Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2007 (31/03/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 58

342624

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de marzo de 2007

PORCENTAJE ESTABLECIDO POR LA NORMATIVIDAD VIGENTE. Se ha determinado que en la ejecucion del gasto, evaluado en forma selectiva, durante el periodo de enero a diciembre del 2004, con cargo a la fuente de financiamiento proveniente de los Recursos Directamente Recaudados -RDR, se han comprometido sumas superiores que ascienden a la suma de S/. 4,159.54, correspondientes a varias partidas, como combustibles, lubricantes, consumo de alimentos, material de construccion, bienes de consumo, tarifa de servicios basicos y otros servicios de terceros, excediendo el porcentaje establecido por la normatividad vigente, sin contar con ello, con la autorizacion del Presidente del Consejo Directivo por tratarse de un CLAS, precisando que la Directiva Nº 003-12003-GR.LAMB/DRSAL sobre la ejecucion de los fondos Recursos Directamente Recaudados, establece que con el 65% se deben cubrir los gastos indicados anteriormente; sin embargo, se observa que se han excedido en 42%, conforme al Anexo Nº 2. 1.2. GASTOS ADMINISTRATIVOS CON CARGO A LAS REMESAS DEL SIS ASCEDENTES A S/.19,393.88, EXCEDEN EL LIMITE DEL 5% ESTABLECIDO POR LA NORMATIVIDAD VIGENTE Se ha determinado que en el periodo comprendido entre los meses de marzo a MORDAZA 2004, se ha utilizado la suma de S/. 22,542.33, de los recursos por reembolsos del SIS, en gastos corrientes, monto que excede en S/. 19,393.88, la suma de S/. 3,148.45, que corresponden al 5% establecido para gastos administrativos (Anexo Nº 3). Los recursos financieros fueron desviados para cubrir gastos corrientes que debieron ser cubiertos con recursos ordinarios; sin embargo, fueron aplicados a las partidas que se muestran a continuacion:
MORDAZA DE GASTO Movilidad local Combustible Alimento para personas Mat. Construccion Marzo S/. 344.93 32.50 100.00 237.90 MORDAZA S/. 272.00 399.00 630.60 674.00 MORDAZA S/. 420.33 92.00 500.20 Junio S/. 632.40 205.10 284.70 526.30 MORDAZA S/. 844.00 93.00 351.50 260.00 651.70 TOTAL S/. 2,513.66 821.60 1,867.00 1,698.20 6,074.30 686.80 240.47 123.00 724.00 3,059.00 1,639.00 3,335.77 123.00 5,422.00

Decreto Ley N° 17537 Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, Decreto Supremo Nº 002-2003JUS Reglamento de la Representacion y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a nivel del Gobierno Regional, Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y en uso de las facultades conferidas por Ley; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Procurador Publico del Gobierno Regional MORDAZA, el inicio de las acciones legales que correspondan contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe Nº 009-021-2-0633GR.LAMB/DRSAL-OECI. Articulo Segundo.- Remitir todos los actuados, a la Procuraduria Publica del Gobierno Regional MORDAZA, transcribiendo la presente Resolucion Ejecutiva Regional para su conocimiento y fines pertinentes, ademas de publicarse en el Diario Oficial El Peruano y MORDAZA Electronico del Gobierno Regional Lambayeque. Registrese, comuniquese y publiquese YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente Regional 43576-2

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban informes, conclusiones y recomendaciones de Comision Investigadora de la situacion de la Direccion Regional de Educacion y de las UGEL
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 009-2007-CR/GRL MORDAZA, 9 de febrero de 2007 VISTOS; el Acuerdo de Consejo Regional Nº 04-2007CR/GRL, el Informe presentado por Unanimidad a la Secretaria de Consejo Regional por los integrantes de la Comision Investigadora encargada de la investigacion de la situacion de la Direccion Regional de Educacion y de las UGEL de las 9 provincias de la Region Lima; CONSIDERANDO; Que, son atribuciones del Consejo Regional llevar a cabo las investigaciones sobre cualquier MORDAZA de interes publico regional; Que, por Acuerdo de Consejo Regional Nº 04-2007CR/GRL de fecha 9 de enero de 2007, se constituyo la Comision Investigadora a fin que investigue la situacion de la Direccion Regional de Educacion y de las Ugels. De las 09 provincias de la Region Lima; Que, el Informe aprobado por Unanimidad por parte de la Comision Investigadora, presenta conclusiones y recomendaciones para ser sometidas al Pleno del Consejo Regional, siendo estas las siguientes: CONCLUSIONES: UGEL Nº 08 CANETE 1. Se ha verificado que en la UGEL 08 de Canete no se atienden los expedientes dentro de los plazos previstos por la Ley Nº 27444, cuya responsabilidad es del titular de la entidad, quien se encuentra presuntamente incurso en Negligencia Funcional Art. 28º literal a) y d) del D. Leg. Nº 276. 2. Se ha verificado que se ha sancionado a la Profesora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en un abusivo ejercicio de derecho por parte de la autoridad administrativa, por

Utiles Oficina y Limpieza 2,064.00 Fotocopias Tarifa Servicio Publico Vestuario Servicios Terceros TOTAL 209.40

536.00 1,224.10 1,598.50 160.40 1,600.00 76.20 626.90 240.80 868.40

2,988.73 4,272.00 3,663.73 7,415.20 4,202.67 22,542.33

FUENTE: Actas de Rendiciones de Cuentas.

Declaraciones

Juradas

de

Que, por Resolucion Ejecutiva Regional Nº 262-2003GR.LAMB/PR, se designo al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procurador Publico Regional del Gobierno Regional Lambayeque; Que, por Acuerdo del Directorio de Gerentes del Gobierno Regional, en Sesion realizada el dia 5 de febrero de 2007, se acordo autorizar al Procurador Publico Regional, iniciar las acciones legales que correspondan contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe Especial Nº 009-021-2-0633-GR.LAMB/DRSALOECI, de fecha 12 de diciembre de 2006; Con la visacion de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Gerencia Regional de Infraestructura, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, la Oficina Regional de Asesoria Juridica y la conformidad de Gerencia General Regional, y; De acuerdo con lo prescrito en la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, el articulo 78º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.