Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2007 (31/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

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Republica, percibira ingresos mensuales mayores a seis (6) Unidades de Ingreso del Sector Publico, salvo en los meses en que correspondan las gratificaciones o aguinaldos de MORDAZA y diciembre. Que, de otro lado, el Decreto de Urgencia Nº 0382006, mediante la Cuarta Disposicion Complementaria y Final suspende temporalmente todas las disposiciones legales o administrativas que se opongan a la aplicacion del mismo. Que, el inciso 5.2) del articulo 5° de la Ley N° 28212 modificado por el Decreto de Urgencia N° 038-2006 del 30 de diciembre de 2006, senala que los Consejeros Regionales y Regidores Municipales reciben unicamente dietas, segun el monto que fijen los respectivos Consejos Regionales y Concejos Municipales, de conformidad con lo que disponen sus respectivas leyes organicas. En ningun caso dichas dietas pueden superar en total el treinta por ciento (30%) de la remuneracion mensual del Presidente del Gobierno Regional o del MORDAZA correspondiente. Por otro lado, dicho Decreto, mediante la MORDAZA Disposicion Complementaria y Final, cambia la denominacion del concepto Unidad Remunerativa del Sector Publico (URSP) por Unidad de Ingreso del Sector Publico (UISP). Que, la Gerencia de Asuntos Juridicos, mediante Informes Nºs. 020 y 095-2007-MML-GAJ de fecha 12.1.2007 y 2.2.2007, respectivamente, ha efectuado un analisis legal respecto a las normas vigentes que establecen la dietas de los regidores y la remuneracion del MORDAZA, senalando que corresponde al Concejo Metropolitano aprobar la remuneracion del MORDAZA y las dietas de los Regidores, debiendo ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con el Art. 44º de la aludida norma. Que igualmente, con Oficios Nºs. 041 y 065 2007-MML-GA-SP de fechas 15 y 19.1.2007, respectivamente, la Subgerencia de Personal hace de conocimiento las normas legales que sustentan la remuneracion del senor MORDAZA Metropolitano, ademas de indicar, con relacion a la prevision presupuestal de dicha remuneracion para el ejercicio 2007, que en cumplimiento de lo establecido en la Directiva Nº 0082006/MML-GF "Directiva Interna para la Programacion, Formulacion y Aprobacion del Proyecto de Plan de Accion y Presupuesto 2007 de la Municipalidad Metropolitana de Lima" aprobada mediante Resolucion de Alcaldia Nº 1253 del 22.9.2006, lo dispuesto en la Ley Nº 28411 - "Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto" y la Directiva Nº 016-2006-EF/76.01 aprobada por Resolucion Directoral Nº 034-2006EF/76.01, la Subgerencia de Personal ha elaborado oportunamente el Proyecto de Presupuesto de Gastos de Personal para el ano 2007, el mismo que forma parte integrante del Plan de Accion y Presupuesto 2007 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, aprobado mediante Acuerdo de Concejo Nº 437 del 22.12.2006, precisando que en el Grupo Generico de Gastos Corrientes, en la Modalidad de Aplicacion: Personal y Obligaciones Sociales, se encuentra presupuestado el ingreso de S/. 14,300.00, que debe percibir el senor MORDAZA Metropolitano de MORDAZA, durante el ejercicio 2007, asi como los ingresos que le corresponden, en las especificas del gasto correspondientes. Que, la Gerencia de Finanzas, mediante Oficio Nº 2007-01-136-MML/GF de fecha 26.1.2007, informa que en el Plan de Accion y Presupuesto 2007 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, esta presupuestado como MORDAZA mensual del MORDAZA el importe de S/. 14,300 y por concepto de Dieta para los Regidores de la MML, el importe mensual de hasta S/. 4,290.00. ACORDO: Articulo Primero.-Fijar la remuneracion mensual del senor MORDAZA Metropolitano de MORDAZA para la presente gestion, en S/. 14,300.00 (Catorce Mil Trescientos con 00/100 Nuevos Soles), que es la misma que percibia al mes de diciembre del ano 2006. Igualmente le corresponde el beneficio establecido en el numeral 2 del articulo 4º de la Ley Nº 28212. Articulo Segundo.- Fijar igualmente para la presente gestion, el monto de la Dieta en S/. 1,072.50 (Un mil Setenta y dos con 50/100 Nuevos Soles) que les corresponderia percibir a los Regidores de la Municipalidad Metropolitana

de MORDAZA por la asistencia efectiva a las Sesiones de Concejo, con un MORDAZA de cuatro (4) sesiones abonables por mes, cuyo total equivale al treinta por ciento (30%) de la Compensacion Mensual del MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, ascendente a S/. 4,290.00 nuevos soles. Este importe es el mismo que percibian los Regidores al mes de diciembre del 2006. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal Metropolitana, Gerencia Administrativa, Gerencia de Finanzas y Gerencia de Planificacion, el cumplimiento del presente acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 43635-1

MUNICIPALIDAD DE ANCON
Aprueban remuneracion mensual del MORDAZA y monto de dieta de Regidores de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-2007-MDA Ancon, 16 de enero del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCON. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 39º de la Constitucion Politica del Estado se refiere a la Jerarquia y Remuneraciones de los Altos Funcionarios y Autoridades del Estado; y, Que, segun el numeral 1 del inciso e) del Articulo 4º de la Ley Nº 28212, Ley que desarrolla el Articulo 39º de la Constitucion Politica del Estado, los Alcaldes provinciales y distritales reciben una remuneracion mensual, que es fijada por el Concejo Municipal correspondiente, en proporcion a la poblacion electoral de su circunscripcion hasta un MORDAZA de cuatro y un MORDAZA URSP, por todo concepto; Que, el numeral 1 del Articulo 5º de la citada MORDAZA senala que las dietas de los regidores municipales no pueden superar el 30 % de la remuneracion del Alcalde; Con el MORDAZA mayoritario del Concejo Municipal, el MORDAZA en contra del Regidor MORDAZA Vilcarino y la abstencion del Regidor MORDAZA Ezcurra, de acuerdo a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR para el presente Ejercicio Presupuestal la Remuneracion mensual del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en Seis Mil (6,000.00) Nuevos Soles. Articulo Segundo.- APROBAR para el presente Ejercicio Presupuestal por asistencia efectiva a cada sesion del Concejo Distrital de Ancon, el monto de Novecientos (900.00) Nuevos Soles por dieta para cada Regidor, con un MORDAZA de dos (2) sesiones pagadas al mes. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Administracion la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 43439-1

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