Norma Legal Oficial del día 03 de enero del año 2008 (03/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de enero de 2008

Establecen que la transferencia del Terminal Pesquero de Pucusana a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA se realizara cuando esta reciba las funciones en materia pesquera
RESOLUCION DE SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Nº 055-2007-PCM/SD Miraflores, 28 de diciembre de 2007 VISTOS: El Oficio Nº 158-2007-MML/ALC, el Acuerdo de la Comision Bipartita de Transferencia de fecha 30 de Noviembre, el Oficio Nº 111-2007-PRODUCE/Com. Trans. Entrega y el Informe Nº 052-2007-PCM-SD/MIRA. CONSIDERANDO: Que, el articulo 69º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que las transferencias de competencias, funciones y recursos, asi como de los proyectos de inversion, se realizan a traves de una Comision Bipartita de Transferencia; esta es integrada por cuatro representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros y cuatro representantes de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante Decreto Supremo Nº 076-2006-PCM, se incorporo en el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2006", la transferencia de 26 desembarcaderos pesqueros artesanales y 21 centros de acuicultura, a los Gobiernos Regionales, y de 7 modulos de comercializacion de especies hidrobiologicas, a los Gobiernos Locales, pertenecientes al Ministerio de la Produccion; Que, por Resolucion Ministerial Nº 110-2007-PCM, se dictaron las normas especificas para la transferencia de dichos activos a los Gobiernos Regionales y Locales, y se incorporaron como Anexo 6 de la Directiva Nº 004CND-P-2006, aprobada por Resolucion Presidencial Nº 058-CND-P-2006; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 224-2007PCM, se modifico la Resolucion Ministerial Nº 1102007-PCM, aclarandose que el Terminal Pesquero de Pucusana sera objeto de transferencia a MORDAZA Metropolitana, y ampliandose el plazo para culminar la mencionada transferencia hasta el 28 de setiembre de 2007; Que, por Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 034-2007-PCM/SD, se amplio, con eficacia anticipada, todos los plazos previstos en el Anexo 6 de la Directiva Nº 004-CND-P-2006, para culminar la transferencia de los activos comprendidos en la Resolucion Ministerial Nº 2242007-PCM, hasta el 31 de diciembre de 2007, mediante la aprobacion y publicacion del Decreto Supremo correspondiente; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por oficio de vistos, solicita que la transferencia del Terminal Pesquero de Pucusana se realice luego que se reciban las funciones en materia pesquera, que le corresponde de acuerdo a lo establecido por la Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, por acuerdo de la Comision Bipartita de Transferencia, en sesion ordinaria de fecha 30 de Noviembre de 2007, se acordo la procedencia a lo solicitado en el oficio de vistos y elevar su tramite a la Secretaria de Descentralizacion para su aprobacion mediante la resolucion correspondiente. Que, mediante Oficio Nº 111-2007-PRODUCE/Com. Trans.Entrega, el Ministerio de la Produccion informa de lo solicitado por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA respecto a que la Transferencia del Terminal Pesquero de Pucusana, se realice luego que aquella reciba las funciones que en materia de pesqueria le corresponde de acuerdo a ley; Que, acorde al Informe Nº 052-2007-PCM-SD/ MORDAZA, procede establecer a traves de la resolucion correspondiente, que la realizacion de la transferencia del Terminal Pesquero de Pucusana a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, se practique en oportunidad

posterior a la recepcion de las funciones en materia pesquera; Que, de conformidad con las Leyes Nº 27783, Nº 27867 y Nº 27972, y sus normas modificatorias y complementarias; y, en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Transferencia del Terminal Pesquero de Pucusana Establecer que la transferencia del Terminal Pesquero de Pucusana a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, se realizara cuando esta reciba las funciones en materia de pesqueria, de acuerdo a las normas propuestas por la Comision Bipartita de Transferencia y a las disposiciones que sobre esta materia apruebe la Secretaria de Descentralizacion, en coordinacion con el Ministerio de la Produccion. Articulo 2º.- Publicacion Disponer la publicacion de la presente resolucion, en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe/ sd. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANGO VILDOSO Secretario de Descentralizacion 147667-2

DEFENSA
Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa
DECRETO SUPREMO Nº 001-2008-DE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29075 del 30 de MORDAZA de 2007, se aprobo la Ley que establece la Naturaleza Juridica, Funcion, Competencias y Estructura del Ministerio de Defensa; Que, de conformidad con la primera disposicion complementaria, transitoria y final de la Ley Nº 29075, resulta necesario aprobar el MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; Con la opinion favorable de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros y de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa Apruebese el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, que consta de seis (6) Titulos, seis (6) Capitulos, ochenta y seis (86) Articulos y dos (2) Disposiciones Complementarias, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Derogatoria Deroguese el Decreto Supremo Nº 009-2006-DE del 05 de junio del 2006, y las demas normas legales y disposiciones que se opongan al presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Aprobacion del CAP y MOF Facultese al Ministerio de Defensa para formular, en un plazo no mayor de noventa (90) dias calendarios,

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