Norma Legal Oficial del día 03 de enero del año 2008 (03/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

363007

Que, el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 120-2002PCM, dispone que mediante Resolucion Ministerial del Sector Energia y Minas, se designara al responsable de coordinar el GTCI CAMISEA; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 652-2003MEM/DM publicada el 5 de diciembre de 2003, se designo al Ing. MORDAZA MORDAZA Garaycochea MORDAZA, como responsable de la coordinacion del Grupo Tecnico de Coordinacion Interinstitucional Camisea (GTCI CAMISEA) del Ministerio de Energia y Minas; Que, se ha visto por conveniente dar por terminada dicha designacion y procede designar al funcionario que lo reemplazara; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas, el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, y el Decreto Supremo Nº 120-2002PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por terminada la designacion del Ing. MORDAZA MORDAZA Garaycochea MORDAZA, como responsable de la coordinacion del Grupo Tecnico de Coordinacion Interinstitucional Camisea (GTCI CAMISEA) del Ministerio de Energia y Minas, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar, a partir de la fecha, a la Arq. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lucich, como responsable de la coordinacion del Grupo Tecnico de Coordinacion Interinstitucional Camisea (GTCI CAMISEA) del Ministerio de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 147726-1

38º, que establece que una vez aprobado el MORDAZA toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, el incremento de derechos de tramitacion o de requisitos, se debe aprobar mediante Resolucion Ministerial del Sector; Que, el articulo 18º de los lineamientos para la elaboracion y aprobacion de MORDAZA, aprobados por Decreto Supremo Nº 079-2007-EM, establece que los formularios que se requieran como requisito para un procedimiento, deben aprobarse en la misma MORDAZA que apruebe el MORDAZA o su modificatoria; razon por la cual corresponde aprobar ademas el formato de petitorio minero; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25962, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, y en uso de las facultades conferidas por el Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modifiquese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Instituto Geologico Minero y Metalurgico de acuerdo a los terminos contenidos en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo Segundo.- Apruebese el formato de Petitorio Minero a traves del cual los usuarios formularan sus solicitudes de concesion minera ante el Instituto Geologico Minero y Metalurgico, el mismo que en Anexo forma parte integrante de la presente resolucion y que debera publicitarse en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE, asi como en el MORDAZA electronico de la entidad. Registrese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 147726-2

Modifican el Procedimientos INGEMMET

Texto Unico Administrativos

de del

INTERIOR
Cesan a personal policial como Auxiliar a la Agregaduria Policial de la Embajada del Peru en la Republica de Bolivia
RESOLUCION SUPREMA Nº 001-2008-IN/PNP MORDAZA, 2 de enero de 2008 VISTO, la Hoja de Recomendacion Nº 18-DIRGENPNP-DIRREHUM-DIVINC-DEPOFI-AGREPOL, del 5 de diciembre de 2006, formulada por la Direccion de Recursos Humanos de la Policia Nacional del Peru, mediante la cual se recomienda MORDAZA al Suboficial Superior Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en Mision Diplomatica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 0683-2004IN/PNP del 31 de diciembre de 2004, fue nombrado el Suboficial Superior Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Auxiliar a la Agregaduria Policial de la Embajada del Peru en la Republica de Bolivia; Que, el articulo 20º numeral 8 de la Ley Nº 28857 - Ley del Regimen del Personal de la Policia Nacional del Peru, y el articulo 30º, del Reglamento de Personal Policial en Mision Diplomatica (Agregaduria, Enlaces y otras Misiones), aprobado por Resolucion Ministerial Nº 1105-2005-IN/PNP del 3 de MORDAZA de 2005, senala que los cargos del personal de la Policia Nacional del Peru en las Agregadurias Policiales, son a dedicacion exclusiva y tendran una vigencia MORDAZA de DOS (2) anos, a partir de su nombramiento, por lo cual se establece que el 31 de diciembre de 2006, el mencionado Suboficial Superior Policia Nacional del Peru cumplio el tiempo limite de permanencia en dicha Mision Diplomatica;

RESOLUCION MINISTERIAL N° 598-2007-MEM/DM MORDAZA, 28 de diciembre de 2007 VISTO, el Oficio Nº 489-2007-INGEMMET/PCD del Presidente del Consejo Directivo del Instituto Geologico Minero y Metalurgico ­ INGEMMET; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 052-2006-EM, modificado por Resolucion Ministerial Nº 090-2007MEM/DM, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Instituto Geologico, Minero y Metalurgico ­ INGEMMET; Que, por Decreto Supremo Nº 007-2004-EM, modificado por Decreto Supremo Nº 043-2004-EM y Resolucion Ministerial Nº 074-2007-MEM/DM, se aprobo el MORDAZA del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2007-EM se dispuso la fusion entre el INACC y el INGEMMET, correspondiendo a este ultimo la calidad de absorbente; Que, mediante Ley Nº 29060 ­ Ley del Silencio Administrativo se han dictado disposiciones sobre la aplicacion de silencios administrativos en las entidades del Estado; Que, mediante el documento de visto el Presidente del Consejo Directivo del INGEMMET informa de la eliminacion de procedimientos administrativos, adecuando los restantes al MORDAZA normativo de las disposiciones MORDAZA citadas; Que, de acuerdo al numeral 3 del articulo 36º la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, las disposiciones concernientes a la eliminacion de procedimientos podran aprobarse por Resolucion Ministerial, en concordancia con el numeral 5 del articulo

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