Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2007 (31/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

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2.- Mision: Asegurar la confiabilidad de la informacion financiera de la municipalidad, el cumplimiento de sus metas para la obtencion de los resultados previstos, protegiendo la probidad y transparencia administrativa. 3.- Funciones: a) Ejercer el control interno posterior a los actos y operaciones de la Municipalidad, sobre la base de los lineamientos del Plan Anual de Control y el control externo, por encargo de la Contraloria General. b) Efectuar auditorias a los estados financieros y presupuestarios de la Municipalidad, asi como de la gestion misma. Alternativamente, estas auditorias podran ser contratadas por la Municipalidad con Sociedades de Auditoria Externa, con sujecion al Reglamento sobre la materia. c) Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos y operaciones de la entidad, que disponga la Contraloria, asi como las que MORDAZA requeridas por el MORDAZA de la Municipalidad. Cuando estas ultimas tengan caracter de no programadas, su realizacion sera comunicada a la Contraloria General por el Jefe del OCI. d) Efectuar el control preventivo sin caracter vinculante, al organo de mas alto nivel de la Municipalidad con el proposito de optimizar la supervision y mejora de los procesos, practicas e instrumentos de control interno, sin que ello genere prejuzgamiento u opinion que comprometa el ejercicio de su funcion, via el control posterior. e) Remitir los informes resultantes de las acciones de control a la Contraloria General, asi como, al MORDAZA de la Municipalidad cuando corresponda, conforme a las disposiciones sobre la materia. f) Actuar de oficio, cuando en los actos y operaciones de la Municipalidad, se adviertan indicios razonables de ilegalidad, omision o de incumplimiento al MORDAZA de la Municipalidad para que adopte las medidas correctivas pertinentes. g) Recibir y atender denuncias que formulen los funcionarios y servidores publicos y ciudadanos sobre actos y operaciones de la Municipalidad, otorgandole el tramite que corresponda a su merito y documentacion sustentatoria respectiva. h) Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control aprobado por la Contraloria General de la Republica, de acuerdo a los lineamientos y disposiciones emitidas para tal efecto. i) Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que adopte la Municipalidad, como resultado de las acciones y actividades de control, comprobando su materializacion efectiva, conforme a los terminos y plazos respectivos. j) Apoyar las comisiones que designe la Contraloria General para la ejecucion de las acciones de control en el ambito de la Municipalidad. Asimismo, el Jefe del OCI y el personal de dicho Organo colaboraran, por disposicion de la Contraloria General, en otras acciones de control externo, por razones operativas o de especialidad. k) Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna aplicable a la Municipalidad, por parte de las unidades organicas y personal de esta. l) Formular y proponer el presupuesto anual del Organo de Control Institucional para su aprobacion correspondiente por la Municipalidad. m) Cumplir diligentemente con los encargos, citaciones y requerimientos que le formule la Contraloria General. n) Otras que establezca la Contraloria General de la Republica. 4.- Competencias: a) Desarrolla las competencias que se establecen en la Ley del Sistema Nacional de Control y las que se senalen por las normas correspondientes de la Contraloria General de la Republica para los organos de auditoria interna de los gobiernos locales. b) Ejecutar inspecciones y examenes especiales programados y aquellos derivados por denuncias de irregularidades en operaciones financieras o administrativas. c) Evaluar las normas y procedimientos de control interno en cada uno de los organos de la Municipalidad, con la finalidad de medir el grado en que se han alcanzado

los objetivos previstos y los resultados obtenidos en relacion con los recursos asignados y al cumplimiento de los planes municipales. d) Informar al MORDAZA y a las dependencias examinadas sobre los hallazgos, observaciones y recomendaciones resultantes de las acciones de control. e) Efectuar acciones de seguimiento para superar las observaciones e implantacion de las recomendaciones presentadas. f) Cumplir con las demas competencias que le asigne el Contralor General de la Republica. ORGANOS DE APOYO AL GOBIERNO LOCAL Articulo 19°.- De la Gerencia de Secretaria General.La Gerencia de Secretaria General es un organo de apoyo del Gobierno Local. Esta a cargo de un empleado de confianza que depende y es designado por el alcalde; desarrolla su accionar en funcion de: 1.- Objeto: Tiene por objeto realizar actividades de apoyo tecnico y administrativo necesarias para el funcionamiento del Concejo Municipal y la Alcaldia. 2.- Mision: Registro, archivo y difusion oportuna de las ordenanzas, acuerdos, resoluciones y decretos, asi como de las actas de las sesiones segun corresponda al Concejo Municipal y de la Alcaldia. 3.- Funciones: a) Programar, organizar, dirigir y controlar las acciones de apoyo para el correcto funcionamiento del Concejo Municipal y la Alcaldia. b) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades de elaboracion de los documentos finales de las Actas de Concejo, asi como de las ordenanzas, acuerdos y resoluciones. c) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la atencion de los pedidos y solicitudes de informe que formulen los regidores a las dependencias administrativas municipales y al interior del Concejo Municipal, canalizandolas adecuadamente y coordinando con las areas municipales correspondientes las acciones en atencion a los pedidos formulados, en concordancia con el Art. 9º, inciso 22) de la Ley Nº 27927 Ley Organica de Municipalidades. d) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la administracion del despacho de documentos del Concejo Municipal. e) Programar, organizar, dirigir y controlar la transcripcion, publicacion y difusion de las normas municipales y acuerdos adoptados por el Concejo Municipal para su debido cumplimiento. 4.- Competencias: a) Ejecutar el Presupuesto Municipal Participativo correspondiente a la Secretaria General disponiendo eficiente y eficazmente de los recursos presupuestales, economicos, financieros, materiales y equipos asignados. b) Citar a las Sesiones de Concejo Municipal, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento Interno del Concejo Municipal. c) Suscribir con el MORDAZA las actas de las Sesiones del Concejo Municipal. d) Suscribir con el MORDAZA los Acuerdos del Concejo Municipal, las Ordenanzas, Decretos y Resoluciones de Alcaldia. e) Tramitar los pedidos formulados por los Senores Regidores, conforme al Reglamento Interno del Concejo Municipal en concordancia con el Art. 9º, inciso 22) de la Ley Nº 27927 Ley Organica de Municipalidades f) Confirmar la asistencia de los regidores a las sesiones del Concejo Municipal y realizar el tramite correspondiente para el respectivo pago de las dietas, de conformidad con el Reglamento Interno del Concejo. g) Dar consejo al MORDAZA y a los Regidores en el cumplimiento del Reglamento Interno del Concejo Municipal y en la correcta organizacion y desarrollo de las sesiones del Concejo Municipal. h) Dar fe de las copias de documentos publicos emitidos y suscritos por el Alcalde.

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