturaleza civil, penal y disciplinaria administrativa en que se pueda haber incurrido. Las medidas correctivas son: a) Decomiso. b) Retencion. c) Retiro. d) Clausura temporal o definitiva. e) Suspension de la autorizacion municipal. f) Cancelacion de la autorizacion municipal. g) Demolicion. h) Paralizacion de la obra. i) Ejecucion de la obra. j) Suspension de evento. k) Internamiento temporal de vehiculos. l) Otras que se establezcan mediante Ordenanza Municipal o MORDAZA con rango de ley. Independientemente de la imposicion de la sancion y las medidas correctivas el infractor se encuentra obligado

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas - RAS
ORDENANZA Nº 228-MDJM MORDAZA MORDAZA, 4 de junio del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MARIA; Visto, en sesion ordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime de los senores regidores y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGIMEN DE APLICACION DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS - RAS TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- OBJETIVO La presente Ordenanza tiene por finalidad establecer el regimen juridico aplicable en el ambito de la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA, para la imposicion de sanciones y medidas correctivas, ante el incumplimiento de obligaciones de caracter administrativo, que se encuentren establecidas en normas municipales y otros dispositivos legales de alcance nacional siempre que la facultad sancionadora no se MORDAZA conferido en forma exclusiva a otra entidad. Articulo 2º.- ALCANCES Y PRINCIPIOS DE LA POTESTAD SANCIONADORA Las disposiciones de esta Ordenanza se aplicaran a toda persona natural o juridica, publica o privada y/o de cualquier otra indole, aun cuando no tuvieran constituido domicilio legal y/o real dentro del distrito de MORDAZA Maria. El procedimiento sancionador que regula la presente MORDAZA, se rige por los principios de legalidad, razonabilidad, tipicidad, irretroactividad, causalidad, presuncion de licitud y los demas principios generales del derecho administrativo que resulten aplicables y se desarrolla dentro de los margenes del debido MORDAZA, garantizando los derechos ciudadanos y la proteccion al interes general.

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