Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2007 (03/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

340847

Direccion General de Promocion Agraria del Ministerio de Agricultura y el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA; Que, mediante Decreto Supremo N° 052-2005PCM se aprobo el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ano 2005, disponiendo que en materia agraria debe transferirse las funciones contenidas en el inciso p) del articulo 51° de la Ley N° 27867, referido a promover, asesorar y supervisar el desarrollo, conservacion, manejo, mejoramiento y aprovechamiento de cultivos nativos, camelidos sudamericanos y otras especies de ganaderia regional; funcion que esta directamente relacionada con las que realiza el CONACS; Que, el Ministerio de Agricultura, actualmente viene transfiriendo funciones especificas del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales, acompanada de recursos (presupuesto, personal, bienes inmuebles, acervo documentario y bienes muebles e inmuebles), entre las que se encuentran las del Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos - CONACS a los Gobiernos Regionales acreditados; Que, el Decreto Supremo N° 068-2006-AG establece que al 31 de diciembre del 2007 debe culminarse con la transferencia de las funciones especificas, fondos, programas y proyectos a los Gobiernos Regionales; Que, en tal sentido, a efectos de viabilizar el adecuado cumplimiento de la fusion dispuesta por el Decreto Supremo N° 012-2007-AG, resulta necesario precisar que el MORDAZA de fusion multiple se MORDAZA efectivo una vez que se culmine con la transferencia de funciones y competencias del Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos, CONACS, a los Gobiernos Regionales en el MORDAZA del Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ano 2005; asimismo es preciso diferenciar el tratamiento que le correspondera, tanto a los camelidos sudamericanos domesticos (alpaca y llama) como a los silvestres (vicuna y guanaco), de acuerdo a las funciones que les correspondera asumir a cada una de las entidades involucradas en la fusion citada; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Precisa funciones de entidades involucradas en la fusion.Precisese las funciones que asumiran las entidades involucradas en la fusion dispuesta mediante el Decreto Supremo N° 012-2007-AG, de acuerdo al siguiente detalle: a) La Direccion General de Promocion Agraria del Ministerio de Agricultura asumira las funciones correspondientes a las Direcciones y Unidades del Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos CONACS encargadas de promover y supervisar los procesos y las actividades relacionadas con la produccion, mejoramiento, transformacion y comercializacion de los camelidos sudamericanos domesticos. b) El Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA asumira las funciones correspondientes a las Direcciones y Unidades del Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos - CONACS encargadas de normar, asesorar, concertar y supervisar las actividades y procedimientos relacionados a la conservacion y aprovechamiento sostenible de los camelidos sudamericanos silvestres; asi como las de administrar la Convencion sobre Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y MORDAZA MORDAZA - CITES y asumir la representacion del MORDAZA ante el Convenio para la Conservacion y Manejo de la Vicuna. Articulo 2º.- Efectividad de la fusion.Precisese que el MORDAZA de fusion multiple que establece el Decreto Supremo N° 012-2007-AG se MORDAZA efectivo una vez que se culmine con la transferencia de funciones y competencias del Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos - CONACS a los Gobiernos Regionales, que se viene ejecutando en el MORDAZA del Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ano 2005, la cual no excedera del 31 de octubre de 2007.

Articulo 3º.- Del refrendo.El presente decreto supremo esta refrendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de marzo del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 32695-3

Designan INADE

Secretario

General

del

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 200-2007-AG MORDAZA, 1 de marzo de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 164-2007AG se acepto la renuncia de la Srta. MORDAZA del MORDAZA Espichan MORDAZA al cargo de Secretaria General del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE; Que, encontrandose vacante el mencionado cargo, se ha visto por conveniente designar a su titular; De conformidad con lo dispuesto en la Ley del Poder Ejecutivo - Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA Peraltilla MORDAZA como Secretario General del Instituto Nacional de Desarrollo, INADE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 32683-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Precisan que la Comision para la Promocion de Exportaciones - PROMPEX adoptara su nueva denominacion de Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo - PROMPERU una vez concluido el MORDAZA de fusion a que se refiere el D.S. Nº 003-2007-MINCETUR
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 048-2007-MINCETUR/DM MORDAZA, 1 de marzo de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2007MINCETUR, se ha dispuesto la fusion de la Comision de la Promocion del Peru ­ PROMPERU, con la Comision para la Promocion de Exportaciones - PROMPEX, bajo la modalidad de fusion por absorcion, correspondiendole a PROMPEX la calidad de entidad incorporante; Que, conforme al articulo 2º del referido Decreto Supremo, el MORDAZA de fusion debe realizarse en un plazo no mayor de sesenta (60) dias calendario; culminado el MORDAZA de fusion, la Comision de Promocion del Peru se extinguira; Que, asimismo, conforme al articulo 5º del mismo Decreto Supremo, a partir de la vigencia de dicho dispositivo y como consecuencia de la MORDAZA de nuevas funciones, atribuciones y competencias, PROMPEX se denominara en adelante Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo - PROMPERU;

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