Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2007 (31/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de marzo de 2007

no MORDAZA en cuenta las opiniones legales del asesor juridico. 2. Se ha verificado la compra de buzos sobrevaluados y de baja calidad, hecho que fue informado al titular de la entidad sin haberse realizado los correctivos necesarios. 3. El Proyecto de Innovacion curricular de la Provincia de Barranca no se ha ejecutado a la fecha, estando aprobado por RD de la UGEL 16, lo que limita el derecho de los estudiantes a tener un servicio educativo de calidad previa diversificacion del curriculum a la realidad de la Provincia. 4. El ISTP MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA ha formulado su Plan Estrategico 2007-2010 cuya ejecucion beneficiara a la Institucion Educativa. DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE MORDAZA PROVINCIAS: 1. Existe dilacion en la atencion a los recursos administrativos presentados y de los reclamos efectuados por los administrados para contratos administrativos en el CAP de la sede. 2. En los recursos administrativos declarados nulos, no establecen la responsabilidad administrativa de los implicados en la declaracion de los actos invalidos. 3. El concurso de directores de las UGELs ha sido declarado nulo mediante RER Nº 023-2007-PRES, en la cual se ha omitido establecer las responsabilidades administrativas a los miembros de la Comision Evaluadora. 4. La Direccion Regional de Educacion de MORDAZA Provincias no ha cautelado el estricto cumplimiento del MORDAZA de nombramiento de personal administrativo en los CAP de las UGELs, conforme lo dispone la Tercera Disposicion Complementaria del D. S. Nº 012-2006ED, conforme se ha comprobado de los nombramientos irregulares de la UGEL 09 de Huaura y UGEL 13 de Yauyos. 5. Los directores de la DRELP de los anos 2003 a 2006 no han cumplido con la responsabilidad de supervisar y efectuar acciones que tiendan a cautelar y velar una gestion eficaz y eficiente en las UGELs, conforme a sus atribuciones establecidas en el D. S. Nº 015-2002ED- Reglamento de Organizacion y Funciones de las Direcciones Regionales de Educacion y Unidades de Gestion Educativa Local. 6. El Director de la DRELP es presunto autor de delito de peculado, conforme se desprende de la R.M. Nº 5792006 que autoriza al Procurador Publico a iniciar acciones judiciales pertinentes contra Yulino MORDAZA MORDAZA MORDAZA y que le fue remitida a la DRELP mediante OM. Nº 2282006-OTD-SG-ME, por la presunta comision de delito contra la Administracion Publica en la modalidad de Peculado ­ Art. 387º del Codigo Penal, de acuerdo al Informe Especial Nº 002-2005-4218-OCI-UGEL-O cuando ejercia el cargo de director de la UGEL de Oyon. 7. El ex Director de la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA Provincias Catariano MORDAZA Ibarguen es presunto responsable de la comision de actos de corrupcion como es la recepcion de cheques de proveedor en compra sobre valuada de bienes, lo que se establece en el Informe Especial Nº 003-2005-4218-OCI-UGEL-O. 8. Se desconoce a la fecha la ejecucion de las recomendaciones de los informes especiales de la OCI de la UGEL N° 14 de Oyon sobre las responsabilidades de los Jefes del Area de Gestion Administrativa del 2003 al 2006. RECOMENDACIONES: En merito a las conclusiones expuestas, nos permitimos en recomendar al Presidente del Gobierno Regional disponga lo siguiente: 1. Disponga que la los directores de la UGEL 09 y UGEL 13 remitan las resoluciones y antecedentes de los nombramientos efectuados mediante R.D. UGEL 09 Nº 2895-06, 2822-06, 2830-06, 2823-06, 2824-06, 2827-06 y 2828-06; y de la UGEL 13 de Yauyos: R.D. Nº 1666-06, 1823-06 y 1663-06 para que MORDAZA declarados nulos por la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA Provincias, estableciendo las responsabilidades de quienes emitieron los actos que declarados nulos.

2. Que los directores de las UGELs 08, 10, 11, 12, 14, 15 y 16 dispongan la fiscalizacion posterior de los nombramientos efectuados en el CAP, al MORDAZA de la Ley Nº 28676. 3. Que, el MORDAZA administrativo disciplinario que se instaure al profesor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Raffo sea sumaria y de acuerdo a la gravedad de los hechos sea sancionado ejemplarmente. 4. Constituir la Comision Especial de Procesos Administrativos y Disciplinarios para Funcionarios, en vista de que en los anos 2004 a 2006 no han sido procesados los directores de la Unidad de Gestion Educativa Local Nº 14 de Oyon ejercicio 2004 ­ junio 2006, a los funcionarios involucrados en los Informes Especiales del OCIUGEL.14-Oyon. 5. Solicitar a la Contraloria General de la RepublicaGerencia de Desarrollo Social ­ OCIs, que verifique la ejecucion de los seguimientos de los examenes especiales que se encuentren dentro del Plan Anual de Control, efectuados por los Organos de Control Institucional de las 9 UGELs de la jurisdiccion del Gobierno Regional de MORDAZA de los anos 2003 a 2006. 6. Solicitar a los jefes de los Organos de Control Institucional de las 09 UGELs los examenes especiales realizados del 2003 al 2006 y presentados ante la Contraloria General de la Republica, informando el estado de la materializacion de las recomendaciones, precisando su remision al Procurador Publico en los casos de comision de delitos. 7. Que el Gobierno Regional disponga la constitucion de una Comision que ejecute el concurso publico para el cargo de directores de UGEL de la Region MORDAZA Provincias, de acuerdo al D. S. Nº 018-2006-ED, garantizando que el MORDAZA de concurso se efectue con transparencia, respetandose las normas y procedimientos que establecen las bases y cuenten con la participacion de la sociedad civil, en calidad de veedores. 8. Que la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de Funcionarios establezca las responsabilidades administrativas y/o penales de la Comision responsable del concurso publico de directores de UGEL declarado nulo mediante RER. Nº 023-2007PRES. 9. EL Gobierno Regional estudie la posibilidad de constituir una Comision Permanente de Atencion de Quejas y Denuncias en las UGELs y la DRELP, con autonomia e independencia de la administracion de los Organos Intermedios, dependiente de la Gerencia de Desarrollo Social, como viene aplicando el Ministerio de Educacion a traves del CADER "Centro de Atencion de Denuncias y Reclamos", dependiente del despacho Vice Ministerial de Gestion Institucional, con la finalidad de garantizar la justicia administrativa y la atencion oportuna de los recursos administrativos y otros de los administrados. 10. Que los Organos de Control Institucional de las UGELs y de la DRELP deben aplicar la Ley Nº 28716, Ley de Control Institucional de las entidades del Estado, tal como lo establece la Resolucion de Contraloria General Nº 320-2006-CG que aprueba las normas de control interno, debiendose reestructurar los planes anuales de control basados en las actividades de prioridad e incorporando los controles previos como la veeduria en la adquisicion de bienes y servicios del Estado, conforme lo disponen las normas invocadas. 11. Que, la ejecucion de los presupuestos de las UGELs asi como la adquisicion de bienes y servicios debe efectuarse respetando los acuerdos adoptados por el Comite de Gestion Presupuestaria ­ Unidad de Costeo de cada UGEL, estableciendo que los directores responsables de las metas presupuestarias deberan vigilar, supervisar y cautelar los presupuestos asignados en acto publico con la participacion de la sociedad civil ­ COPALE ­ COPARE en calidad de veedores en las UGELs y DRELP. 12. El Gobierno Regional debe disponer que los titulares de las UGELs y DRELP adopten las acciones de supervision, monitoreo y control de asistencia y permanencia de los docentes de las IE de su jurisdiccion, bajo responsabilidad administrativa. 13. El Gobierno Regional debe de solicitar a la Universidad MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que disponga la investigacion sobre la regularizacion de las Actas de

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